EDICTOS 21 DE FEBRERO DE 2026

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE BARRANCABERMEJA   EMPLAZA  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial de la LIQUIDACION DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE SANTIAGO MELO VANEGAS(Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON C.C. No.1.297.051, FALLECIDA EL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2020.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0206 DE FECHA SEIS (06) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTE (20) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2.026), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día CUATRO (04) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS (2.026) DARIO FRANCISCO ALVAREZ CASTRO, NOTARIO PRIMERO DE BARRANCABERMEJA.

EDICTO  EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA  A todas las personas que se consideren con derecho a  intervenir, en el trámite notarial de liquidación de la  sucesión de la causante MARIA DEL ROSARIO GIL DE CAMACHO, para que dentro de los diez (10) días  siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, realicen las actuaciones pertinentes para hacerse parte dentro del trámite. La causante, MARIA DEL ROSARIO GIL DE CAMACHO, se identificó con la cédula de ciudadanía número 20.103.583 expedida en Bogotá D.C, su último domicilio y asiento principal de negocios fue el municipio de Barrancabermeja y falleció en Barrancabermeja (Santander), el veintinueve (29) de  noviembre de 2.023. Aceptado el trámite de sucesión en  esta Notaría mediante Acta N° 05 del dieciséis (16) de  febrero de dos mil veintiséis (2.026), se ordena la publicación de este edicto en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordenándose   además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy diecisiete (17) de febrero de dos mil veintiséis (2.026) siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO SEGUNDO, JOSE JAVIER RODRIGUEZ LUNA.

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAN ANDRES, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral del causante SEVERO SIERRA BUENO, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 2.160.588 expedida en San Andrés, Santander, fallecido el 19 de abril de 1997 en el municipio de San Andrés, Santander, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta Número 002 del diecinueve (19) de febrero del 2026, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 3o. Del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy veinte (20) de febrero 2026, siendo las 7:30 am. en las dependencias de esta Notaría. EL NOTARIO, OSCAR VILLAMIZAR CACERES

JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PALMAS DEL SOCORRO PROCESO: LESIONES PERSONALES VICTIMA: ISNARDO GAMEZ PINEDA INDICIADO: RITO GAMEZ PINEDA CUI: 687456000236202100072 RADICADO INTERNO: 68524-40-89-001-2026-00012-00EDICTO EMPLAZATORIO Mediante orden proferida en audiencia preliminar celebrada por el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PALMAS DEL SOCORRO, SANTANDER, el día diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiséis (2026), en la actuación identificada con el código único de investigación 687456000236202100072, se dispuso dar aplicación al artículo 127 del Código de Procedimiento Penal, y EMPLAZAR mediante EDICTO, a RITO GAMEZ PINEDA identificado con cédula de ciudadanía No. 1.097.609.444, en aras de informarle que se encuentra requerido por el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE PALMAS DEL SOCORRO, SANTANDER, y por la FISCALÍA LOCAL DE SIMACOTA, SANTANDER, para ser vinculado a la aludida investigación. Este EDICTO se fija por el término de cinco (5) días hábiles y se publica en un medio radial y prensa de cobertura local, a cuyo término el Juez competente, declarará persona ausente al referido indiciado, designándole abogado defensor adscrito al sistema de Defensoría Pública, quien lo asistirá y representará en todas las actuaciones y con quien se surtirán los avisos o notificaciones a que haya lugar. Se fija el viernes, veinte (20) de febrero de dos mil veintiséis (2026), siendo las ocho de la mañana (8:00 a.m.) y se desfijará el jueves, veintiséis (26) de febrero de dos mil veintiséis (2026), a las seis de la tarde (6:00 p.m.). Palmas del Socorro, Santander, diecinueve (19) de febrero de dos mil veintiséis. JORGE MIGUEL TENA SANCHEZ, SECRETARIO JUZGADOPROMISCUO MUNICIPAL DE PALMAS DEL SOCORRO

 VECINOS COLINDANTES

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA - Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que JUAN PABLO CENDALES ROA, ha(n) solicitado una licencia de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de OBRA NUEVA, con un uso propuesto de Vivienda, radicada con el número 68276-1-26-0021, sobre el(los) predio(s) No. 68276-00-01-0000000-120948-00000000, ubicado(s) en la PARCELA 51 - ANILLO VIAL RUITOQUE ALTO K+4-840 MTS CO 2 ETAPA 1 - PUNTA RUITOQUE 2 PH Barrio PUNTA RUITOQUE II, del Municipio de Floridablanca, para: LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA PARA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE DOS PISOS. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados y Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud. 

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría  Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-25-0175, 17-SEPTIEMBRE-2025, LICENCIA DE CONSTRUCCION, URBANIZACIÓN VIENTOS DE LLANADAS I LOTE 5 MANZANA 11, VIVIENDA MULTIFAMILIAR, PERTH CONSTRUCCIONES S.A.S, C.C./NIT: 901817211-3, El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL Y COMERCIO. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación. 

El CURADOR URBANO UNO DE BUCARAMANGA en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que EDUARD FABIAN BAUTISTA JEREZ, ha(n) solicitado: RECONOCIMIENTO DE LA EXISTENCIA DE UNA EDIFICACIÓN, LICENCIA DE CONSTRUCCION, MODIFICACION, REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL, DEMOLICIÓN PARCIAL radicada con el número 68001-1-25-0289 y la fecha 2025-12-16, sobre el(los) predio(s) No. 68001010100730046000, número de Matrícula 300 183918, ubicado(s) en CALLE 38 N° 20-65, del Municipio de Bucaramanga para: Acto de reconocimiento de una edificación de cinco (5) pisos de altura, rematada en cubierta inclinada en teja liviana, destinada a usos de vivienda y comercio y/o servicios, conformada por seis (6) oficinas y una unidad de vivienda. Se acompaña de licencia de construcción en las modalidades de modificación internas orientadas a la adecuación de las condiciones de seguridad humana, parqueaderos y accesibilidad, demolición parcial y reforzamiento estructural de la totalidad de la edificación, cuyas intervenciones consisten en la demolición parcial de la edificación con el fin de generar el aislamiento posterior. . La presente citación se hace por periódico dado que algunos inmuebles colindantes son lotes, se encuentran desocupados o permanecen cerrados. De conformidad con el Parágrafo del artículo 2.2.6.1.2.2.2. ibidem Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico curaduriaurbana1@gmail.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.

AVISO DE COMUNICACIÓN EN PRENSA La curaduría urbana No.2 de Bucaramanga, siendo curadora el Arq. Berenice Catherine Moreno, y en cumplimiento de lo ordenado por el Decreto 1077 DE 2015, se permite comunicar a quien pueda interesar que SANDRA PATRICIA CASTRO MACIAS ha solicitado un LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN en modalidad de OBRA NUEVA en esta oficina bajo el radicado No. 68001-2-25-0501 con fecha 29 de diciembre de 2025, para CARRERA 7 # 43-30 barrio ALFONSO LOPEZ del Municipio de Bucaramanga, identificado con el número catastral 68001-01-05-0096-0011-000 para uso de Vivienda, Comercio y Servicio. Esta publicación se efectúa para que los vecinos colindantes o propietarios del inmueble, así como los terceros puedan hacerse parte del proceso de licenciamiento y puedan hacer valer sus derechos. Una vez concluidos el estudio técnico, si el proyecto se ajusta a las normas técnicas respectivas se citarán los vecinos colindantes y terceros que se hayan hecho parte del proceso, para la notificación personal del acto administrativo que define la licencia. De conformidad con el Decreto 491 de 2020 artículos 3 y 4, así como lo señalado en Ley 1437 de 2011 artículo 53 y siguientes el artículo 197, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, la intervención de vecinos colindantes o propietarios del inmueble, así como de terceros interesados, se realizará por medios electrónicos. Para el efecto en todo trámite, proceso o procedimiento que se inicie será obligatorio indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización. Como líneas de atención electrónica, se habilitan los siguientes correos electrónico: curaduriaurbana2bga@gmail.com, De la misma forma podrá consultar nuestra página web http://www.curaduria2bucaramanga.co, Para efectos de notificaciones de las actuaciones administrativas, estas se realizarán únicamente por el correo electrónico: contacto@curaduria2bucaramanga.co.  Así mismo, procedemos a informar que, las instrucciones establecidas para los trámites de manera electrónica reposan en la página web http://www.curaduria2bucaramanga.co., las cuales deberá consultar para surtir los mismos en los términos allí establecidos. Agradezco la atención brindada a la presente, Arq. Berenice Catherine Moreno Gómez Curador Urbano No. 2 de Bucaramanga