EDICTOS 26 DE JULIO DE 2025

EDICTO EL NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la herencia del causante AUGUSTO LUNA MARTÍNEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.028.110, fallecido el 7 de junio de 2023 en Bucaramanga- Santander, siendo Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 145 de fecha diecisiete (17) de julio de dos mil veinticinco (2025). En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 902 de 1988 y el Artículo 626 del C. G P, se fija el presente Edicto en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de esta capital y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fecha y se fija en Bucaramanga, al día dieciocho (18) del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025) a las 7:30 a.m. El Notario Primero del Círculo de Bucaramanga, DIEGO ALFONSO RUEDA GÓMEZ(Fact.P15988)

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de la causante FLOR DE MARIA ANGULO BAUTISTA (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Numero 28.167.034, fallecido en el municipio de Floridablanca, el día siete (7) de Diciembre del año dos mil dieciocho (2018), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta número sesenta y tres (63) de fecha dieciséis (16) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO, se fija hoy diecisiete (17) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), a las 8.00 a.m. LA NOTARIA, PAOLA LILIANA MARIN ORTIZ NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER) (Fact.P15970)

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de la causante MARY RODRIGUEZ DUARTE (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía Número 63.432.947, fallecida en el municipio de Floridablanca, el dia nueve (9) de Septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta número sesenta y seis (66) de fecha veinticinco (25) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO, se fija hoy veintiocho (28) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), a las 8.00 a.m. LA NOTARIA, PAOLA LILIANA MARIN ORTIZ NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER) (Fact.P15976)

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de la causante BLANCA EDITH ALVARAN (Q.E.P.D), quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadania Número 36.486.811, fallecida en el municipio de Floridablanca, el día dos (2) de Junio del año dos mil veintidós (2022), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta número sesenta y cinco (65) de fecha veinticinco (25) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO, se fija hoy veintiocho (28) de Julio del año dos mil veinticinco (2025), a las 8.00 a.m. LA NOTARIA, PAOLA LILIANA MARIN ORTIZ NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER) (Fact.P15977)

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRON SANTANDER EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes de la publicación del presente edicto, en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA de la causante RAMOS PEÑA CABALLERO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.362.581, fallecido(a) en el municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander, el día VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CATORCE (2.014), siendo el municipio de Girón, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta No. 62 de fecha veinticinco (22) de Julio de dos mil veinticinco (2.025). Para los efectos del artículo 490 del C.G.P., en concordancia con el Art. 3o. del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 22 de Julio de 2.025. La Notaria, Dra. NOHEMI BARRERA ABRIL NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. (Fact.P15987)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAN ANDRES, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral de los causantes MIGUEL MENDOZA RIOS, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 2.159.868 expedida en San Andrés, Santander, fallecido el 31 de julio de 1984 en el municipio de San Andrés, Santander, y ROSA TULIA PEÑA DE MENDOZA, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 28.362.302 expedida en San Andrés, Santander, fallecida el 06 de diciembre de 2016 en el municipio de Floridablanca, Santander, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta número 009 del veinticuatro (24) de julio del 2025, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Articulo 3º. Del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy veinticinco (25) de julio 2025, siendo las 7:30 am. en las dependencias de esta Notaria. EL NOTARIO, OSCAR VILLAMIZAR CACERES(Fact.P15975)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAN ANDRES, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral del causante RODOLFO JAIMES SANDOVAL, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 2.198.110 expedida en Úmpala, Santander, fallecido el 21 de mayo de 2009 en el municipio de Floridablanca, Santander, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta número 010 del veinticuatro (24) de julio del 2025, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy veinticinco (25) de julio 2025, siendo las 7:30 am. en las dependencias de esta Notaria. EL NOTARIO, OSCAR VILLAMIZAR CACERES(Fact.P15975)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CIRCULO DE SAN ANDRES, SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro del trámite de la liquidación sucesoral del causante ELIGIO JAIMES SANDOVAL, quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 2.198.268 expedida en Úmpala, Santander, fallecido el 02 de octubre de 1987 en el municipio de Bucaramanga, Santander, teniendo como asiento principal de sus negocios el municipio de San Andrés, Santander. Aceptado el trámite de liquidación mediante Acta número 011 del veinticuatro (24) de julio del 2025, se ordena la publicación de este EDICTO en un periódico de amplia circulación y en una Radiodifusora de la localidad, en cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 3°. Del Decreto 902 de 1.988, ordénese además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. Para tal efecto se fija el presente EDICTO hoy veinticinco (25) de julio 2025, siendo las 7:30 am, en las dependencias de esta Notaría. EL NOTARIO, OSCAR VILLAMIZAR CACERES(Fact.P15975)

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE NICANOR ARRIETA (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No. 8.825.575, FALLECIDO EL 12 DE NOVIEMBRE DE 2011.-Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0110 DE FECHA VEINTITRES (23) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTICUATRO (24) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 AM). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM.  del día CINCO (05) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DANIT MENDOZA DIAZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P15980)

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (1O) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA LIQUIDACION DE LA SUCESION INTESTADA DEL CAUSANTE JOSE TULIO REYES (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No. 2.393.448 DE VENADILLO, FALLECIDO EL NUEVE (09) DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021).- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 187 DE FECHA TRECE (13) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2.024), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy DIECIOCHO (18) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día TREINTA (30) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DANIT MENDOZA DIAZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P15981)

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE GRACIANA CAVIEDES VALDERRAMA (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No. 37.925.613, FALLECIDO EL 06 DE FEBRERO DE 2024.-  Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0109 DE FECHA VEINTITRES (23) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTICUATRO (24) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM   del día CINCO (05) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DANIT MENDOZA DIAZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P15982)

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10)  días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE YAMILE QUINTANILLA CARRASCAL (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No. 37.931.898, FALLECIDO EL 20 DE ABRIL DE 2011.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0108 DE FECHA VEINTITRES (23) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días.  El presente edicto se fija hoy VEINTICUATRO (24) DE JULIO DEL AÑO DOS ML VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del  día CINCO (05) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DANIT MENDOZA DIAZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA. (Fact.P15990)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE FLORIDABLANCA - EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite notarial de LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y SUCESIÓN INTESTADA de MARIA DEL TRANSITO GOMEZ GOMEZ, Identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 63.277.504, fallecida en el Municipio de Floridablanca Santander el dia 27 de septiembre de 2018, lugar de su ultimo domicilio Floridablanca, siendo su estado civil soltero por viudez. Igualmente se liquida la sociedad conyugal de la causante con el señor LUIS ENRIQUE BOTIA MATALLANA, identificado con la c.c. 91.207.600 de Bucaramanga. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta cero cincuenta y dos (052) del veinticinco (25) de julio de dos mil veinticinco (2025), en cumplimiento de lo expuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días, así como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local. Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 7:30 am del dia veinticinco (25) de julio de dos mil veinticinco (2025). EL NOTARIO SEGUNDO DE FLORIDABLANCA, ALVARO JULIAN TAVERA SALAZAR(Fact.P15984)

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE FLORIDABLANCA - EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite de SUCESIÓN INTESTADA del causante ALBERTO LOZA GALLARDO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con cedula de ciudadanía número 8.229.081 de Medellin, falleció en el Municipio de Bucaramanga Santander, el dia 30 del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019) como consta en la copia autentica del Registro Civil de Defunción Indicativo Serial 09843729 correspondiente al año 2019, expedido por la Notaria Novena del Circulo de Bucaramanga - Santander, siendo su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios Floridablanca y siendo su estado civil soltero sin unión marital de hecho. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta cero cincuenta y uno (051) del veinticinco (25) de julio de dos mil veinticinco (2025), en cumplimiento de lo expuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días, asi como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local. Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 7:30 am del dia veinticinco (25) de julio de dos mil veinticinco (2025). EL NOTARIO SEGUNDO DE FLORIDABLANCA ALVARO JULIAN TAVERA SALAZAR(Fact.P15978)

EDICTO N. 483 LA NOTARIA (E) SÉPTIMA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante: OSCAR MAURICIO CHANAGA VERA, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía numero 1.098.619.015, fallecido en Bucaramanga, el dia veinticuatro (24) de abril del año dos mil veinte (2020), siendo Bucaramanga el último domicilio del causante. sucesión cuyo tramite se inicio en esta notaria el día diez (10) de julio dos mil veinticinco (2025) por acta 145 de julio 10 de 2025. en cumplimiento a lo dispuesto en el decreto numero 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el articulo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaria por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy diez (10) de julio del año dos mil veinticinco (2025). LA NOTARIA (E) SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA(Fact.P15973)

EDICTO N. 467 LA NOTARIA (E) SÉPTIMA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante ALVARO DE JESUS MONCADA ARIZA, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 79.253,704, fallecido en Piedecuesta, el dia veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticinco (2025), siendo Bucaramanga el último domicilio del causante sucesión cuyo tramite se inicio en esta notaria el día tres (03) de julio dos mil veinticinco (2025) por acta 137 de julio 03 de 2025. en cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy cuatro (04) de julio del año dos mil veinticinco (2025) LA NOTARIA (E), SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA(Fact.P15983)

 VECINOS COLINDANTES

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS CURADORA URBANA Nº 1 SYLVIA CAROLINA FERRADA BAUTISTA CARRERA 25 # 31-47 - CENTRO HISTÓRICO De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, se comunica a los propietarios o poseedores o tenedores o residentes o comuneros del inmueble objeto del trámite o colindantes al predio objeto de la solicitud que a continuación se relacionan, que ante esta Curaduría Urbana se ha presentado la siguiente solicitud de licencia. (Se indica en orden: Nº de Expediente, Fecha de Radicación, Trámite y modalidad, Dirección de inmueble(s) objetos de solicitud, Nombre del solicitante, Uso (s) propuestos: 68307-1-25-0095, 22-MAYO-2025, LICENCIA DE CONSTRUCCION, OBRA NUEVA, VIENTO DE LLANADAS FASE 1 LOTE 3 MZ 5, VIVIENDA MULTIFAMILIAR, CARMEN RODRIGUEZ LIZCANO, C.C./NIT: 28.333.061, El proyecto pretende desarrollar el(los) uso(s): RESIDENCIAL Y COMERCIAL. Esta publicación se efectúa para que Usted pueda hacerse parte dentro de la actuación iniciada y hacer valer sus derechos, caso en el cual, deberá dirigir un escrito, en el cual se manifiesten los motivos de orden técnico que fundamentan su objeción en relación con la solicitud radicada. Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina de la curadora urbana No 1 Sylvia Carolina Ferrada Bautista ubicada en la Carrera 25 # 31-47 - Centro Histórico, Lo anterior de acuerdo con los Artículos 2.2.6.1.2.2.1 y 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. Conforme con el Parágrafo del Artículo 2.2.6.1.2.2.2 del Decreto 1077 de 2015 “Las objeciones y observaciones se deberán presentar por escrito, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.” Las comunicaciones deben dirigirse a la oficina del Curador Urbano No 1 de Girón, ubicada en la Calle 25 No. 31-47 Centro Historico, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva, acto que podrá expedirse a partir de los cinco (5) días hábiles siguientes a esta publicación. (Fact.P15989)