EDICTOS 19 DE OCTUBRE DE 2025

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada del causante EDINSON SUAREZ VARGAS (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 91.467.043 expedida en Rionegro, fallecido en el municipio de Bucaramanga, el día veintidós (22) de Enero del año dos mil veinticuatro (2024), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en esta Notaria mediante Acta número ciento dos (102) de fecha diecisiete (17) de Octubre del año dos mil veinticinco (2025), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO, se fija hoy veinte (20) de Octubre del año dos mil veinticinco (2025), a las 8.00 a.m. LA NOTARIA, PAOLA LILIANA MARIN ORTIZ NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER)(Fact.P17098)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAN ANDRES, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral de los causantes MERY MENDEZ SIERRA, quien se identifica en vida con la cédula de ciudadanía número 28.356.030 expedida en San Andrés Santander fallecida el 21 de octubre de 2023 en el municipio de Floridablanca, Santander, y JUAN DE DIOS JAIMES MARTINEZ, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 5.733.558 expedida en San Andrés, Santander fallecido el 09 de junio de 2025 en el municipio de San Andrés Santander, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta Número 017 del diecisiete (17) de octubre del 2025, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 3º. Del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy dieciocho (18) de octubre 2025, siendo las 7:30 am en las dependencias de esta Notaria EL NOTARIO OSCAR VILLAMIZAR CACERES(Fact.P17097)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPATOCА, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante MARÍA DELIA GÓMEZ DE SARMIENTO fallecido el día 12 de Agosto de 1991 en Bucaramanga estando de paso según registro civil de defunción indicativo serial 358909, siendo el Municipio de Zapatoca, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaria mediante ACTА N° 020 del 14 de octubre de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija el día 15 del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). El Notario OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notario Único de Zapatoca

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPATOCA, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante CARLOS GREGORIO RUEDA PRADA fallecido el día 17 de Julio de 2023 en Girón estando de paso según registro civil de defunción indicativo serial 10913892 siendo el Municipio de Zapatoca, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaria mediante ACTA N° 021 del 14 de octubre de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija el dia 15 del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). El Notario, OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notario Único de Zapatoca(Fact.P17099)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPATOCA, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante MARGARITA RUEDA PRADA fallecida el día 5 de octubre de 2019 en Zona Bananera estando de paso según registro. civil de defunción indicativo serial 9947033 siendo el Municipio de Zapatoca, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaria mediante ACTA N° 022 del 14 de octubre de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija el día 15 del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). El Notario, OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notario Único de Zapatoca(Fact.P17100)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPATOCA, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante GONZALO RUEDA PRADA fallecido el día 16 de junio de 2013 en Fundación estando de paso según registro civil de defunción indicativo serial 9057648 siendo el Municipio de Zapatoca, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaria mediante ACTA N° 023 del 14 de octubre de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija el día 15 del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). El Notario, OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notario Único de Zapatoca(Fact.P17101)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPATOCA, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación de herencia de la causante CARMEN LUCIA RUEDA DE NIÑO fallecida el día 21 de julio de 2023 en Girón estando de paso según registro civil de defunción indicativo serial 9057648 siendo el Municipio de Zapatoca, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades. Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaría mediante A CТA N° 024 del 14 de octubre de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija el día 15 del mes de octubre de dos mil veinticinco (2025). El Notario, OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notario Único de Zapatoca(Fact.P17102)

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SANTANDER EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SOCORRO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada de la causante ROSALBA CAMACHO DE GÓMEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 30.008.437 expedida en Guadalupe (Sder), fallecida el día Diecisiete (17) de Abril del año 2023 en el municipio de Contratación, siendo la municipalidad de Chima, el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría e iniciada mediante Acta número 054 de fecha Diez (10) de OCTUBRE del año dos Mil Veinticinco (2025), siendo la publicación de este Edicto ordenada en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 3º del Dto. 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el Término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy a los Diez (10) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025). RAFAEL EDUARDO MALDONADO BAUTISTA NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE SOCORRO (E) (Fact.5821)

REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE SANTANDER EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE SOCORRO EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de liquidación sucesoral intestada del causante MARIO CABALLERO SIERRA, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía No. 2.083.543 expedida en Chima (Sder), fallecido el día Dos (02) de Febrero del año 2025 en el municipio de Chima, siendo esta misma municipalidad, el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría e iniciada mediante Acta número 055 de fecha Diecisiete (17) de OCTUBRE del año Dos Mil Veinticinco (2025), siendo la publicación de este Edicto ordenada en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 3º. Del Dto. 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el Término de diez (10) días. El presente Edicto se fija hoy a los Diecisiete (17) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticinco (2025). RAFAEL EDUARDO MALDONADO BAUTISTA NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO DE SOCORRO (E) (Fact.5824)

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA Que mediante escrito JOSEFINA JIMENEZ BAYONA, mujer, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 63.525.623 expedida en Bucaramanga (Sder), de estado civil casada con sociedad conyugal vigente Y JOHANN JAIR PEREZ GARCIA, varón, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 13.720.660 expedida en Bucaramanga (Sder), de estado civil casado con sociedad conyugal vigente, actuando en nombre propio, en calidad de padres y representantes legales de los menores: MARIANA PEREZ JIMENEZ, identificada con tarjeta de identidad número 1.097.502.768 expedida en Bucaramanga, nacida el 05 de julio de 2010 en Bucaramanga, Santander, inscrita en la Notaría Octava del Círculo de Bucaramanga, bajo el indicativo serial número 43893816, correspondiente al año 2010, y JUAN RAMON PEREZ JIMENEZ, nacido el 20 de noviembre de 2017 en Bucaramanga, Santander, inscrito en la Notaría Séptima del Círculo de Bucaramanga, bajo el indicativo serial número 57956240, por medio de la presente nos permitimos radicar SOLICITUD DE SUSTITUCION/CONSTITUCION DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE, en favor de SUYO, así como de sus menores hijos MARIANA PEREZ JIMENEZ Y JUAN RAMON PEREZ JIMENEZ, y de los que llegaren a tener, sobre el inmueble identificado con número de matrícula inmobiliaria 300-369602 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, y se distingue con la cedula catastral 01-05-0277-0339-903, NPN 68-001-01-05-00-00-0277-0903-9-00-00-0339, ha solicitado a este despacho tramitar CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE que trata el artículo 37 de la Ley 962 de 2.005 reglamentado por el Decreto 2817 de 2.006. Por tanto, solicita CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO DE FAMILIA INEMBARGABLE sobre el inmueble, propiedad de JOHANN JAIR PEREZ GARCIA, determinado. APARTAMENTO 1904, TORRE 1, QUE HACE PARTE DEL CONJUNTO RESIDENCIAL OASIS DE MARDEL ETAPA - PROPIEDAD HORIZONTAL, CON ACCESO POR LA DIAGONAL 13 NÚMERO 60-82 BARRIO CIUDADELA REAL DE MINAS DEL MUNICIPIO DE BUCARAMANGA Le corresponde el folio de matrícula inmobiliaria número 300-369602 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, y se distingue con la cedula catastral 01-05-0277-0339-903, NPN 68-001-01-05-00-00-0277-0903-9-00-00-0339. Para efectos del Art 5 del Decreto 2817 de 2.006, se fija este edicto en un lugar visible de la Notaria por el término de 15 días y se envía para su publicación a un periódico de amplia circulación, hoy diecisiete (17) de octubre del año dos mil veinticinco (2025). El presente EDICTO se fija hoy diecisiete (17) de octubre del año dos mil veinticinco (2025), siendo las 11:00 am. LA NOTARIA, Margarita López Cely NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA

EDICTO N. 792 LA NOTARIA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante ISABEL CALDERON DE FERNANDEZ, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 27.739.517, fallecida en Floridablanca el dia primero (01) de septiembre de dos mil doce (2012), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. sucesión cuyo tramite se inició en esta notaria el día quince (15) de octubre de dos mil veinticinco (2025) por acta 261. cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy dieciséis (16) de octubre del año dos mil veinticinco (2025). -LA NOTARIA (E), SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA(Fact.P17082)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes JOSE DEL CARMEN LEON CORREA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 5.551.443 expedida en Bucaramanga, fallecido el 19 de septiembre de 2.025 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y CARLINA RIVERA DE LEON, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 27.954.230 expedida en Bucaramanga, fallecida el 11 de mayo de 2.021 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 093 de fecha dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, diecisiete (17) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P17103)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida de la causante ANA DOLORES GALVIS MORENO, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 28.459.599 expedida en Piedecuesta, quien falleció el 11 de febrero de 2.020 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 094 de fecha dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, diecisiete (17) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P17103)

 AVISO DE REMATE

AVISO DE REMATE: Consejo Seccional De La Judicatura De Santander Oficina De Apoyo Para Los Juzgados Civiles Del Circuito De Ejecución De Sentencias De Bucaramanga AVISO DE REMATE  AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado bajo el No. 68001.31.03.006.2009.00005.02 adelantado por ARNULFO ANTONIO CARVAJAL TARAZONA y DARIO PLATA RUEDA VANEGAS cesionarios de LUIS ALFREDO MILLAN VARGAS contra PABLO ANTONIO DAZA CALA, el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, mediante Auto del 17/09/2025, teniendo en cuenta la solicitud de la parte demandante, por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 448 del C. G. de P., dado que se cumplen los requisitos, ha señalado la hora de las 11:00 A.M. del día VIENTINUEVE (29) DE OCTUBRE DE 2025, para llevar a cabo el remate, la cual se realizará de forma virtual por la plataforma o aplicación MICROSOFT TEAMS. Se solicita a los interesados en participar en la subasta, que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores.; del siguiente bien: Inmueble identificado con matrícula inmobiliaria M.I. No. 314-29912, de la ORIP de Piedecuesta, ubicado en el LOTE B DE LA VEREDA LA MATA del municipio de Piedecuesta (S), de propiedad del demandado PABLO ANTONIO DAZA CALA, avaluado en la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($799.200.000).  La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, es decir, la suma de QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($559.440.000), previa consignación del 40% del mismo avalúo, esto es, la suma de TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($319.680.000). Estas sumas deberán ser consignadas en la cuenta N.º 68001-20-31-800 DE LA OFICINA DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del C.G.P. o, presentar las ofertas por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIGO POR CONTRASEÑA O CLAVE, dirigido al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIDO POR CONTRASEÑA O CLAVE, dirigido únicamente al correo electrónico: rematesj02eccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co,  la cual deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 del C.G.P., cuando fuere necesario. La oferta es irrevocable. LA CONTRASEÑA O CLAVE para abrir el archivo de la oferta o postura DEBERÁ enviarse ÚNICAMENTE DENTRO DE LOS DÍEZ (10) MINUTOS SIGUIENTES A LA CULMINACIÓN DE LA HORA OTORGADA PARA RECIBIR POSTURAS, únicamente al correo electrónico rematesj02eccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día DOMINGO por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o la República. Una copia informal de la página del diario junto con la constancia en el que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberá allegarse EN FORMATO PDF al correo electrónico ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  antes de dar inicio a la subasta, así mismo se informa que el bien objeto de remate podrá ser mostrado por su secuestre JAIRO BARRAGAN ARDILA, quien puede ser ubicado en la Calle 112 45-59 de Bucaramanga. Tratándose de un proceso Ejecutivo con Garantía Real, en caso de que el ejecutante hiciere postura por cuenta del crédito debe hacerlo sobre el 100% del valor del bien en concordancia con lo establecido en el inciso segundo del numeral 5º del artículo 468 del Código General del Proceso.  Las partes podrán consultar el proceso, el cual queda a su disposición, de forma virtual, pidiendo la autorización o enlace para su ingreso, al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Las partes y postores interesados en participar en la audiencia de manera virtual, deberán ingresar el día y hora indicado y dar clic en la siguiente secuencia: Página de la Rama Judicial – Publicaciones Procesales – Sección de Filtros en Despacho – digitar Juzgado 02 de Ejecución Civil Circuito de Bucaramanga – Publicaciones Procesales - Remates - pulsar o dar clic en el Link de audiencia que se muestra junto al radicado del proceso. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, será causal para no tener en cuenta la postura. El presente aviso se expide en la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, veinticuatro (24) de septiembre de 2025. Cordialmente, Edwin Julián Moreno Vázquez. Profesional Universitario Grado 20(Fact.P17085)

 

JUZGADO

NUMERO DE RADICADO

CLASE DE PROCESO

DEMANDANTE

DEMANDADOS

PERSONA (S) EMPLAZADAS

IDENTIFICACION DEL EMPLAZADO C.C. O NIT

EL JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE GUACA, SANTANDER

68318

4089

001-20

25-0000

5-00

PROCESO VERBAL SUMARIO DE PERTENENCIA DE UNICA INSTANCIA (Prescripción extraordinaria de dominio)

ELVIRA TARAZONA TARAZONA CC. No. 63.289.337.

“Los señores LUIS EVELIO TARAZONA TARAZONA, MARÍA GILMA TARAZONA TARAZONA, MYRIAN TARAZONA TARAZONA, URBANO TARAZONA JAIMES, CARLOS JULIO TARAZONA TARAZONA, MISAEL TARAZONA TARAZONA en calidad de herederos Determinados del causante MARCO AURELIO TARAZONA (QEPD), MAGALY PATRICIA

TARAZONA en calidad de heredera del señor ADOLFO TARAZONA TARAZONA (QEPD), hijo del señor MARCO AURELIO TARAZONA TARAZONA (QEPD); YASMIN TARAZONA OJEDA, WILFRAN ALEXIS TARAZONA OJEDA, PABLO ANTONIO TARAZONA OJEDA, HENRY RODRIGO TARAZONA OJEDA, HEREDEROS DETERMINADOS DEL SEÑOR RODRIGO TARAZONA TARAZONA (Q.E.P.D); hijo del causante MARCO AURELIO TARAZONA (Q.E.P.D.), ZORAIDA TARAZONA TARAZONA, MARTHA CECILIA TARAZONA TARAZONA, JUAN PABLO TARAZONA TARAZONA, ESPERANZA TARAZONA TARAZONA, ORLANDO TARAZONA TARAZONA, herederos determinados del SEÑOR ELIECER TARAZONA TARAZONA (Q.E.P.D.

“Los señores LUIS EVELIO TARAZONA TARAZONA, MARÍA GILMA TARAZONA TARAZONA, MYRIAN TARAZONA TARAZONA, URBANO TARAZONA JAIMES, CARLOS JULIO TARAZONA TARAZONA, MISAEL TARAZONA TARAZONA en calidad de herederos Determinados del causante MARCO AURELIO TARAZONA (QEPD), MAGALY PATRICIA TARAZONA en calidad de heredera del señor ADOLFO TARAZONA TARAZONA (QEPD), hijo del señor MARCO AURELIO TARAZONA TARAZONA (QEPD); YASMIN TARAZONA OJEDA, WILFRAN ALEXIS TARAZONA OJEDA, PABLO ANTONIO TARAZONA OJEDA, HENRY RODRIGO TARAZONA OJEDA, HEREDEROS DETERMINADOS DEL SEÑOR RODRIGO TARAZONA TARAZONA (Q.E.P.D); hijo del causante MARCO AURELIO TARAZONA (Q.E.P.D.), ZORAIDA TARAZONA TARAZONA, MARTHA CECILIA TARAZONA TARAZONA, JUAN PABLO TARAZONA TARAZONA, ESPERANZA TARAZONA TARAZONA, ORLANDO TARAZONA TARAZONA, herederos determinados del SEÑOR ELIECER TARAZONA TARAZONA (Q.E.P.D) Y en contra de los Herederos Indeterminados de MARCO AURELIO TARAZONA (QEPD); Herederos Indeterminados de ADOLFO TARAZONA TARAZONA (QEPD);

Herederos Indeterminados de RODRIGO TARAZONA TARAZONA (QEPD); Herederos Indeterminados de ELIECER TARAZONA TARAZONA (QEPD) Y demás Personas Indeterminadas que se crean con derecho sobre el bien inmueble.