EDICTOS 14 DE SEPTIEMBRE DE 2025
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de liquidación notarial de la sucesión intestada del causante ERASMO ORTIZ RINCON (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía 13.695.025 expedida en Betulia, quien falleció en Floridablanca, Santander, y a quien actualmente le corresponde el Registro Civil de Defunción indicativo serial 11363292. expedido por Notaría segunda de Bucaramanga Santander, siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 174 de fecha 13 de Septiembre de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los trece (13) dias del mes de Septiembre del año 2025. La Notaría, Margarita López Cely Notaria Tercera del Círculo de Bucaramanga.(Fact.P16626)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a publicación del presente edicto; respecto al trámite de liquidación notarial de la sucesión intestada de la causante MARIA CELINA AREVALO SERRANO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía 28.212.186 expedida en Lebrija, quien falleció en Bucaramanga, Santander, y a quien actualmente le corresponde el Registro Civil de Defunción indicativo serial 10319928, expedido por Notaría segunda de Bucaramanga Santander, siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 175 de fecha 13 de Septiembre de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) dias. El presente EDICTO se fija hoy a los trece (13) dias del mes de Septiembre del año 2025. La Notaria, Margarita Lopez Cely Notaria Tercera del Circulo de Bucaramanga(Fact.P16627)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de liquidación notarial de la sucesión intestada de la causante PRESENTACIÓN BAUTISTA VDA DE ALVARADO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía 28.066.200 expedida en el cerrito Santander, quien falleció en Bucaramanga, Santander, y a quien actualmente le corresponde el Registro Civil de Defunción indicativo serial 11257468, expedido por Notaría segunda de Bucaramanga Santander siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 176 de fecha 13 de Septiembre de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) dias. El presente EDICTO se fija hoy a los trece (13) días del mes de Septiembre del año 2025. La Notaria, Margarita López Cely Notaria Tercera del Círculo de Bucaramanga(Fact.P16628)
EDICTO LA NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, al trámite notarial de la sucesión de la causante YANIRA SANCHEZ ACEVEDO (Q.E.P.D.), identificada en vida con la cedula de ciudadanía No. 63.485.684, fallecida el día 13 de septiembre del año 2.024 en el municipio de San Alberto (Cesar); siendo la ciudad de Bucaramanga (Sder), el último domicilio y asiento principal de los negocios de la causante. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número 72 de fecha Diez (10) del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2.025); se ordena la publicación de este edicto en el periódico de mayor circulación, a gusto de los interesados y la radiodifusora de mayor sintonía, a gusto de los interesados; en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto 902 de 1.988. Ordenándose, además, su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias, LA NOTARIA, DRA. LUZ HELENA CAICEDO TORRES Notaria Cuarta del Círculo de Bucaramanga(Fact.P16625)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante LUIS EDUARDO ARIZA PEREZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.043.638 expedida en Barbosa, quien falleció el 11 de diciembre de 2024 en Girón, siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 073 de fecha once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P16629)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante JOAQUIN GALVIS AROCHA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 2.041.293 expedida en Aratoca, quien falleció el 29 de diciembre de 2015 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 074 de fecha once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenandose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P16629)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes ISIDRO SERRANO RAMIREZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.197.636 expedida en Umpalá (Piedecuesta), fallecido el 22 de abril de 2008 en Piedecuesta, siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga y CLEOTILDE SERRANO LEON, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 28.459.630 expedida en Umpalá (Piedecuesta), fallecida el 24 de agosto de 2020 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios; aceptando el trámite esta Notaria, mediante acta número 075 de fecha once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P16629)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante DEMETRIO PLATA ORTEGA, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 13.809.187 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 10 de agosto de 2025 en el municipio de Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 076 de fecha once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988. ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P16629)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante SANDRA MILENA NIÑO ESPINEL, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 63.507.049 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 11 de julio de 2025 en Valencia España, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga, aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 077 de fecha once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, fecha doce (12) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 am. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P16629)
AVISO DE REMATE
AVISO DE REMATE ARTÍCULO 450 CODIGO GENERAL DEL PROCESO. EL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA, ubicado en la ciudad de Barrancabermeja, palacio de justicia Piso 4, oficina 407, mediante providencia del 21 de agosto de 2025, ha señalado el día 29 de octubre de 2025 a la hora de las 08:00 a.m., para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble distinguido con la Matrícula Inmobiliaria No. 303-32026, el cual se encuentra legalmente embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso ejecutivo que se adelanta en el Juzgado Primero Civil del Circuito de Barrancabermeja bajo el radicado No. 2012-0237, propuesto por CARLOS ALBERTO RUIZ RUEDA, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.847.963, en contra de JOSE ANTONIO CAMARGO POLO, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.887.901 y OMAIRA LUCIA MARTINEZ De CAMARGO, identificada con cedula de ciudadanía No. 37.925.990; que se describe de la siguiente manera: Un lote de terreno junto con la casa en el construida ubicado en la Calle 21 No. 19B-22-26, antes, hoy Calle 64 No. 17C – 22 del Barrio El Parnaso de la ciudad de Barrancabermeja, cuyos linderos son: por el NORTE: con la Calle 21; por el SUR: con la Calle 20A; por el ORIENTE: con la casa marcada en el plano con el No. 50, o sea, la numero 19A – 28/30 de la Calle 21; por el OCCIDENTE: con la casa marcada en el plano con el No. 52, o sea, el No. 19B – 16/20 de la Calle 21; bien inmueble distinguido con la Matrícula Inmobiliaria No. 303-32026 de la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barrancabermeja, código catastral No. 010202070005000, avaluado en la suma de TRESCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($328.773.000,00). Se advierte que obra como secuestre NAREYA ESPITIA DORIA, quien será la persona encargada de mostrar el bien objeto de remate, residente en Carrera 29 No. 74 – 73 de la ciudad de Barrancabermeja, teléfono: 312 576 2702. La licitación iniciará a las 08:00 a.m. del día citado y no se cerrará sino transcurrida una hora desde su iniciación, será postura admisible la que cubra el valor del 70 % del avalúo, equivalente a la suma de DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL CIEN PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 230.141.100,00), previa consignación del cuarenta por ciento (40 %) es decir la suma de CIENTO TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 131.509.200,00) en el Banco Agrario de Colombia de la ciudad de Barrancabermeja en la cuenta de depósitos judiciales número 680812031001. El anterior aviso se elabora para ser publicado mediante la inclusión en un listado conforme lo previsto en el artículo 450 del C. G.P., que se publicará por una sola vez en un periódico de amplia circulación de la ciudad. (Fact.P16607)
EDICTO DE REMATE: JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. CLASE DE PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO. DEMANDANTE: MARLENE NIÑO DE ROMERO. DEMANDADO: MARIA DEL CARMEN MEDINA DE VEGA. RADICADO: 68001400302920180031101. Fecha de remate: MIÉRCOLES PRIMERO (1) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), A LAS DIEZ (10:00 AM) DE LA MAÑANA. El 100% del predio Urbano ubicado en calle 18 No. 12-13 Barrio Gaitán de la ciudad de Bucaramanga, identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 300-89669 y número predial 010701320025000 de propiedad de MARIA DEL CARMEN MEDINA DE VEGA. cuyo avalúo es de DOSCIENTOS SESENTA MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($260.205.600). JUEZ SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. RADICADO: 68001400302920180031101. Secuestre señora LAURA JULIANA PRADA RODRIGUEZ, quien puede ser ubicada en Carrera 12 No. 200 – 14 Mediterrane Royal Floridablanca, celular: 3124241154, correo electrónico: lauritaprada87@hotmail.com. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de transcurrida una hora, siendo postura admisible la que cubre el 70% del avalúo, esto es, la suma de CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS MCTE ($182.143.920), previa consignación del 40% del mismo que corresponde a la suma de CIENTO CUATRO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA PESOS MCTE ($104.082.240), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. El remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma LIFESIZE que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual. A su vez se informa que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo. Se Informa que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página web https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/ ADVIÉRTASE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: I. Presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita. II. Identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. III. Indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. IV. Señalar el monto por el que hace la postura. V. Si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; VI. Anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; VII. Allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; VIII. Anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso ADVIÉRTASE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. ADVIÉRTASE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. En caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J07ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se pone de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. (Circular PCSJC21-26 del Consejo Superior de la Judicatura que regula la subasta virtual) REQUIÉRASE a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto. Pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada. Los interesados en el remate, pueden consultar el expediente solicitando el link de acceso al correo electrónico: ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. (Fact.P16608)
República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Juzgado Cuarto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias Demandante(s) : EDIFICIO PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR P.H Documento: 890.211.445-9. Demandado (s) : FABIAN VELANDIA JAIMES Radicado : 68001400301120040112001 J04. Bucaramanga, Cuatro (04) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Ingresa el proceso al Despacho, a fin de dar trámite al escrito en el que el extremo activo solicita el fijar fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien identificado con M.I. Nº 300-115758, ubicado en la dirección D 105 31 16 K 33 105 46 66 92, PLAZA DE MERCADO SATÉLITE DEL SUR PUESTO N° 2002, Bucaramanga en el cual se encuentra legalmente embargado secuestrado y avaluado por su despacho en legal forma. Pues bien, dando trámite a la solicitud de señalar fecha y hora para diligencia de REMATE y revisado el plenario, encuentra este Administrador de Justicia, que la solicitud deviene procedente, como quiera que se encuentran dados los presupuestos para ello, esto es, se encuentra embargado, secuestrado y avaluado. Se procederá a fijar fecha y hora para diligencia de remate del bien identificado con M.I. Nº 300-115758 de la Oficina De Registro De Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad del ejecutado FABIAN VELANDIA JAIMES, que se encuentra ubicado en la dirección D 105 31 16 K 33 105 46 66 92, PLAZA DE MERCADO SATÉLITE DEL SUR PUESTO N° 2002, Bucaramanga, Santander, por la suma de TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL PESOS ($ 37.308.000 M/CTE), teniendo como base para ello, el avalúo emitido por el ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA. Cabe destacar, que el secuestre del bien inmueble objeto de remate es la auxiliar de la justicia ADOLFO SERRANO HERRERA, identificado con el documento C.C: 91346772, la cual podrá ubicar en la Cra 18 N° 7A – 53 de Piedecuesta, Santander. Se señalará como fecha, el próximo nueve de octubre de dos mil veinticinco (2025) a las nueve de la mañana (09:00 a.m.). Se conminará a la parte ejecutante para que cumpla con las cargas de elaborar y publicar el aviso de remate, so pena de decretar como lo contempla el artículo 317 numeral 1 del C. G. del P., el desistimiento de la cautelar, y a fin que dentro del término de cinco días (05) siguientes contados simultáneamente con la ejecutoria de esta providencia, informe en los términos del numeral 7 del artículo 455 del C. G. del P., lo adeudado por concepto de impuestos, servicios públicos, expensas comunes, por parte del inmueble objeto de remate. Seguidamente, se requerirá a la parte ejecutante, para que, una vez publicado el aviso de remate y en todo caso, DOS (02) DÍAS ANTES de la fecha que se señale para la diligencia; allegue al proceso, la respectiva PUBLICACIÓN y CERTIFICADO DE TRADICIÓN. Se advertirá, que la diligencia de remate se llevará a cabo empleando las tecnologías de la comunicación y las informaciones que se han dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura, para ello, se utilizará la aplicación TEAMS que es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura; (iii) Indicar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) deberá informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio- web que la RAMA JUDICIAL ha dispuesto para este Despacho y al que se accede en el siguiente link: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicacionesprocesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idTipo=8766896 Por otra parte, atendiendo lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11731 del 29-01-2021 y la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura, los depósitos para hacer postura, en caso de hacer la respectiva devolución a los postores, se hará a través del mecanismo denominado “abono a cuenta”. Por lo tanto, se debe aportar y allegar al proceso la correspondiente certificación bancaria del titular del depósito judicial para proceder a materializar la comentada devolución. Individualizado el bien objeto de remate, el JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS, DISPONE PRIMERO: TÉNGASE como base para el REMATE del bien identificado con el M.I. Nº 300-115758 de la Oficina De Registro De Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad del ejecutado FABIAN VELANDIA JAIMES, que se encuentra ubicado en la dirección D 105 31 16 K 33 105 46 66 92, PLAZA DE MERCADO SATÉLITE DEL SUR PUESTO N° 2002, Bucaramanga, Santander, por la suma de TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL PESOS ($ 37.308.000 M/CTE). SEGUNDO: SEÑALAR la hora de las NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.) DEL DÍA PRÓXIMO NUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), para llevar a cabo la diligencia de remante del siguiente bien: Inmueble identificado con el M.I. Nº 300-115758 de la Oficina De Registro De Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad del ejecutado FABIAN VELANDIA JAIMES, que se encuentra ubicado en la dirección D 105 31 16 K 33 105 46 66 92, PLAZA DE MERCADO SATÉLITE DEL SUR PUESTO N° 2002, Bucaramanga, Santander. Cabe destacar, que el secuestre del bien inmueble objeto de remate es la auxiliar de la justicia ADOLFO SERRANO HERRERA, identificado con el documento C.C: 91346772, la cual podrá ubicar en la Cra 18 N° 7A – 53 de Piedecuesta, Santander. TERCERO: ADMÍTASE como postura la que cubra el 70% del avalúo, que corresponde a la suma de VEINTISÉIS MILLONES CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS PESOS ($26.115.600 M/CTE), previa consignación del 40% del mismo, esto es, CATORCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS PESOS ($ 14.923.200 M/CTE), en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta ciudad, a órdenes de esta Oficina de Ejecución Civil Municipal a la cuenta Nº 680012041802. CUARTO: A LA PARTE INTERESADA, ADVIÉRTASELE que deberá elaborar el AVISO DE REMATE en la forma indicada en el Art. 450 del C. G. P. y la Circular PCSJC21-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, para su publicación por una sola vez en un periódico de amplia circulación del lugar y con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. La publicación podrá llevarse a cabo en VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO, o EL FRENTE y deberá hacerse el día domingo. Y que en el mismo, deberá: (i) Informar el contenido de este auto en su integridad; (ii) Señalar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el Consejo Superior de la Judicatura; (iii) Indicar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) deberá informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio- web que la RAMA JUDICIAL ha dispuesto para este Despacho y al que se acceden el siguiente link: https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicacionesprocesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idTipo=8766896 QUINTO: A LA PARTE INTERESADA ADVIÉRTASELE así mismo, que deberá allegar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co , así como certificado de tradición y libertad del bien objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. (ART. 450 C.G.P.) SEXTO: CONMÍNESE a la PARTE INTERESADA para que cumpla con las cargas de publicar el aviso de remate, so pena de decretar como lo contempla el artículo 317 numeral 1 del C. G. del P., el desistimiento de la cautelar. Y para que dentro del término de cinco días (05) siguientes contados simultáneamente con la ejecutoria de esta providencia, informe en los términos del numeral 7 del artículo 455 del C. G. del P., lo adeudado por concepto de impuestos, por parte del bien objeto de remate. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que su OFERTA deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C. G. del P. (ii) deberá presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita por el interesado; (iii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iv) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (v) señalar el monto por el que hace la postura; (vi) si se actúa a través de apoderado, allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado. El apoderado que licite o solicite adjudicación en nombre de su representado, requerirá facultad expresa; (vii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. (viii) si es PERSONA NATURAL, deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una PERSONA JURÍDICA deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vii) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. OCTAVO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. NOVENO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J04ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co y Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en contraseña reservada que abre la oferta digital. DÉCIMO: ADVIÉRTASE a los interesados, que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (05) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. y que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5% y las disposiciones del artículo 448 y s.s del Código General del Proceso. DÉCIMO PRIMERO: REQUIÉRASE a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales, para que, dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia, suministren, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados y/o se corroboren los datos ya existentes al respecto. Esto, como quiera, que será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el ordinal PRIMERO de este auto. DÉCIMO SEGUNDO: REQUIÉRASE así mismo a la parte ejecutante, para que, una vez publicado el aviso de remate y en todo caso, DOS (02) DÍAS ANTES DE LA FECHA SEÑALADA PARA LA DILIGENCIA; allegue al proceso, la respectiva PUBLICACIÓN y CERTIFICADO DE TRADICIÓN. DÉCIMO TERCERO: ADVIÉRTASE a los interesados que atendiendo a lo dispuesto en el Acuerdo PCSJA21-11731 del 29-01-2021 y la Circular PCSJC21-15 del 08/07/2021 emitidos por el Consejo Superior de la Judicatura, los depósitos para hacer postura, en caso de hacer la respectiva devolución a los postores, se hará a través del mecanismo denominado “abono a cuenta”. Por lo tanto, se debe aportar y allegar al proceso la correspondiente CERTIFICACIÓN BANCARIA de la cuenta del titular del depósito judicial para proceder a materializar la comentada devolución. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, Firmado Por: Angel Uriel Gelves Pineda Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 004 Bucaramanga – Santander. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 90fd1d315697a7ab5cce39cdfc67613cbe94891323050cfb3c2fbc6ebc4b7afeDocumento generado en 04/09/2025 06:21:25 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica. (Fact.P16624)
AVISO DE REMATE JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA BUCARAMANGA – SANTANDER Proceso: EJECUTIVO SINGULAR Radicado: 68001400301120040112001 Demandante: EDIFICIO PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR P.H. NIT: 890.211.445-9 Demandado: FABIAN LEONARDO VELANDIA JAIMES 1. FECHA Y HORA EN QUE SE ABRE LA LICITACIÓN: 9 DE OCTUBRE DE 2025 A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 A.M.) Y NO SE CERRARÁ SINO TRANSCURRIDA UNA (1) HORA 2. BIEN MATERIA DEL REMATE: FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-115758 de la oficina de registro de Instrumentos públicos de Bucaramanga CEDULA CATASTRAL: DIRECCION INMUEBLE: PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR PUESTO 2002 UBICADO EN LA DIAGONAL 105 N° 31-16 CARRERA 33 N°105- 46/96/92 Municipio de Bucaramanga, departamento de Santander y que forma parte del EDIFICIO PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR, que se encuentra ubicado Entre las carreras 33 y 32 calle 107 y diagonal 105 del Municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander. LINDEROS GENERALES. Se encuentran registrados en la escritura Pública de constitución de Propiedad Horizontal N°2571 otorgada el 24 de noviembre de 1983 ante la Notaría Quinta del Círculo de Bucaramanga, registrada el 28 de noviembre de 1983 en la Orip de Bucaramanga LINDEROS PARTICULARES: Se encuentran registrados en la escritura Pública N°368 otorgada el 12 de febrero de 200 1 ante la notaría Quinta del círculo de Bucaramanga, registrada el 13 de febrero de 2001 en la Orip de Bucaramanga PROPIEDAD DEL DEMANDADO: FABIAN LEONARDO VELANDIA JAIMES C.C. No. 91.492.857. 3. AVALUO. El inmueble fue avaluado en la suma de TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($37.308.000) Mcte. 4. JUZGADO QUE REALIZA EL REMATE: JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA Proceso: EJECUTIVO SINGULAR Radicado: 68001400301120040112001 5. NOMBRE Y DIRECCION Y NÚMERO TELEFÓNICO DEL SECUESTRO DEL INMUEBLE EL secuestre ADOLFO SERRANO HERRERA quien puede ser ubicado en la carrera 18 N°7 A-53 Piedecuesta - SANTANDER. SITIO REMATE: JUZGADO CUARTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. UBICADO: CALLE 12 Número 31-08 de Bucaramanga 6. BASE DE LA LICITACIÓN: La que cubra el valor del 70% del avalúo, es decir VEINTISÉIS MILLONES CIENTO QUINCE MIL SEISCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 26.115.600) MCTE., previa consignación del 40% el cual corresponde a la suma de CATORCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 14.923.200) MCTE, que deberán ser consignados en la CUENTA No. 680012041802 DE DEPÓSITOS JUDICIALES DEL BANCO AGRARIO a NOMBRE DE LA OFICINA DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA., Y POR CUENTA DEL PRESENTE PROCESO. MODO DEL REMATE: LA AUDIENCIA DE REMATE SE HARA DE FORMA VIRTUAL a través de la plataforma TEAMS.- QUE es uno de los medios tecnológicos dispuestos por el consejo superior de la judicatura. III. El expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio-web del juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo, IV. el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en el micrositio -web que la rama judicial ha dispuesto para este despacho y que se accede en el siguiente link EL LINK PARA ACCEDER A LA AUDIENCIA DE REMATE ESTARÁ DISPONIBLE EN LA PÁGINA:https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/web/publicacionesprocesales/inicio?p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_tipoCategoria=tipoPub&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idTipo=8766896. CONSULTA EXPEDIENTE: El expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web del Juzgado PRIMERO CUARTO MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, con la identificación del número de radicado del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto del remate y el avalúo del bien inmueble. (Fact.P16624)