EDICTOS 18 DE SEPTIEMBRE DE 2026
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de la liquidación notarial del causante LUIS ENRIQUE SOLANO (Q.E.P.D) quien falleció en Floridablanca, Santander el día 19 de mayo del año 2019, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 5.472.776 de pamplona, según consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la notaría once de Bucaramanga, bajo el indicativo serial 09447143 de fecha 20 de mayo del año 2019, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga, Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 151 de fecha 17 de septiembre de 2.026, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los diecisiete (17) días del mes de septiembre del año 2026. La Notaria, Margarita Lopez Cely Notaria Tercera del Círculo de Bucaramanga.
EDICTO N. 862 LA NOTARÍA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante LILIA QUINTERO FLOREZ, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 63.320.034 fallecida en TORREJON DE ARDOZ – MADRID - ESPAÑA, el día QUINCE (15) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) SIENDO BUCARAMANGA el último domicilio del causante. Sucesión cuyo trámite se inició en esta notaría el día QUINCE (15) DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) por ACTA 217. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaría de la notaría por el término de DIEZ (10) DÍAS y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 A.M. de hoy DIECISÉIS (16) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026). LA NOTARIA (E), SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA.
EDICTO NOTARÍA DÉCIMA DE BUCARAMANGA CARRERA 21 No. 22-30/40 Telefax 6421111 EL SUSCRITO NOTARIO DECIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a las publicaciones del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada y liquidación de herencia del causante, FELIPE MEJIA TRUJILLO (QEPD) quien en vida se identificó con la c.c. # 13.825.263, quien falleciere en la ciudad de barranquilla, el día 07 de mayo del año 2026, siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades el municipio de Bucaramanga. aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante Acta Número 52 de fecha 17 de septiembre de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30. del decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. Fijado hoy dieciocho (18) de septiembre de 2.026 a las 7:30 de la mañana. EL NOTARIO DÉCIMO FERNANDO LEÓN CORTÉS NIÑO.
EDICTO NOTARÍA DÉCIMA DE BUCARAMANGA CARRERA 21 No. 22-30/40 Telefax 6421111 EL SUSCRITO NOTARIO DECIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a las publicaciones del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada y liquidación de herencia del causante, ALFREDO HERNANDEZ ISIDRO (Q.E.P.D.), quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 13.860.641 expedida en Bucaramanga, fallecido el día 16 de julio de 2026, en la ciudad de Bucaramanga, siendo Bucaramanga (sder) lugar de su último domicilio. aceptado el trámite respectivo en esta notaria, mediante Acta Número 53 de fecha 17 de septiembre de 2026, se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30. del decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. Fijado hoy dieciocho (18) de septiembre de 2.026 a las 7:30 de la mañana. EL NOTARIO DÉCIMO FERNANDO LEÓN CORTÉS NIÑO
LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con. derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de la causante DORIS HELENA JEREZ JAIMES (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 28.356.542 expedida en San Andrés Santander, fallecido(a) en el municipio de Floridablanca, el veinte (20) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), siendo su último domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta Ciento Tres (103) de fecha diecisiete (17) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy dieciocho (18) de septiembre del año dos mil veintiséis (2026), a las 7:30 am. LA NOTARIA, PAOLA LILIANA MARIN ORTIZ NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER)
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SANTANDER EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SOCORRO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de Sucesión testada del causante MARDOQUEO ARIZA ARIZA, quien en vida se identificaba con la Cédula de Ciudadanía número 152.630, expedida en Bogotá D.C., fallecido el día Diecisiete (17) de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025) en el municipio de Socorro (Sder), siendo esta misma municipalidad de Socorro, el lugar de su último domicilio y del asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría e iniciada mediante Acta número 038 de fecha Diecisiete (17) de Septiembre del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo la publicación de este Edicto ordenada en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 3º del Dto. 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el Término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy a los Diecisiete (17) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Veintiséis (2026). LUIS CARLOS MONSALVE CABALLERO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SOCORRO
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE SABANA DE TORRES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante ALICIA RODRIGUEZ PRADA, fallecida el día diecinueve (19) de abril de dos mil veintiuno (2021) en el municipio de Barrancabermeja, Santander, cuyo trámite se inició en esta Notaría el día dieciocho (18) del mes de agosto de dos mil veintiséis (2026) mediante Acta número 014 en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 490 del C.G.P., se fija el presente edicto en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique por una vez en un periódico de amplia circulación nacional y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fija en Sabana de Torres, a los dieciocho (18) del mes de agosto de dos mil veintiséis (2026), siendo las 8:00 de la mañana. Victor Alfonso Camargo Noreña Notario Único del Circulo de Sabana de Torres.
EDIСТО EL SUSCRITO NOTARIO UNICO ENCARGADO DEL CÍRCULO DE SABANA DE TORRES EMP LA ZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante BERNARDA MONSALVE DE DÍAZ, fallecida el día catorce (14) de marzo de dos mil once (2011) en el municipio de Barrancabermeja, Santander cuyo trámite se inició en esta Notaría el día diez (10) del mes de septiembre de dos mil veintiséis (2026) mediante Acta número 018 en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 490 del C.G.P., se fija el presente edicto en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique por una vez en un periódico de amplia circulación nacional y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fija en Sabana de Torres, a los diez (10) del mes de septiembre de dos mil veintiséis (2026), siendo las 9:33 de la mañana. Mauricio Gómez Robles Notario Único Encargado del círculo de Sabana de Torres Hay firma
EDICTO NÚMERO 022 LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CÍRCULO DE PLAYON SANTANDER HACE SABER: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la Sucesión intestada del señor OMAR ESTEBAN ROPERO, identificado con la cedula de ciudadanía número 13.563.488 de el Playón-Santander; quien falleció el veintisiete (27) de noviembre de 2025 en Bucaramanga siendo su último Domicilio, residencia y asiento principal de sus negocios el municipio de el Playón-Santander; Sucesión cuyo trámite se inició en esta Notaría el día diez (10) de septiembre de Dos Mil Veintiséis (2.026). En cumplimiento a lo ordenado por el Decreto 902 de 1.988, en concordancia con el Artículo 490 del Código General de Proceso, se fija el presente Edicto en la Secretaria de la Notaria Única del Círculo de Playon-Santander por el término de diez (10) días. Se expiden Copias para su publicación en un periódica de circulación Nacional y se difunda en la emisora local, siendo las Ocho en punto de la mañana (8:00 am), de hoy diez (10) de septiembre de Dos Mil Veintiséis (2.026). La Notaria DRA MARITZA VERA VALDIVIESO NOTARIA UNICA PLAYON SANTANDER
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA – Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que ALONSO TARAZONA PACHECO, ha(n) solicitado un RECONOCIMIENTO-CONSTRUCCIÓN en la modalidad de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN-AMPLIACIÓN-REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL-DEMOLICIÓN PARCIAL, con un uso propuesto de Vivienda y Comercio, radicada con el número 68276-1-26-0045, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-02-000001190059000000000, ubicado(s) en la CARRERA 7 11-69 Barrio SANTA ANA, del Municipio de Floridablanca, para: RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN EXISTENTE Y LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN MODALIDAD AMPLIACIÓN-REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Y DEMOLICIÓN PARCIAL PARA VIVIENDA Y COMERCIO. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA – Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que CECILIA MARTINEZ DE PRADA, ha(n) solicitado una licencia de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de DEMOLICIÓN-OBRA NUEVA, con un uso propuesto de Vivienda, radicada con el número 68276-1-26-0056, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-02-000007200023000000000, ubicado(s) en la LOTE 3 - MZ A Barrio LA CUMBRE, del Municipio de Floridablanca, para: LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN MODALIDAD DEMOLICIÓN OBRA NUEVA PARA VIVIENDA. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA – Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que JAVIER ENRIQUE DIAZ RODRIGUEZ, ha(n) solicitado una licencia de PARCELACIÓN-CONSTRUCCIÓN en la modalidad de DEMOLICIÓN-OBRA NUEVA, con un uso propuesto de Vivienda Comercio y Servicio, radicada con el número 68276-1-26-0033, sobre el(los) predio(s) No. 68276-00-01-0001-0380-000/00-01-0001-1806-000, ubicado(s) en la LOTE NETUPIROMBA Barrio VEREDA RUITOQUE, del Municipio de Floridablanca, para: LICENCIA DE PARCELACION Y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE DEMOLICIÓN-OBRA NUEVA PARA VIVIENDA (USO PRINCIPAL) COMERCIO Y SERVICIOS. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com. acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-26-0155, 29-JULIO-2026, LICENCIA DE CONSTRUCCION, OBRA NUEVA, LT 3 MZ B CASA PIEDRA, VIVIENDA, JENIFFER ANDREA RIOCAMPO DURAN, C.C./NIT: 1096.216.546, El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-26-0170, 11-AGOSTO-2026, ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN, MZ A LT 1, VIVIENDA, JHON ALEXANDER CAPACHO GAMBOA, C.C./NIT: 1.102.356.600, PABLO ALCIBIADES PRADA SAAVEDRA, C.C./NIT: 91.500.018, El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-26-0153, 28-JULIO-2026, LICENCIA DE CONSTRUCCION, OBRA NUEVA, VIENTOS DE LLANADAS FASE I LT 7 MZ 8, VIVIENDA MULTIFAMILIAR, EDWARD HERNANDO GOMEZ URIBE, C.C./NIT: 91.512.595, El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-26-0144, 16-JULIO-2026, ACTO DE RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCION, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, K 29 AU B/MANGA GIRON 51 10 MZ 1, VIVIENDA, ROSALBA AMADO MARTINEZ, C.C./NIT: 63.342.663, ALVARO JAVIER MUÑOZ AMADO, C.C./NIT: 1.095.921.913, MIGUEL ANGEL MUÑOZ AMADO, C.C./NIT: 1.095.930.817 , El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación.
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. AUTO SAO.555.2026 - 15-09-2026 San Gil, 15 de septiembre de 2026 Que mediante Radicado CAS No. 80.30.4247.2026 y Radicado CAS No. 80.30.4295.2026 del 27 de febrero de 2026, la señora MARÍA FERNANDA ARÉVALO SÁENZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.142.460 expedida en Bogotá D.C., actuando en calidad de Representante Legal de la empresa FALCON AMBIENTAL S.A.S., identificada con NIT 901.977.006-5, allega a la Corporación Autónoma regional de Santander - CAS, solicitud de Licencia Ambiental para el desarrollo de un proyecto de Recolección, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos o desechos peligrosos, en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander. DISPONE: PRIMERO: ADMITIR la solicitud de EVALUACIÓN DE LA LICENCIA AMBIENTAL para el desarrollo del proyecto de Recolección, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos o desechos peligrosos, en el predio rural denominado "La Puerta Antigua" "Puerta del 9 Miraflores", localizado en el Corredor Suburbano San Silvestre, en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander, a nombre de la empresa FALCON AMBIENTAL S.A.S., identificada con NIT 901.977.006-5, representada legalmente por la señora MARÍA FERNANDA ARÉVALO SÁENZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.142.460 expedida en Bogotá D.C., o quien haga sus veces. SEGUNDO: DECLARAR iniciado el presente trámite de Evaluación Ambiental a la solicitud de LICENCIA AMBIENTAL ubicado en el predio rural denominado "La Puerta Antigua" "Puerta del 9 Miraflores", localizado en el Corredor Suburbano San Silvestre, en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander, a nombre de la empresa FALCON AMBIENTAL S.A.S., identificada con NIT 901.977.006-5, representada legalmente por la señora MARÍA FERNANDA ARÉVALO SÁENZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.142.460 expedida en Bogotá D.C., o quien haga sus veces. Para el desarrollo del proyecto de Recolección, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos o desechos peligrosos, en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander. TERCERO: PUBLICAR, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 Ley 99 de 1993 y demás normas ambientales vigentes, ESTA PROVIDENCIA DEBERÁ SER PUBLICADA en un periódico de amplia circulación regional, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, cuya constancia deberá ser allegada a la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS-, para ser anexada al Expediente CAS 210.40.00070.2026, y así, continuar con el trámite correspondiente a la práctica de la visita técnica de inspección ocular y evaluación ambiental solicitud de LICENCIA AMBIENTAL ubicada en la en el predio rural denominado "La Puerta Antigua" "Puerta del 9 Miraflores", localizado en el Corredor Suburbano San Silvestre, en jurisdicción del municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander, para el desarrollo del proyecto de Recolección, almacenamiento, tratamiento y disposición final de residuos o desechos peligrosos, en el Municipio de Barrancabermeja, departamento de Santander. CUARTO: NOTIFICAR. Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, NOTIFÍQUESE el contenido de la presente providencia a la empresa FALCON AMBIENTAL S.A.S., identificada con NIT 901.977.006-5, a la señora MARÍA FERNANDA ARÉVALO SÁENZ, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.019.142.460 expedida en Bogotá D.C., en calidad de representante legal, quien podrá ser ubicado en los contactos telefónicos: 3015927196 y 3125588827 dirección: Km 4 vía Nacional Barrancabermeja - Bucaramanga, correo electrónico: mafearevalo13@hotmail.com sgiconsultoriassas@gmail.com, previa autorización, a quien se le hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del expediente CAS 210.40.00070.2026. - Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ ALEJANDRO SILVA PÉREZ Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana.