EDICTOS 26 DE OCTUBRE DE 2025
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRON SANTANDER EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes de la publicación del presente edicto, en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA de la causante FLOR DE MARIA LAMUS PARRA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 37.792.092, fallecido(a) en el municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander, el día TREINTA Y UNO (31) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS (2.022), siendo el municipio de Girón, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante acta No. 112 de fecha veintitrés (23) de Octubre de dos mil veinticinco (2.025). Para los efectos del artículo 490 del C.G.P., en concordancia con el Art. 3o. del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 23 de Octubre de 2.025. La Notaria, Dra. NOHEMI BARRERA ABRIL NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE GIRON (Fact.P17192)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de liquidación notarial de la sucesión intestada de los causantes ISAIAS ROJAS CHAPARRO (Q.E.P.D.) quien falleció en Floridablanca (Sder) el día 10 de Septiembre de 2025, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.138.552 expedida en Piedecuesta, según consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaria cuarta de Bucaramanga (Sder), bajo el indicativo serial 11076096, y CECILIA GARCIA DE ROJAS (Q.E.P.D.) quien falleció en Floridablanca (Sder) el día 07 de Junio de 2023, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 28.293.328 expedida en Piedecuesta, según consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaria sexta de Bucaramanga (Sder), bajo el indicativo serial 10762540, siendo la ciudad Bucaramanga su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 198 de fecha 25 de Octubre de 2.025, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los veinticuatro (25) días del mes de Octubre del año 2025. La Notaría, Amparo Martínez Jerez Notaria Tercera (E) del Círculo de Bucaramanga. (Fact.P17193)
EDICTO N. 809 LA NOTARIA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante LEONOR SUTA DE FLECHAS, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 28.305.714, fallecida en Floridablanca el dia veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticuatro (2024), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. sucesión cuyo tramite se inició en esta notaria el día veintiuno (21) de octubre de dos mil veinticinco (2025) por acta 264. cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaria por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy veintidós (22) de octubre del año dos mil veinticinco (2025). LA NOTARIA (Ε), ELIZABETH MANCIPE PICO(Fact.P17183)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante RAUL BAUTISTA ESTEBAN, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 5.564.449 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 20 de junio de 2021 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio, aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 095 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 am. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17194)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes PEDRO ELIAS BOHORQUEZ CASTELLANOS, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.197.052 expedida en Tona, fallecido el 21 de junio de 2.021 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y ANA DOLORES MARTINEZ DE BOHORQUEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 28.291.573 expedida en Piedecuesta, fallecida el 30 de enero de 2.024 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio, aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 096 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17194)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada e ilíquida de la causante ANA ROSA ESPINEL, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 37.813.222 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 10 de julio de 2.025 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 097 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder). (Fact.P17194)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sucesión conjunta, intestada e ilíquida de los causantes ALFONSO SERRANO VELASQUEZ, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 2.111.809 expedida en Lebrija, fallecido el 14 de septiembre de 2.025 en Girón siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga y MYRIAN PICON DE SERRANO, quien en vida se identificó con la cedula de ciudadanía número 28.210.288 expedida en Lebrija, fallecida el 27 de marzo de 2.020 en Floridablanca, siendo el lugar de su último domicilio el municipio de Bucaramanga; aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 098 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 a.m. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17194)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante OSCAR SALAZAR HERNÁNDEZ, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 91.274.447 expedida en Bucaramanga, quien falleció el 31 de mayo de 2.021 en Piedecuesta, siendo el lugar de su último domicilio y el asiento principal de sus negocios el municipio de Bucaramanga, aceptando el trámite esta Notaría, mediante acta número 099 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 am. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17194)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación de la sociedad conyugal y de la sucesión intestada e ilíquida del causante CRISTO HUMBERTO BAYONA NAVARRO, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 5.465.390 expedida en Ocaña, quien falleció el 02 de abril de 2022 en Bucaramanga, siendo este el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 100 de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:30 am. La Notaria (E), LIZZETH PAHOLA SIERRA AMADO Notaria Once Encargada del Círculo de Bucaramanga (Sder) (Fact.P17194)
AVISO DE REMATE
AVISO DE REMATE, ARTÍCULO 450 DEL CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA, PROCESO EJECUTIVO RADICADO AL No. 68081310300120200014000. FECHA Y HORA EN QUE SE ABRIRÁ LA DILIGENCIA DE REMATE PRESENCIAL: VEINTISIETE (27) DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025, HORA: OCHO DE LA MAÑANA (8:00 A.M.) BIEN MATERIA DEL REMATE: Inmueble distinguido como LOTE A del Barrio Nueva Esperanza de Barrancabermeja (Dirección catastral), identificado con folio de matrícula inmobiliaria 303-92951 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barrancabermeja y con número predial 0106002500006000. VALOR AVALÚO COMERCIAL: El valor del avalúo comercial para este inmueble es de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS PESOS ($1.552.142.900) MONEDA CORRIENTE. VALOR BASE LICITACIÓN: Para este inmueble será postura admisible la que cubra el 70% del avalúo comercial, es decir, MIL OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL TREINTA PESOS ($1.086.500.030) MONEDA CORRIENTE, previa consignación en dinero a órdenes del Juzgado para hacer postura del 40% sobre el avalúo comercial que corresponde a SEISCIENTOS VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA PESOS ($620.857.160) MONEDA CORRIENTE. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso, sin menoscabo de lo establecido en el inciso segundo del artículo 451 del mismo estatuto. NÚMERO DE RADICACIÓN DEL EXPEDIENTE: 68081310300120200014000 EJECUTIVO DE MAYOR CUANTÍA. DEMANDANTE: CECILIA CUBIDES VECINO – C.C. NO. 1.096.201.531. DEMANDADO: IVAN LORENZO QUINTERO CONTRERAS – C.C. NO. 91.445.508. JUZGADO QUE HARÁ EL REMATE: JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANCABERMEJA. DATOS DEL SECUESTRE: LUZ MIREYA AFANADOR AMADO, C.C. NO. 63.353.202, Dirección: Carrera 13 número 35-10 oficina 1003 del edificio Centro Profesional El Plaza, Bucaramanga. Correo electrónico: luzmiafanador@hotmail.com. Teléfono del secuestre. 3168648429. PORCENTAJE QUE DEBE CONSIGNARSE PARA HACER POSTURA: Respecto del inmueble distinguido como LOTE A del Barrio Nueva Esperanza de Barrancabermeja (Dirección catastral), identificado con folio de matrícula inmobiliaria 303-92951 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barrancabermeja y con número predial 0106002500006000, el porcentaje que debe consignarse para hacer postura es el 40% del avalúo que corresponde a SEISCIENTOS VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CIENTO SESENTA PESOS ($620.857.160) MONEDA CORRIENTE, consignación que deberá efectuarse ante el Banco Agrario de Colombia, en la cuenta de depósitos judiciales número 680812031001 perteneciente al Juzgado Primero Civil del Circuito de Barrancabermeja. La audiencia de remate comenzará el día y hora señalados y no se cerrará sino transcurrida al menos una (1) hora. La diligencia se llevará a cabo bajo los parámetros fijados en el C.G.P. Advertir a quien pretenda hacer postura que, debe presentarse en la fecha señalada, en la secretaría del Juzgado, con su documento de identidad, copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente, y el sobre cerrado a que se refieren los arts. 451 y s.s. del C.G.P., de conformidad con lo dispuesto en la Circular DESAJBUC20-138 de 1 de octubre de 2020, emitida por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bucaramanga, en la que se precisó permitir la recepción física de los sobres sellados para garantizar la confidencialidad de la oferta, en los términos de los arts. 450 y s.s. del C.G.P. SE ADVIERTE QUE LA DILIGENCIA DE REMATE SE CUMPLE DE MANERA PRESENCIAL EN EL DESPACHO DEL JUZGADO UBICADO EN LA CALLE 50 NO. 8B-35 PALACIO DE JUSTICIA DE BARRANCABERMEJA, OFICINA 407; POR ENDE, NO SE GENERA LINK DE AUDIENCIA. (Fact.P17191)
AVISO DE REMATE AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL radicado bajo el No. 68001-31- 03-002-1998-00636-01 adelantado por ENRIQUE CASTRO OSMA y MATILDE MANTILLA VILLAMIZAR como cesionarios de FIDEICOMISO ACTIVOS ALTERNATIVOS ALFA, sucesora a su vez de RESTRUCTURADORA DE CREDITOS DE COLOMBIA LTDA, sucesora igualmente de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A. (antes AHORRAMAS CORPORACION DE AHORRO Y VIVIENDA), REINALDO BUSTOS ESPINOSA cesionario de FIDEICOMISO ACTIVOS ALTERNATIVOS ALFA, sucesora a su vez de RESTRUCTURADORA DE CREDITOS DE COLOMBIA LTDA, sucesora igualmente de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A. (antes AHORRAMAS CORPORACION DE AHORRO Y VIVIENDA), y DAVID ALBERTO SANTA JAIMES, cesionario de DARLYNG ARMANDO BAUTISTA FLOREZ, a su vez cesionario de FIDEICOMISO ACTIVOS ALTERNATIVOS ALFA, sucesora a su vez de RESTRUCTURADORA DE CREDITOS DE COLOMBIA LTDA, sucesora igualmente de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A. (antes AHORRAMAS CORPORACION DE AHORRO Y VIVIENDA) contra FINANZAS Y VIVIENDAS S.A.- FIVISA, y ORDOÑEZ TORRES Y COMPAÑIA LTDA; El JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, mediante auto del 15/10/2025 corregido mediante auto del 23/10/2025 teniendo en cuenta la solicitud de la parte demandante, por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 448 del C. G. del P., dado que se cumplen los requisitos, señalará fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate en la Sala de Audiencias Virtual del JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, respecto de los siguientes bienes: - APARTAMENTO 101, TORRE 9, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PORTALES DE FONTANA P.H., LA NUEVA FONTANA, municipio de Bucaramanga- Santander, el cual se encuentra identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 300-235697 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, Bien previamente embargada, secuestrado y avaluado, en este proceso, en la suma de $218.692.500, propiedad de ORDOÑEZ TORRES y COMPAÑIA LTDA. - APARTAMENTO 103, TORRE 9, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PORTALES DE FONTANA P.H., LA NUEVA FONTANA, municipio de Bucaramanga- Santander, el cual se encuentra identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 300-235698 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, Bien previamente embargado, secuestrado y avaluado, en este proceso, en la suma de $218.692.500, propiedad de ORDOÑEZ TORRES y COMPAÑIA LTDA. Para llevar a cabo la audiencia de remate se fijará fecha como pasa a indicarse: Fecha y hora del remate ONCE (11) DE NOVIEMBRE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A PARTIR DE LAS 2:30 PM Enlace de acceso (ingrese 15 minutos antes de la hora fijada) DEBE SER SOLICITADO CON ANTICIPACIÓN EN LA OFICINA DE APOYO DE LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE B/MANGA: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, - APARTAMENTO 104, TORRE 9, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PORTALES DE FONTANA P.H., LA NUEVA FONTANA, municipio de Bucaramanga- Santander, el cual se encuentra identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 300-235699 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, Bien previamente embargado, secuestrado y avaluado, en este proceso, en la suma de $218.692.500, propiedad de ORDOÑEZ TORRES y COMPAÑIA LTDA. - APARTAMENTO 201, TORRE 9, DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PORTALES DE FONTANA P.H., LA NUEVA FONTANA, municipio de Bucaramanga- Santander, el cual se encuentra identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 300-235700 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, Bien previamente embargado, secuestrado y avaluado, en este proceso, en la suma de $218.692.500, propiedad de ORDOÑEZ TORRES y COMPAÑIA LTDA. Para llevar a cabo la audiencia de remate se fijará fecha como pasa a indicarse: Fecha y hora del remate VEINTE (20) DE NOVIEMBRE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A PARTIR DE LAS 2:30 PM Enlace de acceso (ingrese 15 minutos antes de la hora fijada) DEBE SER SOLICITADO CON ANTICIPACIÓN EN LA OFICINA DE APOYO DE LOS JUZGADOS DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE B/MANGA: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co Las respectivas audiencias se realizarán de forma virtual por la plataforma o aplicación indicada por el Consejo Superior de la Judicatura. Se solicita que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores. Lo anterior, sin perjuicio que los interesados asistan presencialmente a la sala de audiencias física con que cuenta la Oficina de Apoyo de los Juzgados de Ejecución Civil del Circuito, para lo cual deberán acudir a la Carrera 12 No. 31-08, segundo piso, Oficina 204, del municipio de Bucaramanga, para que se les permita y facilite la asistencia, tal como lo prevé el parágrafo 2° del Art. 2 de la Ley 2213 de 2022. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, previa consignación del 40% del mismo, en el Banco Agrario de Colombia S.A. de esta ciudad, a órdenes de la Oficina de Ejecución a la cuenta No. 68001-20-31-800. Aún con lo anterior, conviene recordar que, si el remate lo realiza el ejecutante con garantía real por cuenta de su crédito, la postura será necesariamente la que cubra el 100% del valor del inmueble conforme las reglas especiales del Art. 468 del C.G.P. Igualmente, se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P. de forma física, o, presentar las ofertas por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIGO POR CONTRASEÑA O CLAVE, dirigido al correo electrónico: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, caso en el cual deberá cumplirse con los requisitos de los Artículos 451 y 452 del C.G.P.; ADVIÉRTASE QUE DE TRATARSE DE UNA OFERTA ELECTRÓNICA, de conformidad con el punto 7, inciso 2, numeral 4.6 de la Circular PCSJC21-26, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, LA CONTRASEÑA O CLAVE para abrir el archivo de la oferta DEBERÁ SER SUMINISTRADA POR EL POSTOR DE VIVA VOZ EN LA AUDIENCIA DE REMATE CUANDO LA TITULAR DEL DESPACHO LA REQUIERA o, en caso de no ser posible por problemas de conexión o similares, habrá de ser informada ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE DENTRO DE LOS DIEZ (10) MINUTOS SIGUIENTES A LA CULMINACIÓN DE LA HORA OTORGADA PARA RECIBIR POSTURAS O CUANDO POR MOTIVOS ESPECIALES ASÍ LO DISPONGA LA DIRECTORA DEL PROCESO, mediante mensaje de datos dirigido al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, SO PENA DE NO SER TENIDA EN CUENTA. Matrícula - Avalúo (100%) - Postura admisible (70%) - Previa consignación (40%) 300-235697 $218.692.500 $153.084.750 $87.477.000, 300-235698 $218.692.500 $153.084.750 $87.477.000, 300-235699 $218.692.500 $153.084.750 $87.477.000, 300-235700 $218.692.500 $153.084.750 $87.477.000. El aviso de remate se difundirá mediante inclusión en un listado que se publicará EL DÍA DOMINGO por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o La República; Una copia informal de la página del periódico o la constancia del medio de comunicación en que se haya hecho la publicación deberá agregarse al expediente antes de dar inicio a la subasta. A la presentación de estos documentos deberá allegarse un certificado de libertad y tradición actualizado del respectivo inmueble, expedidos dentro del mes anterior a la fecha del remate, los cuales deberán allegarse en formato PDF al correo electrónico ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co antes de iniciar la subasta Se informa a los postores que en virtud de la reforma del artículo 12 de la ley 1743 del 26 de diciembre de 2014 al art. 7 de la Ley 11 de 1987, el impuesto del 3% que se consigna a órdenes del CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA, se modificó ahora en un 5%. Se informa a los postores interesados, que funge como secuestre ALEXI MARGOTH BLANCO MOLANO, quien puede ser contactada a través del número celular 3112013624 y correo electrónico blancolx@hotmail.com, a efectos de que sea permitido el ingreso al inmueble. Igualmente, se advertirá a las partes y al secuestre designado por ALEXI MARGOTH BLANCO MOLANO, que, previo a llevarse a cabo la diligencia de remate, informen si existen deudas pendientes tales como impuestos, administración o servicios públicos a efectos de que el Despacho y los posibles postores tengan conocimiento de las mismas y se pueda reservar lo necesario para el pago de las mismas, conforme al numeral 7 del artículo 455 del C.G. del P. Las partes podrán consultar el proceso, el cual queda a su disposición, de forma virtual, pidiendo la autorización o enlace para su ingreso, al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co Las partes y postores interesados en participar en la audiencia de manera virtual deberán ingresar el día y hora indicado y dar clic en la siguiente secuencia: Página de la Rama Judicial – Publicaciones procesales – en la Sección Despacho digitar JUZGADO 001 DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA – filtrar por la opción “Remates” - pulsar o dar clic en el año y la fecha de la diligencia - ir a la hora de la diligencia y dar clic en el Link de la audiencia. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, será causal para no tener en cuenta la postura. El presente aviso se expide en la Oficina de Ejecución del Circuito de Bucaramanga, hoy 24 de octubre de 2025. Cordialmente, Stella Mosquera Guevara Profesional Universitario Grado 12º(Fact.P17190)
Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Juzgado Segundo de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga 680014303002. PROCESO: EJECUTIVO- MÍNIMACUANTÍA. RADICADO No. 68001.40.03.012.2009.01194.01 DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO l RA ETAPA. DEMANDADO: PEDRO JESÚS TOSCANO-ARTURO NEIRA PARRA. CUADERNO: MEDIDAS UBICACIÓN: SGDE. JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. Bucaramanga, veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Vista la solicitud que antecede, se tiene que, el apoderado de la parte demandante solicita se fije fecha y hora para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121282. Por lo cual, una vez revisado el plenario, teniendo en cuenta que el inmueble mencionado se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. En atención a lo expuesto, se fija el día MIÉRCOLES DOCE (12) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.). como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121282, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de los demandados ARTURO NEIRA PARRA y PEDRO JESÚS TOSCANO, el cual se encuentra ubicado en el local No. 126 Bloque 11 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198, avaluado en la suma CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671.500). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil. En consecuencia, el Juzgado Segundo de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, RESUELVE. PRIMERO: FIJAR el día MIÉRCOLES DOCE (12) DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M ). Como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121282. de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de los demandados ARTURO NEIRA PARRA y PEDRO JESÚS TOSCANO, el cual se encuentra ubicado en el local No. 126 Bloque 11 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198, avaluado en la suma CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671.500). SEGUNDO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual. para lo cual se utilizará el aplicativo 'TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT', al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet. entre otros). el cual deberá contar con cámara y micrófono. TERCERO: Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, a favor del proceso de la referencia y a órdenes de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, en la cuenta de depósitos judiciales número 68001204 l 802 del Banco Agrario de Colombia. CUARTO: ADVIÉRTASE a la parte ejecutante que la elaboración y publicación del aviso de remate deberá realizarse por su cuenta, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso. adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia. Deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (l O) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local previo a la fecha y hora señaladas, la publicación deberá remitirse de manera legible en formato PDF y enviarse al correo institucional ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en la misma deberá observarse claramente la fecha en que se realizó. En la publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera virtual. a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micro-sitio del Despacho - Remates 2025. Lo anterior, a fin de realizar el correspondiente control de legalidad. QUINTO: Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 7 de la ley 2213 de 2022. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: INGRESO A LA SEDE JUDICIAL: Quien acredite su interés en la diligencia programada, deberá aportar al momento del ingreso a la sede judicial donde funciona este Despacho judicial: a. Su documento de identidad. b. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente. c. El sobre cerrado a que se refieren los artículos 457 y siguientes del Código General del Proceso. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DEL SOBRE CERRADO: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado1. en la secretaría de la Oficina de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LAS PARTES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Una vez señalada la fecha y hora para la diligencia de remate, se enviará al correo electrónico de las partes el enlace dispuesto para la audiencia correspondiente, siempre y cuando la dirección electrónica repose en el expediente, de lo contrario los extremos de la litis deberán elevar la correspondiente petición. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LOS POSTORES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Las personas que hayan constituido el correspondiente depósito judicial y que tengan interés en participar en la diligencia de remate deberán enviar un correo electrónico al buzón j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. donde deberá tener en cuenta lo siguiente: i. ASUNTO: Deberá referenciar el asunto del correo electrónico única y exclusivamente así: "SOLICITUD DE ENLACE DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J12-2009-01194-01". ii. ARCHIVOS A ADJUNTAR: Para que efectivamente el Despacho comparta el enlace al interesado en el remate, se tendrá que adjuntar al correo electrónico en formato PDF copia del documento de identidad de quien pretende hacer postura, siempre y cuando haya constituido el depósito judicial conforme lo establece el artículo 457 del Código General del Proceso. PRESENTACION DE POSTURA DE MANERA VIRTUAL: l. Los interesados deberán presentar: 1. La oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que se suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. 2. Copia del documento de identidad. 3. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 y SS ibídem. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso. II. La oferta deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. III. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico ya indicado, que su participación en la audiencia es indispensable a efectos de que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta, en el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual al momento de abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la oferta. SEXTO: Adviértasele a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado correspondiente al bien secuestrado, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha. SÉPTIMO: Tanto la constancia de la publicación del aviso de la diligencia de remate como el certificado de libertad y tradición del bien, deberán remitirse antes de la hora señalada para la realización de la diligencia, al correo electrónico de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. estableciendo como asunto del mensaje electrónico única y exclusivamente así: "ENTREGA DE PUBLICACIONES Y CERTIFICADOS PARA DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J12-2009-01194-01", SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Para efectos de allegar el aviso, preferiblemente deberá remitirse el link del periódico donde se publicó o imagen clara y nítida del área o espacio en que aparece en la prensa. OCTAVO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que sin excepción alguna, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, por lo tanto las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea porque no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar, su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes). el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto, obsérvese: 5. Pago con abono a cuenta Todas las órdenes y autorizaciones de pago de cualquier concepto de depósitos judiciales, en procesos judiciales de todas las especialidades y jurisdicciones, se harán únicamente a través del acceso seguro dual al Portal Web Transaccional de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia, por los administradores de las cuentas judiciales y en los horarios laborales hábiles. En este entendido, los titulares de las cuentas únicas judiciales y los responsables de la administración de los depósitos deben hacer uso de la funcionalidad "pago con abono a cuenta", disponible en el Portal Web, siempre que el beneficiario tenga cuenta bancaria y haya solicitado el pago de su depósito por ese medio. De todas maneras, sin excepción, las sumas iguales o superiores a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y el Banco Agrario de Colombia generarán un procedimiento para establecer los requisitos, protocolos y mecanismos que aseguren que los pagos por este medio sean seguros, eficaces y viables. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, NUBIA STELLA AREVALO GALVAN JUEZ. Firmado Por: Nubia Stella Arévalo Galván Juez. Juzgado Municipal De Ejecución Civil 002 Bucaramanga – Santander. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: 54639a039f95e095e283ecdab5359f7325b7ac8ac4be6b217f822396318f0053 Documento generado en 16/10/2025 10:59:15 AM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica.
AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P). JUZGADO: SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. E-MAIL: j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO LA ROSITA PRIMERA ETAPA. DEMANDADO: PEDRO JESÚS TOSCANO y ARTURO NEIRA PARRA. RADICADO 68001.40.03.012.2009.01194.01. PROCESO: EJECUTIVO - MÍNIMA CUANTÍA- FECHA Y HORA REMATE: DOCE (12) DE NOVIEMBRE DE 2025, 8:30 a.m. PREDIO: BIEN INMUEBLE, IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-121282 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BUCARAMANGA, UBICADO EN EL LOCAL No. 126 BLOQUE 11 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA EN LA DIAGONAL 15 No. 45 - 198 DE BUCARAMANGA. AVALÚO: CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($14.671.500). BASE LICITACION (70%) : DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CINCUENTA PESOS MCTE ($10.270.050). POSTURA (40%): CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($5.868.600) A FAVOR DEL PROCESO DE LA REFERENCIA Y A ÓRDENES DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, EN LA CUENTA DE DEPÓSITOS JUDICIALES NÚMERO 680012041802 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA. PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE: TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT. LINK ACCESO: A TRAVÉS DEL LINK QUE ESTARÁ PUBLICADO EN LA PÁGINA: WWW.RAMAJUDICIAL.GOV.CO. EN EL MICROSITIO DEL DESPACHO-REMATES 2025. DATOS SECUESTRE: JAVIER GIOVANNI RODRÍGUEZ RUEDA CALLE 37 No 26 – 15 319 2583387 / 323 3996672 javiror17@gmail.com. IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC No 80.795.885 de Bogotá. TP. No 168.221.del C.S. de la J.