EDICTOS 22 DE MAYO DE 2025
EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la herencia del causante HUMBERTO DURAN CORDOBA, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.122.392, fallecido el 11 DE MARZO DE 2019 en Barranquilla- Atlántico; siendo Bucaramanga-Santander su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 097 de fecha veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 902 de 1988 y el Artículo 626 del C. G P, se fija el presente Edicto en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de esta capital y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fecha y se fija en Bucaramanga, al día veintiuno (21) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025) a las 7:30 a.m. El Notario Primero del Círculo de Bucaramanga, DIEGO ALFONSO RUEDA GÓMEZ. (Fact.P15134)
EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la sociedad conyugal y de la herencia de los causantes NIEVES RUBRICH DE ROJAS, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 27.920.379, fallecida el día 1 de febrero de 2022 en Bucaramanga Santander, y ALFREDO ROJAS DIAZ, quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía número 2.033.463, fallecido el 28 de marzo de 2016 en Bucaramanga Santander, siendo el municipio de Bucaramanga Santander, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 098 de fecha veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 902 de 1988 y el Artículo 626 del C. G P, se fija el presente Edicto en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de esta capital y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fecha y se fija en Bucaramanga, al día veintiuno (21) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025) a las 7:30 a.m. El Notario Primero del Círculo de Bucaramanga DIEGO ALFONSO RUEDA GÓMEZ. (Fact.P15134)
EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la herencia de la causante GREGORIA JAIMES ORTIZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 28.219.201, fallecida el 27 de abril de 2003 en Bucaramanga- Santander; siendo este su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 099 de fecha veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 902 de 1988 y el Artículo 626 del C. G P, se fija el presente Edicto en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de esta capital y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fecha y se fija en Bucaramanga, al día veintiuno (21) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025) a las 7:30 a.m. El Notario Primero del Círculo de Bucaramanga, DIEGO ALFONSO RUEDA GÓMEZ(Fact.P15134)
Notaría Única del Círculo de Guadalupe Santander Javier E. Arenas Duran Notario EDICTO El Notario Único del Círculo de Guadalupe Santander, EMPLAZA. A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el trámite notarial sucesoral de los causantes OTILIA BOTIA FAJARDO, quien se identificaba con cédula de ciudadanía número 28.168.148 de Guadalupe y quien falleció el día 11 de septiembre de 2018, en el municipio de Piedecuesta, siendo el municipio de Guadalupe el último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría mediante Acta No. 004 de fecha veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en el Periódico El Frente y en una radio, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 30. Del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticinco (2025), a las 7: 30 a.m. JAVIER E. ARENAS DURAN NOTARIO Hay firma y sello. (Fact.P15130)
EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE OCTAVIO BRAVO SORACA (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANiA No. 2.146.839. FALLECIDO EL DIA 09 DE FEBRERO DE 2021. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaria. conforme al Acta 068 DE FECHA DIECINUEVE (19) DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988). ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaria por el término de diez (1O) días. El presente Edicto se fija hoy VEINTE (20) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025). siendo las (7:30 A.M.) Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 P.M. del día TREINTA (30) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2025). DARIO FRANCISCO ALVAREZ CASTRO, NOTARIO PRIMERO DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P15128)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de adición a la liquidación notarial de la sucesión intestada del causante PEDRO MIGUEL ZAMBRANO RODRIGUEZ (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la Cedula de ciudadanía Número 5.688.834 expedida en Mogotes Santander, quien falleció en Bucaramanga, Santander el día 04 de Abril del año 2022 conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaria Décima del círculo de Bucaramanga, Santander, inscrita bajo el Indicativo Serial 09713870 siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 078 de fecha 21 de Mayo de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los veintiún (21) días del mes de Mayo del año 2025 a las 8 a.m. La Notaria, Margarita Lopez Cely NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA(Fact.P15133)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto: respecto al trámite de adición a la liquidación notarial de la sucesión intestada del causante JOSE ANIBAL GARCIA VELANDIA (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la Cedula de ciudadanía Número 4.300.458 expedida en Arauca quien falleció en Boyacá Soata el día 09 de Agosto del año 2009 conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Registraduría de Boyacá soata, inscrita bajo el Indicativo Serial 06130305 siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 046 de fecha 03 de Abril de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los cinco (05) días del mes de Abril del año 2025, siendo las 8:00 a.m. La Notaria, Margarita López Cely NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA(Fact.P15132)
EDICTO LA NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, al trámite notarial de la sucesión de la causante LUDIS MERCEDES RINCÓN PEDROZO (Q.E.P.D), identificada en vida con la cedula de ciudadanía No. 37.935.609, fallecida el día 14 de abril del año 2.025 en el municipio de Bucaramanga (Sder); siendo la ciudad de Bucaramanga (Sder), el último domicilio y asiento principal de los negocios de la causante. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número 42 de fecha Diecinueve (19) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2.025); se ordena la publicación de este edicto en el periódico de mayor circulación a gusto de los interesados y la radiodifusora de mayor sintonía a gusto de los interesados, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del decreto 902 de 1.988. Ordenándose, además, su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. LA NOTARIA, DRA. LUZ HELENA CAICEDO TORRES NOTARIA CUARTA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA .(Fact.P15131)
SANDY BAYONA GÓMEZ LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA (E) CRA 36 No. 51-32 EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, del trámite notarial de la sucesión intestada del causante HERNAN ALVAREZ ESPINOSA quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.555.983, fallecido en la ciudad de Piedecuesta, Santander, el día 26 de Febrero de 2022, siendo la ciudad de Bucaramanga el último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta No. 0052 de fecha treinta (30) de abril del año dos mil veinticinco (2.025), se ordena la publicación del presente edicto en el periódico y radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el decreto 902 de 1.988 articulo 3º. numeral 3) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy treinta (30) de abril, del año dos mil veinticinco (2.025), siendo las 8:00 α.m. LA NOTARIA (Ε), SANDY BAYONA GÓMEZ. LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA, HAY FIRMA.(Fact.P15126)
SANDY BAYONA GÓMEZ LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA (E) CRA 36 No. 51-32 EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, del trámite notarial de la sucesión intestada de sucesión intestada de la causante MARTHA CECILIA MANRIQUE TARAZONA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 37.807.735, fallecida en la ciudad de Floridablanca, Santander el día 17 de enero del 2024, siendo la ciudad de Bucaramanga el último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante Acta no. 0057 de fecha catorce (14) de mayo del año dos mil veinticinco (2.025), se ordena la publicación del presente edicto en el periódico y radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el decreto 902 de 1.988 artículo 3º. numeral 3) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy catorce (14) de mayo, del año dos mil veinticinco (2.025), siendo las 8:00 a.m. LA NOTARIA (Ε), SANDY BAYONA GÓMEZ. LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA, HAY FIRMA. (Fact.P15127)
VECINOS COLINDANTES
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS, EL CURADOR URBANO No. 1 DE FLORIDABLANCA - Arquitecto Juan Carlos Reátiga Rincón, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que SEMINARIO MAYOR ARQUIDIOCESANO Y CONSTRUCCIONES MARVAL S.A.S, ha(n) solicitado una licencia de URBANIZACIÓN -CONSTRUCCIÓN en la modalidad de DESARROLLO-OBRA NUEVA-APROBACION PROYECTO URBANISTICO GENERAL (PUG), radicada con el número 68276-1-24-0126, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-01-0363-0002-000, ubicado(s) en la LOTE B - SEMINARIO MAYOR Barrio Floridablanca, del Municipio de Floridablanca, para: APROBACIÓN DE PROYECTO URBANÍSTICO GENERAL PUG., LICENCIA DE URBANIZACION EN LA MODALIDAD DE DESARROLLO y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o son predios rurales sin Desarrollar y sin Nomenclatura. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.
CARTA
Bucaramanga, 22 de mayo de 2025 Víctimas de las autodefensas unidas de Colombia del bloque central bolívar Acto de perdón para las victimas yo, Luis Fernando Muñoz Mantilla identificado con cedula # 91518026, desmovilizado del bloque central bolívar de las extintas autodefensas unidas de Colombia en calidad de patrullero, opere en los frentes Fidel castaño y Walter Sánchez bajo la chapa chito, pido perdón a todas las víctimas de los municipios de Barrancabermeja, puerto cayumba,san Rafael, la meseta de san Rafael, los chorros, papayal y bijagual del departamento de Santander, a todas y cada una de estas víctimas a las cuales les ocasione daño, que eran inocentes y que nunca debí atentar contra sus derechos humanos ni contra el derecho internacional humanitario, es así que hoy en día ya fui condenado por todas estas graves violaciones a sus derechos, pido perdón a ustedes que son el eje fundamental de este proceso y de ante mano les manifiesto y me comprometo que jamás volveré atentar contra la integridad de ninguna víctimas y de ningún ser humano, este es mi compromiso con una reconciliación nacional. Espero se me pueda brindar la oportunidad de una reconciliación con las víctimas si me lo permiten, para poder expresar estas palabras de perdón, y conseguir la tan anhelada paz< de Colombia, así mismo gracias a la orientación que nos han brindado las entidades del estado, en lo que tiene que ver con la resocialización, como lo son la agencia de reintegración y normalización, la misma unidad de víctimas que siempre han estado atento a la reparación de las víctimas. Gracias a ellos por velar por los derechos de las víctimas, comprometerme con ustedes victimas que fueron personas inocentes de este conflicto, que de mi parte estaré atento a que me puedan escuchar de manera presencial y pedirles una vez más perdón, gracias a la nueva oportunidad que me brindaron, mi compromiso con la reconciliación con ustedes, estaré atento a cualquier compromiso para poder llegar hasta esa paz. Nada más me queda que volverles a pedir perdón por todo el dolor causado a ustedes y a sus familias y que puedan conseguir esa tranquilidad en sus corazones y sigan adelante porque son personas valientes. Luis Fernando muñoz mantilla CC: 91518026