EDICTOS 13 DE SEPTIEMBRE DE 2026

EDICTО LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de la liquidación notarial del causante ALFONSO ARIAS MORENO (Q.E.P.D) quien falleció en Santa Rosa del Sur el día 31 de mayo del año 2026, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 91.493.122 expedida en Bucaramanga, según consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la notaría séptima de Bucaramanga, bajo el indicativo serial 10886321 de fecha 01 de junio de 2026, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, Santander.. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 141 de fecha 4 de septiembre de 2.026, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los cuatro (04) días del mes de septiembre del año 2026. La Notaria, Margarita López Cely Notaria Tercera del Círculo de Bucaramanga.

EDICTO N. 819 LA NOTARIA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante JOSE URIELSO ORTEGA BOTELLO, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía numero 91.250.592 fallecido en Rionegro. santander el día cuatro (04) de agosto de dos mil doce (2012) siendo Bucaramanga el último domicilio del causante. sucesión cuyo tramite se inició en esta notaria el día siete (07) de septiembre de dos mil veintiséis (2026) por acta 206. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy siete (07) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026). LA NOTARIA (Ε), SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA.

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA LIQUIDACION DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE EXPEDITO RUEDA VASQUEZ(Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA C.C. No. 5.762.115, FALLECIDO EL 12 DE MAYO DE 2023.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 130 DE FECHA DIEZ (10) DE SEPTIEMBRE DÉ DOS MIL VEINTISEIS (2.026), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy ONCE (11) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2.026), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día VEINTITRES (23) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2.026). ROSALBA RINCON GOMEZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA.

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. AUTO SAO.537.2026-09-09-2026 San Gil, 09 de septiembre de 2026. Que, mediante la Radicado 80.30.15163.2026 de agosto 16 del 2026; la empresa CONYSER S.A.S, con NIT 829.000.107-7, representada legalmente por el señor JORGE HUMBERTO ARGUELLO BELTRAN identificado con Cedula de Ciudadanía No. 91.439.866 de Barrancabermeja, Santander, DISPONE: PRIMERO: ADMITIR la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL para el proyecto ESTACIÓN DE SERVICIO JY ubicado en el predio el silencio con matrícula inmobiliaria 303-3333 del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander., a nombre de la empresa CONYSER S.A.S, con NIT 829.000.107-7, representada legalmente por el señor JORGE HUMBERTО ARGUELLO BELTRAN identificado con Cedula de Ciudadanía No. 91.439.866 de Barrancabermeja, Santander, o quien haga sus veces. SEGUNDO: DECLARAR iniciado el presente trámite de Evaluación Ambiental a la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL para el proyecto ESTACIÓN DE SERVICIO JY ubicado en el predio el silencio con matrícula inmobiliaria 303-3333 del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander., a nombre de la empresa CONYSER S.A.S, con NIT 829.000.107-7, representada legalmente por el señor JORGE HUMBERTO ARGUELLO BELTRAN identificado con Cedula de Ciudadanía No. 91.439.866 de Barrancabermeja, Santander, o quien haga sus veces. TERCERO: PUBLICAR, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 Ley 99 de 1993 y demás normas ambientales vigentes, ESTA PROVIDENCIA DEBERÁ SER PUBLICADA en un periódico de amplia circulación regional, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, cuya constancia deberá ser allegada a la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS-, para ser anexada al Expediente CAS 210.40.00091.2026, y así, continuar con el trámite correspondiente a la práctica de la visita técnica de inspección ocular y evaluación ambiental solicitud LICENCIA AMBIENTAL para el proyecto ESTACIÓN DE SERVICIO JY ubicado en el predio el silencio con matrícula inmobiliaria 303-3333 del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander. CUARTO: NOTIFICAR, Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, NOTIFÍQUESE el contenido de la presente providencia al señor JORGE HUMBERTO ARGUELLO BELTRAN identificado con Cedula de Ciudadanía No. 91.439.866 de Barrancabermeja, Santander, quien podrá ser ubicado en los contactos telefónicos: 3041159596 dirección: Carrera 15 Diagonal 56-28 Barrio Pueblo Nuevo de Barrancabermeja, Santander, correo electrónico: conyserltda@yahoo.es, previa autorización, a quien se le hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del expediente 210.40.00091.2026 Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ ALEJANDRO SILVA PÉREZ Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana.

 

Read more