AVISOS DE REMATE 20 DE SEPTIEMBRE DE 2026
AVISO DE REMATE JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL MALAGA – SANTANDER AVISA AL PÚBLICO QUE: Dentro del proceso EJECUTIVO DE MÍNIMA CUANTÍA CON GARANTÍA REAL, radicado al número 684324089002-2023-00063-00 que adelanta el doctor MILTON HUGO ACEVEDO PACHECO quien actúa como apoderado judicial de MARIO LARGO CARRILLO, en contra del demandado señor JORGE JOVANY CASTRO ORTIZ, mediante Auto de Sustanciación Civil No. 523 del diecisiete (17) de septiembre de dos mil veintiséis (2026), se señaló como nueva fecha el día VIERNES NUEVE (09) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026), A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A. M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del inmueble distinguido con matrícula inmobiliaria No. 312-23832, de propiedad del demandado señor JORGE JOVANY CASTRO ORTIZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.096.946.054, la cual se hará de forma MIXTA, de acuerdo con lo establecido por la Circular PCSJC21-26 del 17/11/2021 expedida por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, el Acuerdo PCSJA20-11632 del 30/09/2020 expedido por el Consejo Superior de la Judicatura y la Circular DESAJBUC20-138 del 01/10/2020 de la Dirección Ejecutiva Seccional de la Administración Judicial de Bucaramanga. IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: De acuerdo con el certificado de tradición correspondiente a la matrícula inmobiliaria No. 312-23832, el inmueble se identifica así: Matrícula Inmobiliaria No. 312-23832. Lote número trece (13), con área de sesenta y seis metros cuadrados (66 M²), ubicado en la Calle 2F No. 3-10, Lote Trece, zona urbana del Municipio de Málaga, Santander. Número predial: 684320100000002520028000000000. NOMBRE Y DATOS DEL SECUESTRE: Actúa como secuestre de dicho bien inmueble el señor ARMANDO MANRIQUE BOHÓRQUEZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.748.777 de Bucaramanga, a efectos de que sea permitido el ingreso al inmueble. El avalúo comercial previamente aprobado por este Despacho asciende a la suma de CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIEN MIL PESOS M/CTE ($56.100.000). La base para hacer postura, tanto en modalidad presencial como virtual, será del SETENTA POR CIENTO (70%) del valor del avalúo del bien, equivalente a TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($39.270.000). Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el CUARENTA POR CIENTO (40%) del avalúo, correspondiente a VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS M/CTE ($22.440.000), en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia – Oficina Málaga, No. 684322042002, utilizando el código de proceso 684324089002-2023-00063-00. La licitación se iniciará a la hora de las OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), informando a los interesados que las ofertas deberán ser presentadas en sobre cerrado, las que se abrirán luego de transcurrida una (01) hora de iniciada la subasta. Se advierte a las partes que pueden hacer postura dentro de los cinco (05) días anteriores a la subasta, previa solicitud de cita para ello al correo electrónico j02prmpalmalaga@cendoj.ramajudicial.gov.co. o en la diligencia de remate, según lo dispuesto por el artículo 451 CGP. Las personas interesadas en la diligencia de REMATE y en realizar su postura sobre este inmueble, deberán presentarse en la sede del Juzgado, ubicado en la carrera 8 N° 13-13, piso 2, oficina 205: (i) su documento de identidad, (ii) copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente y (iii) el sobre cerrado a que se refiere los artículos 451 y siguientes del CGP, para que se permita su acceso al Juzgado. Las personas interesadas en realizar POSTURA VIRTUAL deberán remitir la oferta exclusivamente al correo institucional del despacho j02prmpalmalaga@cendoj.ramajudicial.gov.co. en archivo único protegido con contraseña, cumpliendo las exigencias previstas en la Circular PCSJC21-26 de 2021 y en el auto que fijó fecha para la diligencia. El expediente digital y el enlace de acceso a la audiencia estarán disponibles para consulta en el micrositio del Juzgado, módulo REMATES 2026 de la Rama Judicial. A costa de la parte interesada, publíquese en debida forma el AVISO de remate siguiendo las disposiciones del artículo 450 del CGP, esto es por una sola vez en un periódico de amplia circulación y en las emisoras locales, el listado se publicará con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Junto con la página del diario donde se publicó el aviso de remate se allegará al proceso constancia del administrador o funcionario de la emisora sobre su transmisión y un certificado de libertad y tradición actualizado del bien inmueble materia de la subasta, expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. Estos documentos deberán enviarse únicamente al correo electrónico , en el término señalado. j02prmpalmalaga@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se advierte a los interesados que el bien inmueble puede presentar deudas por concepto de impuesto, gravámenes, tasas, contribuciones, impuestos de orden municipal, servicios públicos, entre otros, de los que el JUZGADO SEGUNDO PROMISCUO MUNICIPAL DE MÁLAGA NO SE HACE RESPONSABLE, siendo responsabilidad del interesado indagar sobre dichas obligaciones, entregándose el predio en el estado en que se encuentra al momento del remate como cuerpo cierto. Se expide en Málaga, Santander, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis (2026). Notifíquese, YARLY KATHERINE HERNÁNDEZ PARADA Secretaria Firmado Por: Yarly Katherine Hernandez Parada Secretaria CARRERA 8 N° 13-13 MÁLAGA (SANTANDER). Correo Electrónico: j02prmpalmalaga@cendoj.ramajudicial.gov.co. Cel. 310 2394342. Juzgado Municipal Promiscuo 002 Malaga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 738f25f306b1aa97986f8892728ff88890f18048452f9dc551fe4bd23e3a619a Documento generado en 18/09/2026 02:38:26 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica
RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA/SANTANDER RAD. 68001-40-03-026-2020-00540-01 PROCESO EJECUTIVO DE MENOR CUANTIA. AVISO DE REMATE EL JUZGADO SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA HACER SABER QUE: Dentro del proceso EJECUTIVO DE MENOR CUANTIA adelantado por CLEODOMIRO BASTO ORTIZ ciudadano colombiano en ejercicio, vecino y residente de Bucaramanga e identificada con cédula de ciudadanía No. 91.154.003 de Floridablanca en calidad de cesionario de LA COOPERATIVA MULTIACTIVA DE TRABAJADORES DEL FONCE SANTANDER, sigla, COOMULFONCES, entidad del régimen solidario, identificada con Número de Identificación Tributario 900.767.596 – 4, en contra de: 1.) El señor WILLIAM DUBAN ROMERO CHACON ciudadano colombiano en ejercicio, vecino y residente de esta municipalidad e identificado con cédula de ciudadanía No. 91.255.444 de Bucaramanga; 2.) la señora NUBIA SERRANO MANTILLA ciudadano colombiano en ejercicio, vecino y residente de esta municipalidad e identificada con cédula de ciudadanía No. 30.207.345 de Girón, se ha señalado el día MARTES VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DE 2026 A LAS 09:30 A.M., para llevar a cabo diligencia de remate del siguiente vehículo: PLACAS: XVO 649, SERVICIO: público, CLASE DE VEHÍCULO: Bus, MARCA: Mercedes Benz, LÍNEA: sprinter 413 CDI, MODELO: 2005, COLOR: Azul, NÚMERO DE MOTOR: 61198170022116, NÚMERO DE CHASIS: 8AC9046635A922648, TIPO DE CARROCERÍA: Cerrada, COMBUSTIBLE Diesel, REGISTRADO EN Dirección de Tránsito de Floridablanca de propiedad de la demandada NUBIA SERRANO MANTILLA ciudadano colombiano en ejercicio, vecino y residente de esta municipalidad e identificada con cédula de ciudadanía No. 30.207.345 de Girón Vehículo previamente embargado, secuestrado y avaluado en este proceso, de propiedad del demandado referenciado, avaluado en la suma de TREINTA Y DOS MILLONES CINCUENTA MIL PESOS M/CTE ($32.050.000) conforme publicación especializada allegada al proceso. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo previamente referenciado, esto es, la postura admisible por el inmueble es la suma de VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($22.435.000) todo esto previa consignación del 40% del valor del avalúo del bien, es decir, la suma de DOCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINITE MIL PESOS M/CTE ($12.820.000) consignaciones que deberán ser realizadas en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta ciudad, a órdenes de la SECRETARIA DEL CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA a la cuenta No. 680012041802. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. esto en la SECRETARIA DEL CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA o mediante la presentación de la propuesta a través de correo electrónico contentivo de FORMATO PDF debidamente protegido con clave y los cuales deberán ser allegados de manera anterior a la apertura de la licitación o dentro de la hora que transcurra desde que se abra la diligencia, ello al correo electrónico J07ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, esto en procura de que la oferta cuenta con plena validez, así como para el momento de la apertura conectarse a la audiencia o comparecer al despacho a fin de dar la clave del documento y abrir la correspondiente propuesta. Se debe anotar que la propuesta debe estar debidamente suscrita y debe cumplir mínimo con los siguientes requisitos: Presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, en los dos eventos, legible y suscrita. 1. Identificar el bien por el que se hará postura. 1. Indicar la cuantía de la postura. 2 Si es persona natural se deberá́ precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de este o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquel. Si es una persona jurídica deberá́ informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. 5. Anexar copia del documento de identidad si es persona natural o certificado de existencia y representación legal en el evento en que sea persona jurídica, con vigencia no mayor a 30 días. 6. allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá́ ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. 7. anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. Adviértase a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la ley 11 de 1987, el impuesto del 3 % que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5%. Igualmente, se informa que quien funge como secuestre del inmueble se encuentra la señora NUBIA SERRANO MANTILLA quien puede ser ubicada en el teléfono celular 3203763236 o al correo electrónico nusema13@hotmail.com conforme la calidad de secuestre que le fue otorgada por el despacho, esto a fin de que sea exhibido a los postores interesados. La citada audiencia de remate será realizada de manera VIRTUAL, motivo por el que el link para acceder a dicha audiencia el postor interesado deberá ingresar al siguiente link https://teams.microsoft.com/l/meetup- join/19%3ameeting_MDQ5YjI1ZGEtOTkxMC00MmIxLWE5YjctZWY1YTVlNmFhZThj%40thr ead.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%22fc148da7-ab3a-4ed1-a4ba- 97ea17e31fe3%22%7d El cual corresponde al micrositio del despacho, en el que encontrará el LINK DE INGRESO a la audiencia el LINK DEL EXPEDIENTE si desea revisarlo. Se solicita a los interesados que se conecten 15 minutos antes de la hora de inicio de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores. Del mismo modo, la diligencia se realizará por MICROSOFT TEAMS, motivo por el cual, se recomienda instalar previamente la aplicación.
AVISO DE REMATE: República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Juzgado Cuarto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias Demandante(s): CENTRO COMERCIAL ALTAMONTE PH, Demandado (s): CESAR AUGUSTO BARRERA MEDINA, Radicado: 68001400302920170057001 J04. CONSTANCIA SECRETARIAL: Al Despacho del señor Juez a fin de resolver el memorial del 04/12/2025, documento N° 011, carpeta C04 Medidas Cautelares, Expediente digital. Bucaramanga, cuatro (04) de septiembre de dos mil veintiséis (2026). JEYSON FERNEY REY ACUÑA. OFICIAL MAYOR. Bucaramanga, siete (07) de septiembre de dos mil veintiséis (2026). DISPONE PRIMERO: TÉNGASE como base para el REMATE de los siguientes bienes: M.I. N° 300-143676 de la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE BUCARAMANGA, de propiedad del ejecutado CESAR AUGUSTO BARRERA MEDINA identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, que se encuentran ubicados en la carrera 33 # 47 – 34/44/52, consecutivo 73 y 79 del CENTRO COMERCIAL ALTAMONTE Local 224, Bucaramanga, Departamento De Santander, por la suma de CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS ($ 120.483.000 M/CTE). M.I. N° 300-143682, de la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE BUCARAMANGA, de propiedad del ejecutado CESAR AUGUSTO BARRERA MEDINA identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, que se encuentran ubicados en la carrera 33 # 47 – 34/44/52, consecutivo 73 y 79 del CENTRO COMERCIAL ALTAMONTE Local 230, Bucaramanga, Departamento De Santander, por la suma de CIENTO VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($ 126.279.000 M/CTE). SEGUNDO: SEÑALAR DEL DÍA OCHO (08) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026), para llevar a cabo la diligencia de remante de los siguientes bienes en los siguientes momentos: A las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), para el inmueble identificado con el M.I. N° 300143676 de la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE BUCARAMANGA, de propiedad del ejecutado CESAR AUGUSTO BARRERA MEDINA identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, que se encuentran ubicados en la carrera 33 # 47 – 34/44/52, consecutivo 73 y 79 del CENTRO COMERCIAL ALTAMONTE Local 224, Bucaramanga, Departamento De Santander. A las DOCE DEL MEDIODÍA LA (12:00 P.M.), para el inmueble identificado con el M.I. N° 300-143682, de la OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS Y PRIVADOS DE BUCARAMANGA, de propiedad del ejecutado CESAR AUGUSTO BARRERA MEDINA identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.362.980, que se encuentran ubicados en la carrera 33 # 47 – 34/44/52, consecutivo 73 y 79 del CENTRO COMERCIAL ALTAMONTE Local 230, Bucaramanga, Departamento De Santander. Cabe destacar, que el secuestre del bien inmueble objeto de remate es la auxiliar de la justicia ALEXI MARGOTH BLANCO MOLANO identificada con cedula de ciudadanía Nº 37.722.613 quien se puede ubicar en la dirección Carrera 25 # 35 -16 torre 3 Apto 18-14 San Lucas Barrio Antonia Santos Bucaramanga, CELULAR: 3112013624 CORREO ELECTRÓNICO blancolx@hotmail.com. TERCERO: ADMÍTASE como postura la que cubra el 70% de los avalúos, que corresponde a la suma de: Inmueble M.I. N° 300-143676, por OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CIEN PESOS ($84.338.100 M/CTE). Inmueble M.I. N° 300-143682, por OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS PESOS ($88.395.300 M/CTE). previa consignación del 40% del mismo, esto es, Inmueble M.I. N° 300-143676, por CUARENTA Y OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS ($48.193.200 M/CTE) Inmueble M.I. N° 300-143682, por CINCUENTA MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL SEISCIENTOS PESOS ($ 50.511.600 M/CTE) en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta ciudad, a órdenes de esta Oficina de Ejecución Civil Municipal a la cuenta Nº 680012041802. CUARTO: A LA PARTE INTERESADA, ADVIÉRTASELE que deberá elaborar el AVISO DE REMATE en la forma indicada en el Art. 450 del C. G. P. y la Circular PCSJC21-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación del lugar y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. La publicación podrá llevarse a cabo en VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO, o EL FRENTE y deberá hacerse el día domingo. Y que en el mismo, deberá: (i) Informar el contenido de este auto en su integridad; (ii) Señalar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura; (iii) Indicar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) deberá informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio- web que la RAMA JUDICIAL ha dispuesto para este Despacho y al que se accede en el siguiente link: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicacionesprocesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idStructure=6098997&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_action=filterStructures&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idDepto=68&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idDeptoIdCategory=178855293&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idMuni=68001&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idEntidad=43&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_idDespacho=680014303004&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_verTotales=true&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortletV2_INSTANCE_BIyXQFHVaYaq_cur=1., QUINTO: A LA PARTE INTERESADA ADVIÉRTASELE así mismo, que deberá allegar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co , así como certificado de tradición y libertad del bien objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. (ART. 450 C.G.P.). SEXTO: CONMÍNESE a la PARTE INTERESADA para que cumpla con las cargas de publicar el aviso de remate, so pena de decretar como lo contempla el artículo 317 numeral 1 del C. G. del P., el desistimiento de la cautelar. Y para que dentro del término de cinco días (05) siguientes contados simultáneamente con la ejecutoria de esta providencia, informe en los términos del numeral 7 del artículo 455 del C. G. del P., lo adeudado por concepto de impuestos, por parte del bien objeto de remate. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que su OFERTA deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C. G. del P. (ii) deberá presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita por el interesado; (iii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iv) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (v) señalar el monto por el que hace la postura; (vi) si se actúa a través de apoderado, allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado. El apoderado que licite o solicite adjudicación en nombre de su representado, requerirá facultad expresa; (vii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. (viii) si es PERSONA NATURAL, deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una PERSONA JURÍDICA deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vii) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. OCTAVO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. NOVENO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J04ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en contraseña reservada que abre la oferta digital. DÉCIMO: ADVIÉRTASE a los interesados, que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (05) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. y que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5% y las disposiciones del artículo 448 y s.s del Código General del Proceso. DÉCIMO PRIMERO: REQUIÉRASE a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales, para que, dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia, suministren, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados y/o se corroboren los datos ya existentes al respecto. Esto, como quiera, que será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el ordinal PRIMERO de este auto. DÉCIMO SEGUNDO: REQUIÉRASE así mismo a la parte ejecutante, para que, una vez publicado el aviso de remate y en todo caso, DOS (02) DÍAS ANTES DE LA FECHA SEÑALADA PARA LA DILIGENCIA; allegue al proceso, la respectiva PUBLICACIÓN y CERTIFICADO DE TRADICIÓN. DÉCIMO TERCERO: ADVIÉRTASE a los interesados que atendiendo a lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11731 del 29-01-2021 y la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura, los depósitos para hacer postura, en caso de hacer la respectiva devolución a los postores, se hará a través del mecanismo denominado “abono a cuenta”. Por lo tanto, se debe aportar y allegar al proceso la correspondiente CERTIFICACIÓN BANCARIA de la cuenta del titular del depósito judicial para proceder a materializar la comentada devolución. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Jose Miguel Garcia Ortiz Juez Juzgado Municipal Civil 004 De Ejecución De Sentencias Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5a2238f8b3b4a9894cc2c461ff5b8635a574ec63101eb8cdc4d3633bd9c4c24f Documento generado en 07/09/2026 11:14:12 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica