EDICTOS 02 DE NOVIEMBRE DE 2025
EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la LIQUIDACION DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE NORBERTO CAMACHO DIAZ (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No-13.884.033, FALLECIDO EL 15 DE MARZO DE 2025.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0170 DE FECHA VEINTISIETE (27) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTIOCHO (28) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día DIEZ (10) DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DARIO FRANCISCO ALVAREZ CASTRO, NOTARIO PRIMERO DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P17283)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE SOCORRO SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial Liquidación de Sucesión intestada MARIA EVELIA APARICIO Y/O MARIA EVELIA APARICIO DE QUIROGA (QEPD), quien falleció en el Municipio del Socorro, Santander, el día 03 de Agosto de 2025 y quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 27.966.212, siendo el municipio de Socorro, Santander, el lugar donde tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 076 de fecha Treinta (30) de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º. del Decreto 902 de mayo 10 de 1988, y además se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija el Treinta (30) de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025), siendo las 08:00 A.M. y se desfijará el Catorce (14) de Noviembre del año Dos Mil Veinticinco (2025) a las 6:00 P.M. El Notario Segundo, JUAN DAVID MEJÍA CATAÑO(Fact.5850)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE SOCORRO SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial Liquidación de Sucesión intestada de la Causante EUFRACIA RODRIGUEZ, EUFRACIA RODRIGUEZ CALA, EUFRASIA RODRIGUEZ DE CASTILLO Y/O EUFRACIA RODRIGUEZ DE CASTILLO (siendo la misma persona) Q.E.P.D, quien falleció en el Municipio del Floridablanca, Santander, el día 11 de Enero de 2022 y quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 28.184.914, siendo el municipio de Socorro, Santander, el lugar donde tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 077 de fecha Treinta y Uno (31) de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º. del Decreto 902 de mayo 10 de 1988, y además se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días.El presente Edicto se fija el Treinta y Uno (31) de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025), siendo las 08:00 A.M. y se desfijará el Catorce (14) de Noviembre del año Dos Mil Veinticinco (2025) a las 6:00 P.M. El Notario Segundo, JUAN DAVID MEJÍA CATAÑO(Fact.5851)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de liquidación notarial de la sucesión intestada de los causantes PEDRO GONZALO CACERES BECERRA (Q.E.P.D.) quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía 5.562.404 expedida en Bucaramanga, quien falleció en Bucaramanga. Santander el dia 13 de febrero de 2025, y a quien actualmente le corresponde el Registra Civil de Defunción indicativo serial 11277458, expedido por la Notaria Octava de Bucaramanga, y ELSA SARMIENTO DE CACERES (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía 37.814.884 expedida en Bucaramanga, quien falleció el dia 25 de Enero de 2010 en el municipio de Bucaramanga Santander, según registro civil de defunción inscrito en la Notaria Octava del circulo de Bucaramanga número de indicativo serial 06672679, siendo la ciudad Bucaramanga su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 205 de fecha 01 de Noviembre de 2.025. se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Articulo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de Diez (10) días El presente EDICTO se fija hoy al Primero (01) dias del mes de Noviembre del año 2025. La Notaria, Margarita Lopez Cely Notaria Tercera del Circulo de Bucaramanga
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante ELENA MARIA TRISTANCHO DE VASQUEZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 27.934.984 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 20 de octubre de 2024 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 101 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17281)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante BLANCA MARIA GAONA DE LANCHEROS, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 20.596.929 expedida en Girardot, quien falleció el 17 de agosto de 2025 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 102 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante ALCIRA LOPEZ, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.293.655 expedida en Piedecuesta, quien falleció el 28 de julio de 2025 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 103 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario,FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante DOMINGO MANRIQUE CORDOBA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 4.102.407 expedida en Chita, quien falleció el 30 de abril de 2024 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 104 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante OLIVA MANTILLA DE BENAVIDES, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 27.940.562 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 12 de diciembre de 2022 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 105 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante MARIA DE LA CRUZ GARCIA DE VARGAS, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.166.192 expedida en Guadalupe, quien falleció el 13 de junio de 2025 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 106 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante CARMEN VARGAS GARCIA, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 63.507.351 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 05 de noviembre de 2011 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 107 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles.El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida del causante OLIVO GARCIA VARGAS, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 91.245.167 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 21 de enero de 2022 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 108 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes LUIS ALBERTO NUÑEZ SIERRA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 5.546.867 expedida en Bucaramanga, fallecido el 25 de mayo de 2022 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios y DORIS ANA RINCON DE NUÑEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 37.821.323 expedida en Bucaramanga, fallecida el 03 de octubre de 2008 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios; aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 109 de fecha treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17282)
CENTRO DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN Autorizado para Conciliar en Derecho mediante las Resoluciones Nos. 1804 del 3 de octubre de 1991 y 0043 del 31 de enero de 2003 del Ministerio de Justicia y del Derecho - Código No. 1017, y Autorizado para conocer de los procedimientos de Insolvencia Económica de la persona natural no Comerciante, mediante Resolución No. 1781 del 5 de diciembre de 2019 del MinJusticia y del Derecho EMPLAZAMIENTO OVIDIO MANTILLA ORTIZ mayor de edad, obrando en mi calidad de Operador de insolvencia de PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE Y PEQUENA COMERCIANTE del CENTRO DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN DE LA CORPORACIÓN COLEGIO SANTANDERIANO DE ABOGADOS de acuerdo a lo preceptuado en la ley 2445 del 2025 me permito informar que ha sido aceptada el proceso de negociación de deudas de la señora GLORIA ROJAS VARGAS con la C.C. No 63.350.002 expedida en Bucaramanga - Santander con auto admisorio del 08 de julio de 2025 con RADICADO 2025-0133. Emplácese a FINAGRO y PERSONAS INDETERMINADAS por desconocimiento de dirección y de medio electrónico tal como lo dice el artículo 108 y 293 del CGP para que sean notificados en un periódico de amplia circulación en nuestro territorio - VANGUARDIA LIBERAL y/o EL FRENTE. A partir del momento de la aceptación de este trámite, se debe tener en cuenta lo dispuesto en la ley 2445 del 2025 artículo 16 que modifica el artículo 545 del CGP. CITACIÓN En razón de lo anterior, solicitamos su competencia a la audiencia de negociación de deudas que se llevará a cabo el día miércoles 05 de noviembre del año 2025 a las dos y treinta (2.30 pm) de la tarde. Es importante que en esta audiencia de se presente con su Cedula de Ciudadanía, su representación legal si es una empresa (cámara de comercio), las pruebas que pretenda hacer valer para el reconocimiento de su obligación. Las notificaciones y la información adicional las recibimos en la carrera 13 No 35-36 oficina 303 Edificio Júpiter de Bucaramanga y/o al correo electrónico centro.colesabo@outlook.com y/o operadorcoisanabo@gmail.com Nota: Se enviará el link programado para esta audiencia en la plataforma Microsoft Teams el día anterior el 04 de noviembre del 2025, solicitamos enviar en correo electrónico donde se debe mencionar EL ACREEDOR y su identificación, el valor de la deuda (capital) y el correo electrónico para poder ser notificado. Atentamente OVIDIO MANTILLA ORTIZ Operador Operador De Insolvencia(Fact.P17243)
AVISOS DE REMATE
AVISO DE REMATE. EL JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE PIEDECUESTA - SANTANDER HACE SABER QUE dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL - DEMANDA ACUMULADA Radicado: 685474089001-2018-00642-00, Demandante: SOCIEDAD ZAMBRANO CABRERA S.A.S. NIT: 900.103.996-8 Y Demandado: HENRY SANDOVAL MORALES C.C. 91.273.314, por auto del 18 DE SEPTIEMBRE DEL 2025, ordeno FIJAR EL 01 DE DICIEMBRE DEL 2025 a las 9:00 AM como fecha y hora para efectuar el remate del 100% DEL SIGUIENTE BIEN inmueble tipo rural LOTE NUMERO 1 JUNTO CON LA CONSTRUCCION EN EL LEVANTADAS CON TODOS SUS SERVICIOS UBICADO EN EL SITIO SAN MIGUEL DEL MUNICIPIO DE PIEDECUESTA con matrícula No. 314- 45059, CODIGO CATASTRAL 000000160475000 DE PROPIEDAD DEL DEMANDADO y cuyos linderos y demás especificaciones se encuentran consignados en la Escritura Publica Nro. 3.200 del 11 de diciembre del 2018 de la Notaría Primera del Circulo de Bucaramanga Santander, diligencia que se llevará a cabo a través de medios virtuales y para la cual se accederá por medio del siguiente enlace: https://teams.microsoft.com/l/meetup-join/19%3ameeting NGY3OGQ1MWUtMTg4YS00YzRiLTgwMjItNzJIMmFINTQzNzlm%40t hread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5- 8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%2293610067-cf29-41d9-9177-0ee16e7b87a9%22%7d. Para el remate se tendrán en cuenta las siguientes reglas: - El avalúo que se tendrá en cuenta es el de $67.500.000,00 (catastral incrementado en un 50%) - La base de la licitación será de $47.250.000,00 (Art. 448 CGP, inciso tercero). - Todo el que pretenda hacer postura, previamente deberá consignar a órdenes del juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales No. 685472042007 del Banco Agrario de Colombia y con indicación de los 23 dígitos de este proceso -685474089001-2018-00642- 00, la suma de $27.000.000,00 que equivale al 40% del avalúo del inmueble (Art. 451 CGP). -Las posturas deben satisfacer lo previsto en los artículos 451 y 452 del CGP y 4.5. de la Circular PCSJC21-26 y se recibirán en la cuenta de correo electrónico del juzgado, en un único archivo PDF debidamente protegido con clave, la cual deberá reservar el oferente y sólo la revelará en el momento que la solicite el juez. - Es necesaria la presencia de los postores en la diligencia. - Por Secretaría publíquese en el micrositio del juzgado, enlace para que los interesados accedan al expediente digitalizado y vínculo de acceso a la audiencia virtual.- En los diarios Vanguardia Liberal o El Frente, inclúyase el listado anunciando este remate, en la oportunidad y con las exigencias del art. 450 del CGP y 4.2. de la Circular PCSJC21- 26. SE INFORMA que funge como SECUESTRE el señor ISAI LEONARDO VELANDIA AFANADOR quien puede ser ubicado en la autopista Floridablanca No. 149- 164 torre 1 apto 1509 Conjunto Paralela 150, Celular 3183623704 y correo electrónico: isve52@gmail.com.Notifíquese y Cúmplase, MIGUEL ÁNGEL GARCÍA PALMAR Juez. (Fact.P17220)
AVISO DE REMATE Radicado: 68001400301320150083101 Demandante: ALVARO MONROY MARTINEZ Demandado: RICARDO VILLAREAL CAMACHO Asunto: AVISO DE REMATE El JUZGADO MUNICIPAL DE EJECUCIÓN CIVIL 004 DE BUCARAMANGA HACE SABER: Radicación 68001400301320150083101 Que dentro del proceso ejecutivo adelantado por ALVARO MONROY MARTINEZ con mediación del abogado DAVID SAMUEL FORERO PORRAS, se ha fijado la hora NUEVE (9:00) de la mañana del día jueves 20 de octubre de dos mil veinticinco para llevar a cabo la DILIGENCIA DE REMATE del bien previamente embargado secuestrado y avaluado pericialmente de este proceso a saber el vehículo de PLACAS KB0366; MARCA: CHEVROLET; LÍNEA: CAPTIVA SPORT, CLASE: AUTOMÓVIL; MODELO: 2010, COLOR: GRIS TECHNO, DE SERVICIO PARTICULAR, CON MOTOR #NAS664489, CON SERIE NO. 3GNALHE14AS664489, CARROCERÍA SEDÁN, propiedad del ejecutado RICARDO VILLAREAL CAMACHO, ubicado en calle 0 No. 14 - 35, Barrio San Rafael Norte Bajo de la ciudad de Bucaramanga - Santander, registrado en la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, el cual se avalúo en la suma de VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL MCTE ($ 25.770.000), cabe destacar, que este bien objeto de remate sé encuentra en entrega en depósito al ejecutante ALVARO MONROY MARTINEZ. El cual se puede contactar en el 315 6230108 correo electrónico tarico0922@gmail.com y cuyo secuestre es el auxiliar de la justicia ARMANDO MANRIQUE BOHORQUEZ, identificado con el documento No. 13.842.367 residente en la calle 59 No. 4- 40 interior 11 Bucaramanga - Santander su número de contacto es 315 3940 859 correo electrónico armandomanrique54@gmail.com Además, la cuota parte correspondiente a la CUARTA PARTE (25%) del inmueble con M.l. No 300- 20851, de propiedad del ejecutado Ricardo Villareal Camacho con C.C. No. 91.226.490, ubicado en la dirección Carrera 29 No. 40 -16, Local 108 Unidad Residencial Coopmagisterio del Municipio de Bucaramanga, por valor de valor de SETENTA Y NUEVE MILLONES VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS MCTE ($ 79.024.500,00 MCTE), cabe destacar, que el secuestre del bien objeto de remate es el auxiliar de la justicia ELISEO RAMÍREZ, identificado con C.C: 91234253 de Bucaramanga, residente en la calle 29 # 4-46, barrio Girardot de la ciudad de Bucaramanga, Santander, su número de contacto es 315 3814 295 correo electrónico eliseoramirez656@gmail.com Se advertirá, que la diligencia de remate se llevará a cabo empleando las tecnologías de la comunicación y las informaciones que se han dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura, para ello, se utilizará la aplicación TEAMS que es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura; (iii) Indicar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) deberá informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio- web que la RAMA JUDICIAL ha dispuesto para este Despacho y al que se accede en el siguiente link: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicaciones-procesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_idTipo=8766896 Por otra parte, atendiendo lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11731 del 29-01-2021 y la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura, los depósitos para hacer postura, en caso de hacer la respectiva devolución a los postores, se hará a través del mecanismo denominado "abono a cuenta". Por lo tanto, se debe aportar y allegar al proceso la correspondiente certificación bancada del titular del depósito judicial para proceder a materializar la comentada devolución. Individualizado el bien objeto de remate, el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DISPONE PRIMERO: TÉNGASE como base para el REMATE de los bienes del ejecutado los siguientes avalúos: - Del del vehículo de PLACAS KB0366; MARCA: CHEVROLET; LÍNEA: CAPTIVA SPORT, CLASE: AUTOMÓVIL; MODELO: 2010, COLOR: GRIS TECHNO, DE SERVICIO PARTICULAR, CON MOTOR #NAS664489, CON SERIE NO. 3GNALHE14AS664489, CARROCERÍA SEDÁN, propiedad del ejecutado RICARDO VILLAREAL CAMACHO, esto es la suma de VEINTICINCO MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL MCTE ($ 25.770.000).- Para la CUOTA PARTE correspondiente a la CUARTA PARTE (25%) del inmueble con M.l. No 300-20851, de propiedad del ejecutado Ricardo Villareal Camacho con C.C. No. 91.225.490, ubicado en la dirección Carrera 29 No. 40 - 16 Local 108 Unidad Residencial Coopmagisterio del Municipio de Bucaramanga, el avalúo en la suma de SETENTA Y NUEVE MILLONES VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS MCTE ($ 79.024.500,00 MCTE). SEGUNDO: SEÑALAR la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.) DEL DÍA PRÓXIMO VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), para llevar a cabo la diligencia de remante de los siguientes bienes: - Vehículo de PLACAS KB0366; MARCA: CHEVROLET; LÍNEA: CAPTIVA SPORT, CLASE: AUTOMÓVIL; MODELO: 2010, COLOR: GRIS TECHNO, DE SERVICIO PARTICULAR, CON MOTOR #NAS664489, CON SERIE NO. 3GNALHE14AS664489, CARROCERÍA SEDÁN, propiedad del ejecutado RICARDO VILLAREAL CAMACHO, ubicado en calle 0 No. 14 - 35, Barrio San Rafael Norte Bajo de la ciudad de Bucaramanga - Santander, registrado en la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, Cabe destacar, que este bien objeto de remate sé encuentra en entrega en depósito al ejecutante ALVARO MONROY MARTINEZ, Calle 0 No. 14 - 35. Barro San Rafael Bucaramanga. Tel.315623018 correo electrónico tarico0922@gmail.com. - La cuota parte correspondiente a la CUARTA PARTE del inmueble con M.l. No 300- 20851, de propiedad del ejecutado Ricardo Villareal Camacho con C.C. N° 91.226.490, ubicado en la dirección Carrera 29 No. 40- 16, Local 108 Unidad Residencial Coopmagisterio del Municipio de Bucaramanga, cabe destacar, que el secuestre del bien objeto de remate es el auxiliar de la justicia Elíseo Ramírez, identificado con C.C: 91234253 de Bucaramanga, residente en la calle 29 # 4-46, barrio Girardot de la ciudad de Bucaramanga teléfono:315 3814295 correo electrónico eliseoramirez656@gmail.com TERCERO: ADMÍTASE como postura la que cubra el 70% de los avalúos, que corresponde a las sumas de: - DIECIOCHO MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL PESOS ($ 18.039.000 MCTE), Para el rodante de PLACAS KB0366. - CINCUENTA Y CINCO MILLONES TRECIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 55.317.150 MCTE), Para la cuota parte correspondiente a la CUARTA PARTE (25%) del inmueble con M.l. No 300- 20851. previa consignación del 40% del mismo, esto es: - DIEZ MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL PESOS ($ 10.308.000 MCTE), Para el rodante de PLACAS KB0366. - TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($ 31.609.800 MCTE), Para la cuota parte correspondiente a la CUARTA PARTE (25%) del inmueble con M.l. No 300-20851. CUARTO: A LA PARTE INTERESADA, ADVIÉRTASELE que deberá elaborar el AVISO DE REMATE en la forma indicada en el Art. 450 del C. G. P. y la Circular PCSJC21-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación del lugar y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. La publicación podrá llevarse a cabo en VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO, o EL FRENTE y deberá hacerse el día domingo. Y que en el mismo, deberá: (i) Informar el contenido de este auto en su integridad; (ii) Señalar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura; (iii) Indicar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) deberá informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio- web que la RAMA JUDICIAL ha dispuesto para este Despacho y al que se accede en el siguiente link: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicaciones-procesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqlWbb_idTipo=8766896 QUINTO: A LA PARTE INTERESADA ADVIÉRTASELE así mismo, que deberá allegar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, así como certificado de tradición y libertad del bien objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. (ART. 450 C.G.P.) SEXTO: CONMÍNESE a la PARTE INTERESADA para que cumpla con las cargas de publicar el aviso de remate, so pena de decretar como lo contempla el artículo 317 numeral 1 del C. G. del P., el desistimiento de la cautelar. Y para que dentro del término de cinco días (05) siguientes contados simultáneamente con la ejecutoria de esta providencia, informe en los términos del numeral 7 del artículo 455 del C. G. del P., lo adeudado por concepto de impuestos, por parte del bien objeto de remate. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que su OFERTA deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C. G. del P. (ii) deberá presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita por el interesado; (iii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iv) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (v) señalar el monto por el que hace la postura; (vi) si se actúa a través de apoderado, allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado. El apoderado que licite o solicite adjudicación en nombre de su representado, requerirá facultad expresa; (vii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso, (viii) si es PERSONA NATURAL, deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una PERSONA JURÍDICA deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vii) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. OCTAVO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. NOVENO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J04ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en contraseña reservada que abre la oferta digital. DÉCIMO: ADVIÉRTASE a los interesados, que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (05) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. y que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5% y las disposiciones del articulo 448 y s.s del Código General del Proceso. DÉCIMO PRIMERO: REQUIÉRASE a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales, para que, dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia, suministren, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados y/o se corroboren los datos ya existentes al respecto. Esto, como quiera, que será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el ordinal PRIMERO de este auto. DÉCIMO SEGUNDO: REQUIÉRASE así mismo a la parte ejecutante, para que, una vez publicado el aviso de remate y en todo caso, DOS (02) DÍAS ANTES DE LA FECHA SEÑALADA PARA LA DILIGENCIA; allegue al proceso, la respectiva PUBLICACIÓN y CERTIFICADO DE TRADICION. DÉCIMO TERCERO: ADVIÉRTASE a los interesados que atendiendo a lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11731 del 29-01-2021 y la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura, los depósitos para hacer postura, en caso de hacer la respectiva devolución a los postores, se hará a través del mecanismo denominado "abono a cuenta". Por lo tanto, se debe aportar y allegar al proceso la correspondiente CERTIFICACIÓN BANCARIA de la cuenta del titular del depósito judicial para proceder a materializar la comentada devolución. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por el doctor Ángel Uriel Gelves Pineda Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 004 Bucaramanga – Santander. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. (Fact.P17204)
Consejo Seccional De La Judicatura De Santander Oficina De Apoyo Para Los Juzgados Civiles Del Circuito De Ejecución De Sentencias De Bucaramanga AVISO DE REMATE AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL radicado bajo el No. 68001-31-03-003-2017-00214-01 adelantado por RODOLFO BARRERA HERNÁNDEZ, como demandante en un 50% del crédito y en el 50% restante como cesionario de MICHAEL ALEXANDER BARRERA FLÓREZ, quien a su vez es cesionario de FERNANDO MAURICIO SALAZAR GÓMEZ contra LESLIE MARCELA HERRERA GONZÁLEZ; El JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, mediante auto del 16/10/2025 corregido mediante providencias del 22/10/2025 y 30/10/2025 teniendo en cuenta la solicitud de la parte demandante, por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 448 del C. G. del P., dado que se cumplen los requisitos, señalará fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate en la Sala de Audiencias Virtual del JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, respecto del siguiente bien: - INMUEBLE UBICADO EN LA “1) CARRERA 15 # 68-33, 2) CARRERA 15 # 68-31” BARRIO LA VICTORIA, DEL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA, SANTANDER. Bien inmueble previamente embargado, secuestrado y avaluado en este proceso e identificado con el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-45551 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, Santander, propiedad de la demandada LESLIE MARCELA HERRERA GONZALEZ, avaluado en la suma de $436.212.000. Para llevar a cabo la audiencia de remate se fijará fecha como pasa a indicarse: Fecha y hora del remate CUATRO (4) DE DICIEMBRE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A PARTIR DE LAS 8:30 AM Enlace de acceso (ingrese 15 minutos antes de la hora fijada) DEBE SER SOLICITADO CON ANTICIPACIÓN EN LA OFICINA DE APOYO DE LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE B/MANGA: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co La audiencia se realizará de forma virtual por la plataforma o aplicación dispuesta por el Consejo Superior de la Judicatura. Se solicita que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores. Lo anterior, sin perjuicio que los interesados asistan presencialmente a la sala de audiencias física con que cuenta la Oficina de Apoyo de los Juzgados de Ejecución Civil del Circuito, para lo cual deberán acudir a la Carrera 12 No. 31-08, segundo piso, Oficina 204, del municipio de Bucaramanga, para que se les permita y facilite la asistencia, tal como lo prevé el parágrafo 2° del Art. 2 de la Ley 2213 de 2022. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del mismo, en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta ciudad, a órdenes de la Oficina de Ejecución a la cuenta No. 68001-20-31-800. Aún con lo anterior, conviene recordar que, si el remate lo realiza el ejecutante con garantía real por cuenta de su crédito, la postura será necesariamente la que cubra el 100% del valor del inmueble conforme las reglas especiales del Art. 468 del C.G.P. Igualmente, se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. de forma física, o, presentar las ofertas por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIGO POR CONTRASEÑA O CLAVE, dirigido al correo electrónico: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, caso en el cual deberá cumplirse con los requisitos de los Artículos 451 y 452 del C.G.P.; ADVIÉRTASE QUE DE TRATARSE DE UNA OFERTA ELECTRÓNICA, de conformidad con el punto 7, inciso 2, numeral 4.6 de la Circular PCSJC21-26, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, LA CONTRASEÑA O CLAVE para abrir el archivo de la oferta DEBERÁ SER SUMINISTRADA POR EL POSTOR DE VIVA VOZ EN LA AUDIENCIA DE REMATE CUANDO LA TITULAR DEL DESPACHO LA REQUIRA o, en caso de no ser posible por problemas de conexión o similares, habrá de ser informada ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DENTRO DE LOS DIEZ (10) MINUTOS SIGUIENTES A LA CULMINACIÓN DE LA HORA OTORGADA PARA RECIBIR POSTURAS O CUANDO POR MOTIVOS ESPECIALES ASÍ LO DISPONGA LA DIRECTORA DEL PROCESO, mediante mensaje de datos dirigido al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, SO PENA DE NO SER TENIDA EN CUENTA. Matrícula 300-45551 Avalúo Comercial $436.212.000 Postura admisible (70%) $305.348.400 Previa consignación (40%) $174.484.800 El aviso de remate se difundirá mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o La República; Una copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicación deberá agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. A la presentación de estos documentos deberá allegarse un certificado de libertad y tradición actualizado del respectivo inmueble, expedidos dentro del mes anterior a la fecha del remate, los cuales deberán allegarse en formato PDF al correo electrónico ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co antes de dar inicio a la subasta. Se informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la Ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5%. Se informa a los postores interesados, que funge como secuestre A ADMINISTRAR SECUESTRES S.A.S., quien puede ser contactado a través del correo electrónico as.secuestres.buc@gmail.com, o al número telefónico 3158425884; a efectos que sea permitido el ingreso al inmueble. Igualmente, se advertirá a las partes y al secuestre A ADMINISTRAR SECUESTRES S.A.S, que previo a llevarse a cabo la diligencia de remate, informen si existen deudas pendientes tales como impuestos, administración o servicios públicos a efecto de que el Despacho y los posibles postores tengan conocimiento de las mismas y se pueda reservar lo necesario para el pago de las mismas, conforme al numeral 7 del artículo 455 del C.G. del P. Las partes podrán consultar el proceso, el cual queda a su disposición, de forma virtual, pidiendo la autorización o enlace para su ingreso, al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co Las partes y postores interesados en participar en la audiencia de manera virtual deberán ingresar el día y hora indicado y dar clic en la siguiente secuencia: Página de la Rama Judicial – Publicaciones procesales – en la Sección Despacho digitar JUZGADO 001 DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA – filtrar por la opción “Remates” - pulsar o dar clic en el año y la fecha de la diligencia - ir a la hora de la diligencia y dar clic en el Link de la audiencia. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, será causal para no tener en cuenta la postura. El presente aviso se expide en la Oficina de Ejecución del Circuito de Bucaramanga, hoy 31 de octubre de 2025. Cordialmente, Stella Mosquera Guevara Profesional Universitario Grado 12º