EDICTOS 08 DE SEPTIEMBRE DE 2024
EDICTO LA NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, al trámite notarial de la sucesión de la causante ANA DEL CARMEN FALCON LEAL (Q.E.P.D), identificada en vida con la cedula de ciudadanía No. 63.271.501, fallecido el día 11 de septiembre del año 2.023 en el municipio de Bucaramanga (Sder); siendo la ciudad de Bucaramanga (Sder) el último domicilio y asiento principal de los negocios del causante. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número 61 de fecha Cuatro (04) del mes Septiembre del año Dos mil Veinticuatro (2.024); se ordena la publicación de este edicto en el periódico de mayor circulación a gusto de los interesados y la radiodifusora de mayor sintonía a gusto de los interesados, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1.988. Ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. LA NOTARIA, DRA. LUZ HELENA CAICEDO TORRES NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA(Fact.B14915)
EDICTO N. 628 EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante: DAMIAN RIVERO DELGADO, quien en vida se identificaba en vida con la cedula de ciudadanía número 13.801.150, fallecido en Bucaramanga- Santander el dia veinticuatro (24) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. sucesión cuyo tramite se inicio en esta notaria el día veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) por acta 197 de agosto 28 de 2024. en cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy veintinueve (29) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024).- EL NOTARIO, HECTOR ELIAS ARIZA VELASCO(Fact.B14913)
SANDY BAYONA GOMEZ LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA (E), CRA 38 No 51-32, EDICTO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, del trámite notarial de la sucesión intestada del causante FIDELINA RODRIGUEZ CARDENAS quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.056.137 fallecida en el municipio de Piedecuesta, el día 10 de Abril de 2024, siendo la ciudad de Bucaramanga el ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. . Aceptando el trámite respectivo mediante Acta No. 0076 de fecha dos (02) de Septiembre de dos mil veinticuatro (2.024), se ordena la publicación del presente edicto en el periódico y radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el decreto 902 de 1.988 artículo 3º. numeral 3) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy dos (02) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2.024), siendo las 8:00 AM. La Notaria (E) Sandy Bayona Gómez hay Firma. (Fact.P12214)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes RICARDO GUEVARA CASTELLANOS, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.093.711 expedida en Girón, fallecido el 07 de marzo de 2011 en Girón, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga y EVA QUINTERO DE GUEVARA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 27.942.982 expedida en Bucaramanga, fallecida el 30 de enero de 2009 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 049 de fecha cinco (05) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, seis (06) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P12213)
AVISO DE REMATE. DESPACHO JUDICIAL DE CONOCIMIENTO: JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA. PROCESO: DIVISORIO DE MAYOR CUANTIA. RADICADO N: 68001310300620160015600. DEMANDANTES: MIGALIZ ABDEL LIZARAZO LAGUADO, DIANA ROCIO TRIANA LIZARAZO Y FABIO ANDRES TRIANA LIZARAZO. DEMANDADAS: NIELULIZ MALUK LIZARAZO LAGUADO Y MARIA PAULA TRIANA LIZARAZO. Mediante providencia de fecha veintitrés (23) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) se ha señalado la hora de las diez de la mañana (10:00A.M) del día veintisiete (27 ) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) para llevar a cabo LA DILIGENCIA DE REMATE del siguiente bien: INMUEBLE identificado con la matricula inmobiliaria N. 300-14693 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, número catastral 680010105000002390008000000000, ubicado en la calle 48 N. 9ooc-53 del Barrio Campo Hermoso de la Ciudad de Bucaramanga, cuyos linderos se encuentran anotados y especificados en la escritura pública N. 3225 de noviembre 15 de1978 de la Notaria Tercera de Bucaramanga, así: POR EL NORTE: en ocho(8) mts con la casa de propiedad de JOSE ONOFRE AYALA; POR EL SUR: en ocho(8) mts con la calle 48; POR EL ORIENTE: en quince(15) mts con terrenos de propiedad de Urbanas; POR EL OCCIDENTE: con la casa de propiedad de CARLINA DUARTE, inmueble que se encuentra debidamente secuestrado; Se precisa, que, en caso de requerirse la exhibición del inmueble, deberá contactarse al SECUESTRE ISAI LEONARDO VELANDIA AFANADOR en el número celular 3183623704, email: isve52@gmail.com o en el conjunto paralela 150 torre 1 apto 1509 autopista a Floridablanca N. 149-164 del Municipio de Floridablanca (S/der). EL AVALUO del inmueble, objeto del remate, corresponde a la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS ($250.000.000). Se ha señalado como BASE DE LA LICITACION el setenta por ciento (70%) del avalúo, en los términos del artículo 411 del CGP, esto es, la suma de CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($175.000.000) MTE. Para asumir LA POSTURA el interesado deberá consignar previamente el cuarenta por ciento ( 40%) del avalúo, es decir, CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000) MTE, en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario a órdenes del JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA Y POR CUENTA DE ESTE PROCESO. Adicional a ello, el correo electrónico institucional del despacho judicial es j06ccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co La licitación iniciará a la hora indicada y no se cerrará sino transcurrida una hora. A cargo de la parte interesada (demandante) se elabora y publica el AVISO DE REMATE con el lleno de las formalidades de que trata el articulo 450 del C.G.P. en un diario de amplia circulación de esta localidad, que puede ser Vanguardia Liberal o el Frente. Se advierte que la publicación deberá hacerse el día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Copia informal de la pagina del diario se agregará al expediente antes de darse inicio a la subasta. Con la constancia de la publicación del listado deberá allegarse un certificado de tradición actualizado del bien inmueble a rematar expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia de remate.( Articulo 450 CGP) . (Fact.B14918)
AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P) JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA E-MAIL j02ecmbuc@condoj.ramajudicial.gov.co DEMANDANTE ASOCIACION DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SAN ANDRESITO PRIMERA ETAPA DEMANDADO JERÓNIMO RUEDA BOHORQUEZ C.C. 2.026.351 RADICADO 68001.40.03.008.2012.00801.01 PROCESO EJECUTIVO MINIMA CUANTIA FECHA Y HORA REMATE VEINTISEIS (26) DE SEPTIEMBRE DE 2024, 8:30 a.m. PREDIO BIEN INMUEBLE, LOCAL No. 24, BLOQUE 3 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA DE BUCARAMANGA, UBICADO EN LA DIAGONAL 15 No. 45-198 CENTRO COMERCIAL SAN ANDRESITO LA ROSITA DE BUCARAMANGA. IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-121180. AVALÚO CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($14.671.500). BASE LICITACION (70%) DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CINCUENTA PESOS MCTE ($10.270.050) POSTURA (40%) CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL PESOS MCTE ($5.847.000), CONSIGNADOS A LA CUENTA DE DEPOSITOS JUDICIALES No. 680012041802 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT LINK ACCESO EL LINK DE ACCESO A LA AUDIENCIA DE REMATE ESTARA PUBLICADO EN LA PAGINA WWW.RAMAJUDICIAL.GOV.CO - MICROSITIO DEL DESPACHO - REMATES 2024 O SOLICITARLO POR CORREO ELECTRONICO AL DESPACHO DATOS SECUESTRE JAVIER GIOVANI RODRÍGUEZ RUEDA CALLE 37 No. 26-15 BUCARAMANGA 323-3996672 / 319-2583387 javiror17@gmail.com IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC. No. 80.795.885 de Bogotá TP. No. 168.221 del C.S. de la J. (Fact.P12215)
PROCESO: EJECUTIVO - MINIMA CUANTIA RADICADO No. 68001.40.03.008.2012.00801.01 DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COOPROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO 1 RA ETAPA DEMANDADO: JERÓNIMO RUEDA BOHÓRQUEZ CUADERNO: MEDIDAS JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA Bucaramanga, veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) En atención a la solicitud elevada por la apoderada de la parte demandante, revisado el plenario y teniendo en cuenta que el inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121180 se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, aunado a que, para el momento, no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, resulta procedente acceder a lo pedido, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. En atención a lo expuesto, se fija el día JUEVES VEINTISÉIS (26) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121180 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, propiedad del demandado JERÓNIMO RUEDA BOHÓRQUEZ el cual se encuentra ubicado en el LOCAL No. 24 BLOQUE 3 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA, avaluado en la suma de CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671.500). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar. previamente, en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del estatuto procesal civil. En consecuencia, el Juzgado Segundo de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, RESUELVE PRIMERO: FIJAR el día JUEVES VEINTISÉIS (26) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 Α.Μ.). como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121180 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, propiedad del demandado JERÓNIMO RUEDA BOHÓRQUEZ el cual se encuentra ubicado en el LOCAL No. 24 BLOQUE 3 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA, avaluado en la suma de CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671.500). SEGUNDO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual, para lo cual se utilizará el aplicativo “TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT”, al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, entre otros), el cual deberá contar con cámara y micrófono. TERCERO: Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, a favor del proceso de la referencia y a órdenes de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, en la cuenta de depósitos judiciales número 680012041802 del Banco Agrario de Colombia. CUARTO: ADVERTIR a la parte ejecutante que la elaboración y publicación del aviso de remate deberá realizarse por su cuenta, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso, adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia, el que deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DIAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local previo a la fecha y hora señaladas. La publicación deberá remitirse de manera legible en formato PDF al correo de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en la que deberá observarse claramente la fecha en que se realizó. Además, en dicha publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micro-sitio del Despacho - Remates 2024. Lo anterior, para realizar el correspondiente control de legalidad. QUINTO: Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para cumplir los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, acorde al artículo 7 de la ley 2213 de 2022. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: INGRESO A LA SEDE JUDICIAL: Quien acredite su interés en la diligencia programada, deberá aportar al momento del ingreso a la sede judicial donde funciona este Despacho judicial: 1. Su documento de identidad. 2. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente. 3. El sobre cerrado a que se refieren los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACION DEL SOBRE CERRADO: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado, en la secretaría de la Oficina de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LAS PARTES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Una vez señalada la fecha y hora para la diligencia de remate, se enviará al correo electrónico de las partes el enlace dispuesto para la audiencia correspondiente, siempre y cuando la dirección electrónica repose en el expediente, de lo contrario los extremos de la litis deberán elevar la correspondiente petición. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LOS POSTORES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Las personas que hayan constituido el correspondiente depósito judicial y que tengan interés en participar en la diligencia de remate deberán enviar un correo electrónico al buzón j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. donde deberá tener en cuenta lo siguiente: ASUNTO: Deberá referenciar el asunto del correo electrónico única y exclusivamente así: “SOLICITUD DE ENLACE DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J8-2012-00801-01". ARCHIVOS A ADJUNTAR: Para que efectivamente el Despacho comparta el enlace al interesado en el remate, se tendrá que adjuntar al correo electrónico en formato PDF copia del documento de identidad de quien pretende hacer postura, siempre y cuando haya constituido el depósito judicial conforme lo establece el artículo 451 del Código General del Proceso. IV. PRESENTACIÓN DE POSTURA DE MANERA VIRTUAL: Los interesados deberán presentar: 1 La oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. 2. Copia del documento de identidad. 3. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de lo previsto en el artículo 451 y ss. del C.C.P. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso. La oferta deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico indicado, que su participación en la audiencia es indispensable para que suministren la contraseña del archivo digital de la oferta. Cuando el postor no esté presente en la audiencia virtual al abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentar la oferta. SEXTO: Adviértasele a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado correspondiente al bien secuestrado, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha prevista para la diligencia de remate. SÉPTIMO: Tanto la constancia de la publicación del aviso de la diligencia de remate como el certificado de libertad y tradición del bien, deberán remitirse antes de la hora señalada para la realización de la audiencia, al correo electrónico de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto del mensaje electrónico única y exclusivamente así: "ENTREGA DE PUBLICACIONES Y CERTIFICADOS PARA DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J8-2012-00801-01. SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Para efectos de allegar el aviso, preferiblemente deberá remitirse el link del periódico donde se publicó o imagen clara y nítida del área o espacio en que aparece en la prensa. OCTAVO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que, sin excepción, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán tramitarse siempre mediante la funcionalidad de pago con abono a cuenta. Por lo tanto, las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior a $17.400.000 y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea porque no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar, su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes), el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto, obsérvese: 5. Pago con abono a cuenta Todas las órdenes y autorizaciones de pago de cualquier concepto de depósitos judiciales, en procesos judiciales de todas las especialidades y jurisdicciones, se harán únicamente a través del acceso seguro dual al Portal Web Transaccional de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia, por los administradores de las cuentas judiciales y en los horarios laborales hábiles. En este entendido, los titulares de las cuentas únicas judiciales y los responsables de la administración de los depósitos deben hacer uso de la funcionalidad "pago con abono a cuenta", disponible en el Portal Web, siempre que el beneficiario tenga cuenta bancaria y haya solicitado el pago de su depósito por ese medio. De todas maneras, sin excepción, las sumas iguales o superiores a quince (15) salarios minimos legales mensuales vigentes, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y el Banco Agrario de Colombia generarán un procedimiento para establecer los requisitos, protocolos y mecanismos que aseguren que los pagos por este medio sean seguros, eficaces y viables. NOTIFIQUESE y CÚMPLASE, NUBIA STELLA ARÉVALO GALVÁN JUEZ. (Fact.P12215)
JUZGADO |
CORREO
ELECTRÓNICO DEL JUZGADO |
NÚMERO DE
RADICADO |
CLASE DE
PROCESO |
DEMANDANTE |
DEMANDADOS |
PERSONA
(S) EMPLAZADAS |
IDENTIFICACIÓN
DEL EMPLAZADO C.C. O NIT |
CORPORACIÓN COLEGIO SANTANDEREANO DE ABOGADOS |
2021-364 |
NEGOCIACIÓN DE DEUDAS |
CAMILO ANDRES SIERRA VILLAMIL C.C.1.023.918.614 (DEUDOR) |
ALCALDÍA DE ALBAN BANCO COLPATRIA BANCOLOMBIA BANCO AV VILLAS MARIA ISABEL SIERRA PINZON (ACREEDORES) |
MARIA ISABEL SIERRA PINZON (C.C. 1.070.960.339)
Y A TODAS LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE SE CONSIDEREN
ACREEDORES DEL DEUDOR |
1.070.960.339 |
JUZGADO |
CORREO ELECTRÓNICO DEL JUZGADO |
NÚMERO DE RADICADO |
CLASE DE PROCESO |
DEMANDANTE |
DEMANDADOS |
PERSONA (S) EMPLAZADAS |
IDENTIFICACIÓN DEL EMPLAZADO C.C. O
NIT |
2024 - 324 |
NEGOCIACIÓN DE DEUDAS PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE |
MERY NUBIA RODRÍGUEZ ORDUZ |
FUNDACIÓN DE LA MUJER; BANCO AGRARIO; LUIS VARGAS
BECERRA; MARÍA CONCEPCIÓN BECERRA HERNÁNDEZ; PASTOR CELIS BOHÓRQUEZ |
LUIS VARGAS BECERRA Y DEMÁS ACREEDORES |
- |
JUZGADO |
CORREO ELECTRONICO DEL JUZGADO |
NUMERO DE RADICADO |
CLASE DE PROCESO |
DEMANDANTE |
DEMANDADOS |
PERSONA (S) EMPLAZADAS |
IDENTIFICACION DEL EMPLAZADO C.C. O NIT |
JUZGADO CUARTO
PROMISCUO DE FAMILIA |
J04prfbmeja@cendoj.ramajudicial.gov.co |
68-081 -3184- 004-2024-00080-00 |
JURISDICCIÓN
ORDINARIA- DEISGNACIÓN DE GUARDADOR |
ELVIA ISABEL
NIÑO GARCIA |
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A QUIENES SE
CREAN CON DERECHO DEL EJERCICIO DE LA CURADURIA DEL MENOR H.S.L.M, HIJA DE
JONATHAN LUNA BUENDIA(Q-E-P-D) QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICÓ CON LA CÉDULA DE
CIUDADANIA No 13.569.323 Y IVONNE RAFAELA MARTINEZ NIÑO (Q-E-P-D) QUIEN EN VIDA
SE IDENTIFICÓ CON LA CÉDULA DE CIUDADANIA No 37.581.508. |
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