EDICTOS 29 DE JUNIO DE 2025

EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA DE LA CAUSANTE MARINA DEL CARMEN MONTALVO DE BRAVO(Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA C.C. No.28.010.309, FALLECIDO EL 05 DE FEBRERO DE 2023.- Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, conforme al Acta 0091 DE FECHA VEINTICINCO (25) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2.025), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3. Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy VEINTISEIS (26) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día NUEVE (09) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO (2.025). DARÍO FRANCISCO ALVAREZ CASTRO, NOTARIO PRIMERO DE BARRANCABERMEJA.(Fact.P15601)

SANDY BAYONA GÓMEZ. LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA (E). CRA 36 No. 51-32. EDICTO EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con el derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, del trámite notarial de la sucesión intestada del causante ADOLFO NUÑEZ MARTINEZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía no. 5.745.408, fallecido en la ciudad de Bucaramanga, Santander el día 01 de marzo del 2022, siendo la ciudad de Bucaramanga el último domicilio y asiento principal de sus negocios.  Aceptado el trámite respectivo mediante Acta No. 0070 de fecha dieciocho (18) de junio del año dos mil veinticinco (2.025), se ordena la publicación del presente edicto en el periódico υ radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el decreto 902 de 1.988 artículo 3º. numeral 3) ordenándose además su fijación en un lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija dieciocho (18) de junio del año dos mil veinticinco (2.025), siendo las 8:00 α.m. LA NOTARIA (E), SANDY MANGA BAYONA GOMEZ. LA NOTARIA NOVENA ENCARGADA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA.

CONSEJO SECCIONAL DE LA JUDICATURA DE SANTANDER JUZGADO QUINTO DE FAMILIA EDICTO EL JUZGADO QUINTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA EMPLAZA A: EULOGIO JEREZ ARIAS De quien se ignora su habitación y tuvo por último domicilio la ciudad de Bucaramanga - Santander para que dentro del término del emplazamiento comparezca por sí o mediante apoderado judicial a este Despacho bajo el radicado 2024-00152-00. Se previene además a quienes tengan noticias del mencionado EULOGIO JEREZ ARIAS, se sirva comunicarlo oportunamente a esta agencia judicial, donde cursa un proceso sobre MUERTE PRESUNTA POR DESAPARECIMIENTO, a instancias de LUZ STELLA VELASCO DELGADO. Se expiden copias para la publicación por una vez en un periódico de amplia circulación en esta ciudad, (VANGUARDIA LIBERAL) y en una radiodifusora local, esta última en el periodo comprendido entre las 6:00 AM y 11:00 PM. Este mismo EDICTO se publicará en uno de los periódicos de mayor circulación (EL TIEMPO) que se edita en la capital de la República, durante tres (3) veces, debiendo correr cuatro (4) meses entre cada dos (2) citaciones. Bucaramanga, 16 de mayo de 2024. ERIKA JOHANNA GONZALEZ LOPEZ SECRETARIA(Fact.P15547)

 AVISOS DE REMATE

AVISO DE REMATE EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del Proceso EJECUTIVO que se adelanta en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, radicado bajo el número 68001.31.03.008.2011.00083.02, promovido por BERNARDA ROJAS DE CACERES, identificada con la cédula de ciudadanía número 28.356.326 de San Andrés (S), en calidad de cesionaria del señor PABLO PRINCIPE CACERES ROJAS, como demandante y  cuyos demandados son CARLOS JULIO BLANCO PEÑA, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.011.622 y LUIS HELI QUINCENO VILLADA, identificado con la cédula de ciudanía número 16.651.233, por el cual se ha comisionado a esta Notaría, por medio del Despacho Comisorio número veintidós (022) del veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2025), se designó a la Notaría Segunda de Bucaramanga, para realizar la diligencia de REMATE del siguiente bien inmueble embargado, secuestrado  y avaluado: Lote 5, ubicado en el municipio de Bucaramanga, identificado con la matrícula inmobiliaria número 300-159184 y con la cédula catastral número 68001000200010622000. Siendo designado como secuestre a ALEXI MARGOT BLANCO MOLANO, quien puede ser ubicada al número 311 2013624. Este bien inmueble ha sido avaluado en la suma de CUARENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA PESOS MCTE ($47.897.640,oo) y será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del inmueble, es decir TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS MCTE ($33.528.348,oo); previa consignación del porcentaje legal del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, o sea DIECINUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS MCTE ($19.159.056,oo), en el Banco Agrario de Colombia, sección depósitos judiciales de Bucaramanga, a nombre de la OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE EJECUCION CIVIL DE CIRCUITO DE BUCARAMANGA y por cuenta de este proceso que es 68001.31.03.008.2011.00083.02. Admitida la Comisión, este Despacho Notarial fijó la fecha del día martes quince (15) de julio de dos mil veinticinco (2025) a las dos y media de la tarde (2:30 p.m.), para la realización de la diligencia, sin que ésta pueda cerrarse antes de una (1) hora por lo menos, contadas a partir de su iniciación, como lo señala el artículo 452  del C. G. del P. Para los efectos del Artículo 450 del Código General del Proceso, se fija el presente aviso en lugar público del Despacho hoy veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025).siendo las 7:00 am  y copias del mismo se expiden para su publicación en prensa local. El Notario Segundo de Bucaramanga,  CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMÉNEZ(Fact.P15602)

AVISO DE REMATE EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del Proceso EJECUTIVO que se adelanta en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, radicado bajo el número 68001.31.03.008.2011.00083.02, promovido por BERNARDA ROJAS DE CACERES, identificada con la cédula de ciudadanía número 28.356.326 de San Andrés (S), en calidad de cesionaria del señor PABLO PRINCIPE CACERES ROJAS, como demandante y  cuyos demandados son CARLOS JULIO BLANCO PEÑA, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.011.622 y LUIS HELI QUINCENO VILLADA, identificado con la cédula de ciudanía número 16.651.233, por el cual se ha comisionado a esta Notaría, por medio del Despacho Comisorio número veintiuno (021) del veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2025), se designó a la Notaría Segunda de Bucaramanga, para realizar la diligencia de REMATE del siguiente bien inmueble embargado, secuestrado  y avaluado: Lote de terreno  distinguido como Lote 1, ubicado en el municipio de Bucaramanga, identificado con la matrícula inmobiliaria número 300-139442 y con la cédula catastral número 000200010532000. Siendo designado como secuestre a ALEXI MARGOT BLANCO MOLANO, quien puede ser ubicada al número 311 2013624. Este bien inmueble ha sido avaluado en la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA PESOS MCTE ($157.362.940,oo) y será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del inmueble, es decir CIENTO DIEZ MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y OCHO PESOS MCTE  ($110.154.058,oo); previa consignación del porcentaje legal del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, o sea SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS PESOS MCTE ($62.945.176,oo), en el Banco Agrario de Colombia, sección depósitos judiciales de Bucaramanga, a nombre de la OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE EJECUCION CIVIL DE CIRCUITO DE BUCARAMANGA y por cuenta de este proceso que es 68001.31.03.008.2011.00083.02. Admitida la Comisión, este Despacho Notarial fijó la fecha del día martes quince (15) de julio de dos mil veinticinco (2025) a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), para la realización de la diligencia, sin que ésta pueda cerrarse antes de una (1) hora por lo menos, contadas a partir de su iniciación, como lo señala el artículo 452  del C. G. del P. Para los efectos del Artículo 450 del Código General del Proceso, se fija el presente aviso en lugar público del Despacho hoy veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025).siendo las 7:00 am  y copias del mismo se expiden para su publicación en prensa local. El Notario Segundo de Bucaramanga,  CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMÉNEZ. (Fact.P15603)

AVISO DE REMATE EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA HACE SABER: Que dentro del Proceso EJECUTIVO que se adelanta en el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, radicado bajo el número 68001.31.03.008.2011.00083.02, promovido por BERNARDA ROJAS DE CACERES, identificada con la cédula de ciudadanía número 28.356.326 de San Andrés (S), en calidad de cesionaria del señor PABLO PRINCIPE CACERES ROJAS, como demandante y  cuyos demandados son CARLOS JULIO BLANCO PEÑA, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.011.622 y LUIS HELI QUINCENO VILLADA, identificado con la cédula de ciudanía número 16.651.233, por el cual se ha comisionado a esta Notaría, por medio del Despacho Comisorio número veintitrés (023) del veintiuno (21) de abril de dos mil veinticinco (2025), se designó a la Notaría Segunda de Bucaramanga, para realizar la diligencia de REMATE del siguiente bien inmueble embargado, secuestrado  y avaluado: Lote 4, ubicado en el municipio de Bucaramanga, identificado con la matrícula inmobiliaria número 300-159183 y con la cédula catastral número 68001000200010621000. Siendo designado como secuestre a ALEXI MARGOT BLANCO MOLANO, quien puede ser ubicada al número 311 2013624. Este bien inmueble ha sido avaluado en la suma de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO PESOS MCTE ($43.552.278,oo) y será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del inmueble, es decir TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($30.486.594,oo); previa consignación del porcentaje legal del cuarenta por ciento (40%) del avalúo, o sea DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS ONCE PESOS MCTE ($17.420.911,oo), en el Banco Agrario de Colombia, sección depósitos judiciales de Bucaramanga, a nombre de la OFICINA DE APOYO PARA LOS JUZGADOS DE EJECUCION CIVIL DE CIRCUITO DE BUCARAMANGA y por cuenta de este proceso que es 68001.31.03.008.2011.00083.02. Admitida la Comisión, este Despacho Notarial fijó la fecha del día miércoles dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025) a las nueve  de la mañana (9:00 a.m.), para la realización de la diligencia, sin que ésta pueda cerrarse antes de una (1) hora por lo menos, contadas a partir de su iniciación, como lo señala el artículo 452  del C. G. del P. Para los efectos del Artículo 450 del Código General del Proceso, se fija el presente aviso en lugar público del Despacho hoy veintiséis (26) de junio de dos mil veinticinco (2025), siendo las 7:00 am  y copias del mismo se expiden para su publicación en prensa local. El Notario Segundo de Bucaramanga,  CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMÉNEZ. (Fact.P15604)

AVISO DE REMATE: JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA BUCARAMANGA – SANTANDER Proceso: EJECUTIVO SINGULAR Radicado: 68001-40-03-012-2008-00767-01 Demandante: EDIFICIO PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR P.H. NIT: 890.211.445-9 Demandado: MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO C.C. 63.356.417 Y GERARDO MARTINEZ MARTINEZ C.C. No. 13.816.057. 1. FECHA Y HORA EN QUE SE ABRE LA LICITACIÓN VEINTITRÉS (23) DE JULIO DE 2025 A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 A.M.) Y NO SE CERRARÁ SINO TRANSCURRIDA UNA (1) HORA 2. BIEN MATERIA DEL REMATE: FOLIO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-115754 de la oficina de registro de Instrumentos públicos de Bucaramanga, CEDULA CATASTRAL N° 68001010400-420034901 DIRECCION INMUEBLE: PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR LOCAL 1032 que forma parte del EDIFICIO PLAZA DE MERCADO SATELITE DEL SUR, que se encuentra ubicado Entre las carreras 33 y 32 calle 107 y diagonal 105   del Municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander. LINDEROS GENERALES. Se encuentran registrados en la escritura Pública de constitución de Propiedad Horizontal N°2571 otorgada el 24 de noviembre de 1983 ante la Notaría Quinta del Círculo de Bucaramanga, registrada el 28 de noviembre de 1983 en la Orip de Bucaramanga LINDEROS PARTICULARES: Se encuentran registrados en la escritura Pública N°1592 otorgada el 26 de mayo de 2003 ante la notaría Quinta del círculo de Bucaramanga, registrada el 3 de junio de 2003 en la Orip de Bucaramanga de PROPIEDAD DE LOS DEMANDADOS: MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO C.C. 63.356.417 Y GERARDO MARTINEZ MARTINEZ C.C. No. 13.816.057. 3. AVALÚO. El inmueble fue avaluado en la suma de DOSCIENTOS SETENTA MILLONES TREINTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE PESOS M/CTE ($270.033.120.00). 4. JUZGADO QUE REALIZA EL REMATE: JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA Proceso: EJECUTIVO SINGULAR Radicado: 68001-40- 03-0012 2008-00767 -01. 5. NOMBRE Y DIRECCION Y NÚMERO TELEFÓNICO DEL SECUESTRO DEL INMUEBLE DE LA CUOTA PARTE DE PROPIEDAD DEL DEMANDADO: GERARDO MARTINEZ MARTINEZ EL secuestre RAUL MANRIQUE BOHORQUEZ quien puede ser ubicado en la calle 20 N°24-39 del Municipio de Bucaramanga, departamento de Santander. Número teléfono Celular: 318-6189926. NOMBRE Y DIRECCION Y NUMERO TELEFONICO DEL SECUESTRE DE LA CUOTA PARTE DE PROPIEDAD DE LA DEMANDADA MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO: ALBA MARIA SUAREZ SOLON. Quien puede ser ubicada en la: carrera 5 N°39-31 Barrio Alfonso López. Municipio de Bucaramanga Departamento de Santander. Número telefónico fijo :6330184. SITIO REMATE: JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. UBICADO: CALLE 12 Número 31-08 de Bucaramanga. 6. BASE DE LA LICITACIÓN: La que cubra el valor del 70% del avalúo, es decir CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES VEINTITRÉS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO PESOS ($ 189.023.184.00), previa consignación del 40% el cual corresponde a la suma de CIENTO OCHO MILLONES TRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($ 108.013.248.00), que deberán ser consignados en la CUENTA No. 680012041802 DE DEPÓSITOS JUDICIALES DEL BANCO AGRARIO CUYO TITULAR ES LA SECRETARIA DEL CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. MODO DEL REMATE: LA AUDIENCIA DE REMATE SE HARÁ DE FORMA VIRTUAL a través de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura. El link para acceder a la audiencia de remate estará disponible en la página: www.ramajudicial.gov.co-micrositio web de este despacho-https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-03-de-ejecucion-civil-municipaldebucaramanga/77 CONSULTA EXPEDIENTE: El expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web del Juzgado TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, con la identificación del número de radicado del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto del remate y el avalúo del bien inmueble. AUTO FIJA FECHA DE REMATE. Bucaramanga, seis (6) de junio de dos mil veinticinco (2025). Atendiendo la constancia secretarial, el Despacho en atención a lo reglado en el artículo 448 del C.G.P encuentra procedente fijar nuevamente fecha y hora para llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble embargado, secuestrado y debidamente avaluado que se identifica con el folio de M.I. No. 300-115754, denunciado como de propiedad de los demandados GERARDO MARTÍNEZ MARTÍNEZ y MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO. En consecuencia, el JUZGADO TERCERO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, RESUELVE: PRIMERO: FIJAR el día 23/7/2025 a las 9:30 A.M. dentro del proceso de la referencia adelantado por el EDIFICIO PLAZA SATÉLITE DEL SUR P.H., en contra de los demandados GERARDO MARTÍNEZ MARTÍNEZ y MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO, para llevar a cabo el remate del bien inmueble embargado, secuestrado y debidamente avaluado que se identifica con el folio de M.I. 300-115754 denunciado como de propiedad de los demandados en mención, el cual hace parte de la PLAZA DE MERCADO SATÉLITE DEL SUR- LOCAL No. 1032 ubicado entre las carreras 33 y 32, calle 107 y diagonal 105 del municipio de Bucaramanga. Los linderos del predio se encuentran consignados en la escritura pública No. 1592 del 26/05/2003 suscrita en la Notaría Quinta del Círculo de Bucaramanga. El bien inmueble a subastar se halla avaluado en la suma de ($270.033.120). Cabe destacar, que los secuestres del bien inmueble objeto de remate son los siguientes auxiliares de la justicia: (i) ALBA MARÍA SUÁREZ SOLÓN, quien se puede ubicar en la carrera 5 No. 39-31 Barrio Alfonso López de esta ciudad, teléfono 6330184 y RAÚL MANRIQUE BOHÓRQUEZ, quien se puede ubicar en la calle 20 # 24-39. Dicho remate se llevará a cabo en las instalaciones de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 número 31-08 de esta Ciudad. SEGUNDO: Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien inmueble ($189.023.184), previa consignación del (40%) del avalúo del predio ($108.013.248), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. TERCERO: ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el domingo. Se publicará: (i) el contenido de este auto en su integridad excluyendo los códigos QR; (ii) informar que el remate de Ejecutivo (MENOR) CONTROL PROCESOS Radicado Demandante Demandado 68001400301220080076701 - EDIFICIO PLAZA SATELITE DEL SUR P.H. - GERARDO MARTINEZ MARTINEZ - MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO Carrera 12 N° 31-08, Bucaramanga j03ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co cada bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co -micrositio web de este despachohttps://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-03-de-ejecucion-civil-municipal-debucaramanga/77 al cual se puede ingresar asimismo por el siguiente código QR: CUARTO: La parte interesada deberá aportar copia del anuncio del remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Igualmente, se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. QUINTO: ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los  siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. SEXTO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J03ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. OCTAVO: REQUERIR a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto, pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el numeral 1º de este proveimiento. Ejecutivo (MENOR) CONTROL PROCESOS Radicado Demandante Demandado 68001400301220080076701 - EDIFICIO PLAZA SATÉLITE DEL SUR P.H. - GERARDO MARTINEZ MARTINEZ - MARFA EMELINA CASTAÑEDA BEJARANO Carrera 12 N° 31-08, Bucaramanga j03ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co NOVENO: De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. DÉCIMO: En razón a que el proceso de la referencia se encuentra digitalizado, se indica a las partes y a sus apoderados judiciales que a través del correo electrónico ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, podrán solicitar ante la Secretaría del Centro de Servicios el envío del expediente digital. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JORGE ELI CASTAÑEDA COY JUEZ SPGS Para NOTIFICAR a las partes el contenido del anterior auto, este se anota en la Lista de ESTADOS No. 098 que se ubica en un lugar público de la Secretaría de la Oficina de Ejecución durante todas las horas hábiles del día 9 DE JUNIO DE 2025. MARIO ALFONSO GUERRA RUEDA Profesional Universitario Grado 12 Firmado Por: Jorge Eli Castañeda Coy Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 003 Bucaramanga – Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 86c7e4ce51a3b31346033b54307facfeb15eae5a7e058d0238b759340d8166c7 Documento generado en 06/06/2025 04:11:19 PM Descargue el archivo y valide este documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectro(Fact.P15580)

AVISO DE REMATE JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL RADICACIÓN No. 68001.40.03.001.2018.00082.01 DEMANDANTE: CONTACTO URBANO LTDA. DEMANDADO: CARMEN NUBIA VILLABONA DE VANEGAS Mediante providencia proferida por el auto de 16 de junio de 2025 de conformidad a lo reglado en el artículo 457 inciso segundo del Código General del Proceso, se fija fecha y hora para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-333565. Por lo cual, una vez revisado el plenario, teniendo en cuenta que el inmueble mencionado se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. En atención a lo expuesto, se fija el día MARTES VEINTINUEVE (29) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-333565, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de la demandada CARMEN NUBIA VILLABONA DE VANEGAS, el cual se encuentra ubicado en K 45 No. 34-22 AP. 101 ED VANEGAS avaluado en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS ONCE PESOS M/CTE ($248.308.811). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado, esto es la suma de (COP $173´816.167,70). Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, esto es, la suma de (COP $99´323.524,40) como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil. No obstante, adviértase al acreedor que, si pretende hacer postura por cuenta de su crédito, debe hacerlo por el cien por ciento (100%) del avalúo del bien, de conformidad con lo dispuesto inciso segundo del numeral 5 del artículo 468 ibídem. Lo anterior, por cuanto la parte ejecutante decidió procurar la satisfacción judicial de su obligación en dinero, exclusivamente con el producto del bien gravado con hipoteca. En consecuencia, el Juzgado Segundo de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, RESUELVE: PRIMERO: FIJAR el día MARTES VEINTINUEVE (29) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-333565, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de la demandada CARMEN NUBIA VILLABONA DE VANEGAS, el cual se encuentra ubicado en K 45 No. 34-22 AP. 101 ED VANEGAS avaluado en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS ONCE PESOS M/CTE ($248.308.811). SEGUNDO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual, para lo cual se utilizará el aplicativo “TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT”, al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, entre otros), el cual deberá contar con cámara y micrófono. TERCERO: Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, a favor del proceso de la referencia y a órdenes de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, en la cuenta de depósitos judiciales número 680012041802 del Banco Agrario de Colombia. Se ADVIERTE al DEMANDANTE; que por tratarse de un proceso mediante el cual se hace efectivamente exclusiva la garantía real gravada con HIPOTECA, la postura para la adjudicación del bien por cuenta del crédito y costas debe hacerse por el 100% del avalúo para dicho bien; lo anterior de conformidad a lo señalado en el numeral 5 del Art. 468 del C.G.P. y en la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia STC2136-2019 Radicación N°. 23001-22-14-000-2018- 00207-01 de fecha 25 de febrero de 2019 M.P. Dra. Margarita Cabello Blanco. CUARTO: ADVERTIR a la parte ejecutante que la elaboración y publicación del aviso de remate deberá realizarse por su cuenta, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso, adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia, el que deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local previo a la fecha y hora señaladas. La publicación deberá remitirse de manera legible en formato PDF al correo de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, en la que deberá observarse claramente la fecha en que se realizó. Además, en dicha publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micro-sitio del Despacho – Remates 2025. Lo anterior, para realizar el correspondiente control de legalidad. QUINTO: Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para cumplir los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, acorde al artículo 7 de la ley 2213 de 2022. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: INGRESÓ A LA SEDE JUDICIAL: Quien acredite su interés en la diligencia programada, deberá aportar al momento del ingreso a la sede judicial donde funciona este Despacho judicial: 1. Su documento de identidad. 2. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente. 3. El sobre cerrado a que se refieren los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DEL SOBRE CERRADO: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado, en la secretaría de la Oficina de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LAS PARTES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Una vez señalada la fecha y hora para la diligencia de remate, se enviará al correo electrónico de las partes el enlace dispuesto para la audiencia correspondiente, siempre y cuando la dirección electrónica repose en el expediente, de lo contrario los extremos de la litis deberán elevar la correspondiente petición. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LOS POSTORES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Las personas que hayan constituido el correspondiente depósito judicial y que tengan interés en participar en la diligencia de remate deberán enviar un correo electrónico al buzón j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, donde deberá tener en cuenta lo siguiente: ASUNTO: Deberá referenciar el asunto del correo electrónico única y exclusivamente así: “SOLICITUD DE ENLACE DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J1-2018-00082-01”. ARCHIVOS A ADJUNTAR: Para que efectivamente el Despacho comparta el enlace al interesado en el remate, se tendrá que adjuntar al correo electrónico en formato PDF copia del documento de identidad de quien pretende hacer postura, siempre y cuando haya constituido el depósito judicial conforme lo establece el artículo 451 del Código General del Proceso. IV. PRESENTACIÓN DE POSTURA DE MANERA VIRTUAL: Los interesados deberán presentar: 1-. La oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. 2. Copia del documento de identidad. 3. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de lo previsto en el artículo 451 y ss. del C.G.P. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso. La oferta deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico indicado, que su participación en la audiencia es indispensable para que suministren la contraseña del archivo digital de la oferta. Cuando el postor no esté presente en la audiencia virtual al abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentar la oferta. SEXTO: Adviértasele a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado correspondiente al bien secuestrado, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha prevista para la diligencia de remate. SÉPTIMO: Tanto la constancia de la publicación del aviso de la diligencia de remate como el certificado de libertad y tradición del bien, deberán remitirse antes de la hora señalada para la realización de la audiencia, al correo electrónico de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, estableciendo como asunto del mensaje electrónico única y exclusivamente así: “ENTREGA DE PUBLICACIONES Y CERTIFICADOS PARA DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J1-2018-00082- 01”, SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Para efectos de allegar el aviso, preferiblemente deberá remitirse el link del periódico donde se publicó o imagen clara y nítida del área o espacio en que aparece en la prensa. OCTAVO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que, sin excepción, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán tramitarse siempre mediante la funcionalidad de pago con abono a cuenta. Por lo tanto, las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea porque no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar, su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes), el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto. Los linderos del predio se encuentran consignados en la escritura Pública No. 02374 del 6 de julio de 2015 de la Notaría Décima del Círculo de Bucaramanga (Sder); Cabe destacar, que el secuestre del bien inmueble objeto de remate es la auxiliar de la justicia Doctora LUZ MIREYA AFANADOR AMADO identificado con C.C. 63.353.202, domiciliado en la Carrera 13 No. 35-10 Ofic. 307 Edificio El Plaza y con teléfono 6540729 – 3168648429. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, NUBIA STELLA ARÉVALO GALVÁN JUEZ Firmado Por: Nubia Stella Arevalo Galvan Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 002 Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2b615af6bd0a8e4af6e64b5b3547f10c5d471048a45dbf29acfd611ac2c953b5 Documento generado en 13/06/2025 10:06:21 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica(Fact.P15581)

EDICTO DE REMATE JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. CLASE DE PROCESO: EJECUTIVO HIPOTECARIO. DEMANDANTE: MARTHA CECILIA ATEHORTUA HERRERA. DEMANDADO: SOLUCIONES INTEGRALES SANTANDER SAS, NIT 900022420-1. RADICADO: 68001400300520210024001. Fecha de remate: MIÉRCOLES VEINTISIETE (27) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), A LAS DIEZ (10:00 AM) DE LA MAÑANA.  El 100% del inmueble urbano correspondiente a la oficina No. 25 Edificio Nieto Olarte No. 1 ubicado en la calle 34 No. 18-61 de Bucaramanga, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 300-23224 y número predial 680010101000000900901900000026 de propiedad de SOLUCIONES INTEGRALES SANTANDER SAS -SOLISANT SAS.  cuyo avalúo es de CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS MCTE ($169.869.000). JUEZ SEPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA.  RADICADO: 68001400300520210024001. Secuestre señor ALEXI MARGOTH BLANCO MOLANO quien puede ser ubicada en Carrera 25 No. 35-16 torre 3 apartamento 18-14 Edificio San Lucas Bucaramanga, celular: 3112013624, correo electrónico: blancolx@hotmail.com. La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de transcurrida una hora, siendo postura admisible la que cubre el 70% del avalúo, esto es, la suma de CIENTO DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS PESOS MCTE ($118’908.300), previa consignación del 40% del mismo que corresponde a la suma de SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($67.947.600), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. El remate del bien se llevará a cabo de manera virtual atraves de la plataforma TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el consejo superior de la judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual. A su vez se informa que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto del remate y el avalúo del mismo. Se informa que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co – micrositio web de este despacho, para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página web https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/.  ADVIÉRTASE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:  I. Presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita. II. Identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. III. Indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. IV. Señalar el monto por el que hace la postura. V. Si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; VI. Anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; VII. Allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; VIII. Anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso ADVIÉRTASE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. ADVIÉRTASE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J07ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se pone de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. (Circular PCSJC21-26 del Consejo Superior de la Judicatura que regula la subasta virtual) Los interesados en el remate, pueden consultar el expediente solicitando el link de acceso al correo electrónico: ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. (Fact.P15588)

AVISO DE REMATE: RADICADO: 680014003027-2017-00007-01 PROCESO: EJECUTIVO CON GARANTÍA PRENDARIA DE REINTEGRA SAS EN CONDICIÓN DE CESIONARIO DE BANCOLOMBIA S.A. CONTRA MARCO GUSTAVO LEOPOLDO LLONTOP CASTRO JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA CARRERA 12 No. 31-08, BUCARAMANGA, SANTANDER Correo electrónico: ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. AVISO DE REMATE APROBAR el avalúo fijado para calcular el impuesto de rodamiento del vehículo de placas HWM-280 en la suma VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($24.590.000). FIJAR el DIECISÉIS (16) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del vehículo de placas HWM-280, Clase: automóvil, Marca: Ford, Línea: Fiesta, Servicio: Particular, Modelo: 2015, Cilindraje: 1597 C.C. Color: Gris Magnético; Serie: 3FADP4BJ5FM109415; Motor: FM109415; Chasis: FM109415; Combustible: Gasolina, de propiedad del demandado MARCO GUSTAVO LEOPOLDO LLONTOP CASTRO, identificado con C.E. No. 423.667. El cual fue avaluado en la suma de VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($24.590.000). Dicho remate se llevará a cabo en las instalaciones de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del vehículo ($17.213.000.oo M/Cte.), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo del vehículo ($9.836.000.oo M/Cte.), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. No obstante, adviértase al acreedor que, si pretende hacer postura por cuenta de su crédito, debe hacerlo por el cien por ciento (100%) del avalúo del bien, de conformidad con lo dispuesto inciso segundo del numeral 5 del artículo 468 ibídem. Lo anterior, por cuanto la parte ejecutante decidió procurar la satisfacción judicial de su obligación en dinero, exclusivamente con el producto del bien gravado con prenda. ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: (i) el contenido de este auto en su integridad; (ii) informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma MICROSOFT TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en las publicaciones procesales de este Juzgado en la página de la rama judicial con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página de la rama judicial, en el acápite de https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/portal/layout?p_l_id=6098928. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición del vehículo objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. INFÓRMESE que el vehículo cautelado se encuentra ubicado en la Calle 15 No. 11ª -02 del Barrio La Feria del Municipio de San Vicente de Chucurí -Pág. 14 del Archivo No. 021 del C3-, sobre el cual funge como secuestre el auxiliar de justicia IVAN ENRIQUE VELANDIA AFANADOR, quien puede ser ubicada en la Carrera 13 No. 35 – 10 Oficina 1003 Edificio El Plaza de Bucaramanga (S). Tel: 3177223305 y correo electrónico ivanoff19@hotmail.com. ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J05ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. REQUERIR a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto, pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por MICROSOFT TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el numeral 1º de este proveimiento. De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. Parte interesada REYNALDO GOMEZ AYALA. (Fact.P15593)

AVISO DE REMATE: RADICADO: 680014003005-2017-00031-01 PROCESO: EJECUTIVO PRENDARIO DE REINTEGRA SAS CESIONARIO DE BANCOLOMBIA CONTRA DORY CECILIA ORTIZ TARAZONA JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA CARRERA 12 No. 31 – 08 BUCARAMANGA, SANTANDER Correo electrónico: ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  AVISO DE REMATE FÍJESE el día MIÉRCOLES DIECISÉIS (16) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025), A LAS DIEZ (10:00 AM) DE LA MAÑANA, dentro del proceso ejecutivo prendario, identificado con la radicación No. 68001400300520170003101, adelantado por REINTEGRA SAS cesionario de BANCOLOMBIA contra DORY CECILIA ORTIZ DE TARAZONA, para llevar a cabo el remate del Vehículo Identificado con placa UDS736, Servicio: particular, clase: automóvil, marca: KIA, Línea: Cerato ex, modelo:2015, color: ROJO, número de motor: G4FGEH693500, número de chasis: KNAFX411AF5202232 Tipo de carrocería: SEDAN, registrado en Dirección de Tránsito de Bucaramanga, de propiedad de la demandada DORY CECILIA ORTIZ DE TARAZONA. El bien mueble a subastar, se halla avaluado en la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($35.432.000). Cabe destacar, que el secuestre del bien mueble objeto de remate es el auxiliar de la justicia SITE SOLUTION S&C SAS NIT 900787481 - 1, quien puede ser ubicado en CL 50 # 15 22 PISO 1 de Bogotá, Carrera 27 No. 13-45 Duitama Boyacá, celular: 3203650289, 3160500391, 3112521828- 3214436921, correo electrónico: sitesolutionsite@gmail.com. sitessolutionsite@gmail.com.  sitesolutionsas@gmail.com.  Dicho remate se llevará a cabo en las instalaciones de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la Carrera 12 No. 31-08, de esta Ciudad. ADVIERTASE al DEMANDANTE, que por tratarse de un proceso mediante el cual se hace efectiva una garantía real, la adjudicación del bien por cuenta del crédito debe hacerse por el 100% del avalúo aprobado para ese bien, siendo esta la suma de ($35.432.000), lo anterior de conformidad a lo señalado en el numeral 5 del art. 468 del C.G.P y en la sentencia de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia STC2136-2019 Radicación No. 23001-22-14-000-2018-00207-01 de fecha 25 de febrero de 2019 M.P. Dra. Margarita Cabello Blanco. Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien mueble ($24.802.400), previa consignación del (40%) del avalúo del mueble ($14.172.800), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: I. El aviso de remate de conformidad a lo estipulado en el artículo 450 del C.G.P; II. Informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma LIFESIZE que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual; III. Informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; IV. Informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del bien inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. ADVIÉRTASE a las partes, que previo a llevarse a cabo la diligencia de remate, informen si existen deudas pendientes tales como impuestos, administración, servicios públicos a efecto de que el despacho y los posibles postores tengan conocimiento de las mismas. ADVIÉRTASE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: I. Presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita. II. Identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. III. Indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. IV. Señalar el monto por el que hace la postura. V. Si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; VI. Anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; VII. Allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; VIII. Anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. ADVIÉRTASE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. ADVIÉRTASE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J07ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  Se pone de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. (Circular PCSJC21-26 del Consejo Superior de la Judicatura que regula la subasta virtual). REQUIÉRASE a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto. Pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada. Los interesados en el remate, pueden consultar el expediente solicitando el link de acceso al correo electrónico: ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. Parte interesada REYNALDO GOMEZ AYALA(Fact.P15592)

 EMPLAZAMIENTOS

 

JUZGADO

CORREO ELECTRONICO DEL JUZGADO

NUMERO DE RADICADO

CLASE DE PROCESO

DEMANDANTE

DEMANDADOS

PERSONA (S) EMPLAZADAS

IDENTIFICACION DEL EMPLAZADO C.C. O NIT

Primero Promiscuo Municipal de San Vicente

J01prmsanvichu@cendoj.ramajudicial.gov.co

68689

40890

0120025

0008000

Sucesión intestada

JEREMIAS MARTINEZ VANEGAS

HARVEY MARTINEZ VANEGAS

Todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso sucesoral del señor LUCIANO MARTINEZ FONSECA.

 

JUZGADO

CORREO ELECTRONICO DEL JUZGADO

NUMERO DE RADICADO

CLASE DE PROCESO

DEMANDANTE

DEMANDADOS

PERSONA (S) EMPLAZADAS

IDENTIFICACION DEL EMPLAZADO C.C. O NIT

Juzgado Primero Promiscuo del Circuito

j01prctosvchucuri@cendoj.ramajudicial.gov.co.

68689

3189

00120

25000

6400

Sucesión intestada

JEREMIAS MARTINEZ VANEGAS

HARVEY MARTINEZ VANEGAS

Personas indeterminadas que se crean con derecho dentro de la causa mortuoria de la causante EVELIA MARTINEZ CHACON.