EDICTOS 11 DE MAYO DE 2025
AVISO DE REMATE AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO HIPOTECARIO radicado bajo el No. 68001.31.03.009.2022.00058.01 adelantado por HENRY MANRIQUE LIZARAZO contra CESAR AUGUSTO TAMAYO SANCHEZ, el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, mediante auto del 24/01/2025, teniendo en cuenta la solicitud de la parte demandante, por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 448 del C. G. de P., dado que se cumplen los requisitos, ha señalado la hora de las 11:00 A.M. del día VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE 2025, para llevar a cabo el remate, la cual se realizará de forma virtual por la plataforma o aplicación MICROSOFT TEAMS. Se solicita a los interesados en participar en la subasta, que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores.; del siguiente bien: Inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-36354 de la ORIP de Bucaramanga, ubicado en la CARRERA 3A No. 27-32 BARRIO GIRARDOT del municipio de Bucaramanga, de propiedad de la parte demandada CESAR AUGUSTO TAMAYO SANCHEZ, avaluado en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS MCTE ($249.800.000). La licitación comenzará a la hora indicada y no se cerrará sino después de haber transcurrido una hora siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, esto es la suma de hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, es decir, la suma de CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA MIL PESOS M/CTE ($174.860.000), previa consignación del 40% del mismo avalúo, esto es la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS M/CTE ($99.920.000). Estas sumas deberán ser consignadas en la cuenta Nº 68001-20-31-800 DE LA OFICINA DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del C.G.P. o, presentar las ofertas por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIGO POR CONTRASEÑA O CLAVE, dirigido al correo electrónico: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co cumpliendo, igualmente, los requisitos de los Artículos 451 y 452 del C.G.P.; LA CONTRASEÑA O CLAVE para abrir el archivo de la oferta o postura DEBERÁ enviarse ÚNICAMENTE DENTRO DE LOS DÍEZ (10) MINUTOS SIGUIENTES A LA CULMINACIÓN DE LA HORA OTORGADA PARA RECIBIR POSTURAS, al correo electrónico: ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente y copias del mismo se entregan a la parte interesada para su publicación el día DOMINGO por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad, esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o la República. Una copia informal de la página del diario junto con la constancia en el que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberá allegarse EN FORMATO PDF al correo electrónico ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co antes de dar inicio a la subasta, así mismo se informa que el bien objeto de remate podrá ser mostrado por su secuestre, LAURA JULIANA PRADA RODRIGUEZ, quien puede ser ubicado Carrera 12 No. 200– 14, Torre 2 Apto 808 Mediterrane Royal de Floridablanca o en los teléfonos 3124241154 o 317401888. Tratándose de un proceso Ejecutivo con Garantía Real, en caso de que el ejecutante hiciere postura por cuenta del crédito debe hacerlo sobre el 100% del valor del bien en concordancia con lo establecido en el inciso segundo del numeral 5º del artículo 468 del Código General del Proceso. Las partes podrán consultar el proceso, el cual queda a su disposición, de forma virtual, pidiendo la autorización o enlace para su ingreso, al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Las partes y postores interesados en participar en la audiencia de manera virtual, deberán ingresar el día y hora indicado y dar clic en la siguiente secuencia: Página de la Rama Judicial – Publicaciones Procesales – Sección de Filtros en Despacho – digitar Juzgado 02 de Ejecución Civil Circuito de Bucaramanga – Publicaciones Procesales - Remates - pulsar o dar clic en el Link de audiencia que se muestra junto al radicado del proceso. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, será causal para no tener en cuenta la postura. El presente aviso se expide en la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, hoy treinta y uno (31) de enero de 2025. Cordialmente, Stella Mosquera Guevara Profesional Universitario Grado 12(Fact.P14906)
Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Juzgado Primero de Ejecución Civil Municipal EJECUTIVO. RADICACIÓN No. 680014003-013-2012-00642-01-X.J. DEMANDANTE. ASOCIACION DE COPROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO PRIMERA ETAPA. CONSTANCIA SECRETARIAL: Al Despacho de la señora Juez, informando que el apoderado de la parte ejecutante allega solicitud de “Fijar fecha y hora para realizar la audiencia de remate del bien inmueble que se encuentra embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso de la referencia. Para lo que estime proveer. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA. Bucaramanga, diez (10) de abril de dos mil veinticinco (2025). Vista la constancia secretarial que antecede, el Despacho en atención a lo reglado en el artículo 448 del C.G.P, encuentra procedente acceder a fijar fecha y hora para llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble con matrícula inmobiliaria No. 300-121595, ubicado en la Diagonal 15 con calle 45 Local No. 443 Bloque 31 Nuevo Centro Comercial Sanandresito Primera Etapa de Bucaramanga, debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/СТЕ ($18.727.500) de propiedad de la demandada CONSTRUCTORA COLOMBIA LTDA – CONSTRUCOL. Por lo expuesto, el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, RESUELVE: PRIMERO: DECRETA el REMATE del bien inmueble con matrícula inmobiliaria No. 300-121595, ubicado en la Diagonal 15 con calle 45 Local No. 443 Bloque 31 Nuevo Centro Comercial Sanandresito Primera Etapa de Bucaramanga, debidamente embargado, de propiedad de la demandada CONSTRUCTORA COLOMBIA LTDA CONSTRUCOL y el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CТЕ ($18.727.500). SEGUNDO: SEÑALAR la hora de las OCHO DE LA MAÑANA (08:00 am) del día DOCE (12) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) para llevar a cabo la Subasta, la cual se realizará de forma hibrida, esto es, de manera virtual por la plataforma o aplicación MS TEAMS y de forma presencial en los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad, según lo prefiera cada uno de los interesados en dicha subasta, de conformidad a lo expuesto en el Acuerdo PCSJA24-12185 del 27 de mayo de 2024. Se le indica a la parte ejecutante que una vez se verifique el cumplimiento de lo señalado en el Art. 450 del C.G.P, se procederá a generar el link correspondiente para acceder a la audiencia de remate, el cual les será remitido a las partes a los correos electrónicos indicados en el proceso. Se solicita que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores. La licitación iniciará a la hora indicada y no se cerrará sino transcurrida una hora. TERCERO: SEÑALAR como base de la licitación el 70% del avalúo, esto es, la suma de TRECE MILLONES CIENTO NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS M/CTE ($13.109.250); ADVIERTASE que, para admitir la postura, el interesado deberá consignar previamente el 40% del avalúo ($7.491.000). La postura deberá realizarse a nombre de la OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA y por cuenta de este proceso, por intermedio del Banco Agrario de Colombia S.A.- DEPÓSITOS JUDICIALES de esta ciudad. CUARTO: ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: (1) el contenido de este auto en su integridad; (ii) informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma MS TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual y de forma presencial en la sede de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co. micrositio web de este despacho- https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-01-de-ejecucion-civil-municipal-de-bucaramanga. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del bien inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. QUINTO: A cargo de la parte interesada (ejecutante), ELABÓRESE y PUBLIQUESE el AVISO DE REMATE con el lleno de las formalidades de que trata el artículo 450 del C. G. del P, en un diario de amplia circulación de esta localidad, que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO EL FRENTE. Adviértase a la parte actora que la publicación deberá hacerse el día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Dicha publicación, deberá allegarse de manera previa a la realización del remate (3 días de antelación), so pena de no llevarse a cabo la audiencia. SEXTO: INFÓRMESE que en el evento de que los bienes estén situados fuera del territorio del circuito a que corresponda el Juzgado en donde se adelanta el proceso, la publicación, ADEMÁS, deberá hacerse en un medio de comunicación que circule en el lugar donde estén ubicados. SÉPTIMO: REQUERIR a la parte actora para que allegue de manera previa a la realización del remate (3 días), CERTIFICADO RECIENTE DE TRADICIÓN Y LIBERTAD DEL INMUEBLE, esto es, con una fecha de expedición inferior a un (1) mes respecto del día contemplado en el numeral segundo de la presente providencia, a fin de establecer el estado jurídico actual del bien a rematar, so pena de no realizarse el remate. OCTAVO: Para efectos de lo señalado en el numeral 7 del Art. 455 del C.G.P, se REQUIERE igualmente a la parte actora y al secuestre para que informen al Despacho si el INMUEBLE a rematar cuenta con algún pendiente (impuestos, servicios públicos, cuotas de administración u otros). NOVENO: SE INSTA a la parte actora para con una antelación no inferior a siete (7) días previos a la fecha de realización de la audiencia de remate, allegue sus datos de contacto actuales, esto es, dirección, correo electrónico y números telefónicos. DÉCIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. DÉCIMO PRIMERO: SEÑALAR a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. DÉCIMO SEGUNDO: INDICAR a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J0lecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. De otra parte, se les indica a los interesados que podrán ingresar al siguiente link para que visualicen el video tutorial acerca del trámite de postura digital. https://www.ramajudicial.gov.co/web/oficina-de-ejecucion-civil-municipal-de-bucaramanga. DÉCIMO TERCERO: De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. DÉCIMO CUARTO: Teniendo en cuenta que el proceso de la referencia se encuentra digitalizado, se indica a las partes y a sus apoderados judiciales que a través del correo electrónico ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co podrán solicitar ante la Secretaría del Centro de Servicios el envío del link para el expediente digital. DÉCIMO QUINTO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que, sin excepción alguna, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, por lo tanto las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior a $21.352.500 y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea por qué no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar, su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes), el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto, obsérvese: NOTIFIQUESE, MARÍA PAOLA ANNICCHIARICO CONTRERAS Jueza. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL. DE BUCARAMANGA. Para NOTIFICAR a las partes el contenido del anterior auto, éste se anota en la Lista de ESTADOS No. 064 que se ubica en un lugar público de la secretaria de este Juzgado durante todas las horas hábiles del día 11 de Abril de 2025, Firmado Por. Maria Paola Annicchiarico Contreras. Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 001. Bucaramanga – Santander. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 75370b8df2714b893eec05f24ed60e7df9bed3af4748ae3a6869ab37aa61975f. Documento generado en 10/04/2025 02:20:47 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica.(Fact.P14976)
AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P) JUZGADO: PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. E-MAIL: j01ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO LA ROSITA PRIMERA ETAPA. DEMANDADO: CONSTRUCTORA COLOMBIA LTDA – CONSTRUCOL. RADICADO: 68001.40.03.013.2012.00642.01. PROCESO: EJECUTIVO. FECHA Y HORA REMATE: DOCE (12) DE JUNIO DE 2025, 8:00 a.m. PREDIO: BIEN INMUEBLE, LOCAL No. 443 BLOQUE 31 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA DE BUCARAMANGA, UBICADO EN LA DIAGONAL 15 CON CALLE 45 CENTRO COMERCIAL SAN ANDRESITO LA ROSITA DE BUCARAMANGA. IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-121595. AVALÚO: DIECIOCHO MILLONES SETECIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($18.727.500). BASE LICITACION (70%): TRECE MILLONES CIENTO NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS MCTE ($13.109.250). POSTURA (40%): SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL PESOS MCTE ($7.491.000) DEBERÁ REALIZARSE A NOMBRE DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA Y POR CUENTA DE ESTE PROCESO, POR INTERMEDIO DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. - DEPÓSITOS JUDICIALES DE ESTA CIUDAD. PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE: TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT. LINK ACCESO: EL LINK DE ACCESO A LA AUDIENCIA DE REMATE ESTARA PUBLICADO EN LA PÁGINA www.ramajudicial.gov.co. DATOS SECUESTRE: ISAÍ LEONARDO VELANDIA AFANADOR CONJUNTO PARALELA 150 TORRE 1 APTO 1509 FLORIDABLANCA 3183623704 isve52@gmail.com. IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC. No. 80.795.885 de Bogota TP. No. 168.221 del C.S. de la J. (Fact.P14976)
Rad. 68001-40-03-027-2021-00551-01. Ejecutivo Singular -C4. DEMANDANTE: ASOCIACIO DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO PRIMERA ETAPA. DEMANDADO: LUZ MARINA DURAN RODRIGUEZ. JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS. Bucaramanga, veintitrés (23) de abril de dos mil veinticinco (2025). 1. En memorial que antecede, el apoderado de la parte demandante solicita que se fije fecha y hora para la práctica de la diligencia de remate de la cuota parte del bien inmueble identificado con M.I. No. 300-121337 que le pertenece a la demandada LUZ MARINA DURAN RODRIGUEZ -Archivo No. 30 del C4-. Al respecto, sea lo primero indicar que vencido en silencio el término de traslado otorgado a la parte demandada para objetar el avaluó catastral y comercial aportado por el demandante, se dispondrá TENER como valor del bien inmueble identificado con M.I. No. 300-121337 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga el catastral incrementado en un 50% en la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($16.225.500) – Archivo 025 y 029 del C04-. Lo anterior, con fundamento en que es el avalúo que mayor valor le arroja al inmueble. 2. FIJAR como honorarios al perito avaluador RAFAEL RUBIO CARVAJALINO la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($800.000,oo M/Cte.), los cuales deberán ser sufragados en partes iguales por la parte demandante y demandada, por haber sido ordenado de oficio el respectivo avalúo. 3. Ahora bien, se tiene que, una vez revisado el presente trámite, se observa que el inmueble mencionado se encuentra embargado -Archivo No. 009 del C2-, secuestrado - Archivo No. 7 y 8 del C4- y avaluado, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, razón por la que resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. Así mismo, existe liquidación del crédito en firme -Archivo No. 008 del C3-. En atención a lo expuesto, se fija el once (11) de junio de dos mil veinticinco (2025) a las nueve de la mañana (09:00 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con M.I. No. 300-121337 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, ubicado en el NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA LOCAL #182 BLOQUE # 14 del Municipio de Bucaramanga (S), de propiedad de la demandada LUZ MARINA DURAN RODRIGUEZ C.C. 63.283.505; la cual fue avaluada en la suma de la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($16.225.500). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil. En consecuencia, el Juzgado Quinto Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, RESUELVE: PRIMERO: APROBAR el avaluó catastral del bien inmueble identificado con M.I. No. 300-121337 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, incrementado en un 50% en la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($16.225.500) – Archivo 025 y 029 del C04-. SEGUNDO: FIJAR como honorarios al perito avaluador RAFAEL RUBIO CARVAJALINO la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($800.000,oo M/Cte.), los cuales deberán ser sufragados en partes iguales por la parte demandante y demandada, por haber sido ordenado de oficio el respectivo avalúo.
TERCERO: FIJAR el once (11) de junio de dos mil veinticinco (2025) a las nueve de la mañana (09:00 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con M.I. No. 300-121337 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, ubicado en el NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA LOCAL #182 BLOQUE # 14 del Municipio de Bucaramanga (S), de propiedad de la demandada LUZ MARINA DURAN RODRIGUEZ C.C. 63.283.505; la cual fue avaluada en la suma de la suma de DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($16.225.500). Cabe destacar, que el secuestre del bien objeto de remate es el auxiliar de la justicia ISAÍ LEONARDO VELANDIA AFANADOR, quien puede ser ubicada en el Conjunto Paralela 150 Torre 1 Apto 1509 de Floridablanca (S). Tel: 318 362 3704 y correo electrónico isve52@gmail.com. Dicho remate se llevará a cabo en las instalaciones de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad. CUARTO: Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien inmueble ($11.357.850 M/Cte.), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo del predio ($6.490.200 M/Cte.), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. QUINTO: ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: (i) el contenido de este auto en su integridad; (ii) informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma MICROSOFT TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en las publicaciones procesales de este Juzgado en la página de la rama judicial con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página de la rama judicial, en el acápite de https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/portal/layout?p_l_id=6098928&p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_tipoCategoria=despacho&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idDespacho=8357071. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. SEXTO: ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. OCTAVO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J05ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. NOVENO: REQUERIR a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto, pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por MICROSOFT TEAMS, fijada en la fecha y hora señalada en el numeral 1º de este proveimiento. DÉCIMO: De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. DÉCIMO PRIMERO: Teniendo en cuenta que el proceso de la referencia se encuentra digitalizado, se indica a las partes y a sus apoderados judiciales que a través del correo electrónico ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. podrán solicitar ante la Secretaría del Centro de Servicios el envío del expediente digital. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Maria Del Pilar Morera Cuenca Juez Municipal Juzgado Municipal Ejecución 005 De Sentencias Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 13729fc742f8d87efa78a547631aa1c4bfaa4e6da598c46eedef4c59047c55af Documento generado en 23/04/2025 02:01:39 PM. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica(Fact.P14977)
AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P). JUZGADO: QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. E-MAIL: j05ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO LA ROSITA PRIMERA ETAPA. DEMANDADO: LUZ MARINA DURÁN RODRÍGUEZ. RADICADO: 68001.40.03.027.2021.00551.01. PROCESO: EJECUTIVO. FECHA Y HORA REMATE: ONCE (11) DE JUNIO DE 2025, 9:00 a.m. PREDIO: BIEN INMUEBLE, LOCAL No. 182 BLOQUE 14 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA DE BUCARAMANGA, UBICADO EN LA DIAGONAL 15 No. 45-198 CENTRO COMERCIAL SAN ANDRESITO LA ROSITA DE BUCARAMANGA. IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-121337. AVALÚO: DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($16.225.500). BASE LICITACION: (70%) ONCE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS MCTE ($11.357.850). POSTURA (40%): SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE ($6.490.200) DEBIENDOSE CONSIGNAR A FAVOR DEL PRESENTE PROCESO EN LA CUENTA DE DEPÓSITOS JUDICIALES No. 680012041802 DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA, CUYO TITULAR ES LA SECRETARÍA DEL CENTRO DE SERVICIOS DE LOS JUZGADOS CIVILES MUNICIPALES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE: TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT. LINK ACCESO : EL LINK DE ACCESO A LA AUDIENCIA DE REMATE ESTARA PUBLICADO EN LA PÁGINA www.ramajudicial.gov.co. EN EL ACÁPITE https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/portal/layout?p_l_id=6098928&p_p_id=co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_action=filterCategories&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_tipoCategoria=despacho&_co_com_avanti_efectosProcesales_PublicacionesEfectosProcesalesPortlet_INSTANCE_qOzzZevqIWbb_idDespacho=8357071. DATOS SECUESTRES: ISAÍ LEONARDO VELANDIA AFANADOR CONJUNTO PARALELA 150 TORRE 1 APTO 1509 FLORIDABLANCA 318623704 isve52@gmail.com. IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC. No. 80.795.885 de Bogotá TP. No. 168.221 del C.S. de la J. (Fact.P14977)
EJECUTIVO RADICACIÓN No.680014-003-005-2010-00546-01- X.J J1. DEMANDANTE: ASOCIACION DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO LA ROSITA. DEMANDADO: MARIA ANTONIA HERNANDEZ DE LOPEZ y ANA DELIA LOPEZ DE GUANTIVA. CONSTANCIA SECRETARIAL: Al Despacho de la señora Juez, informando que el apoderado de la parte ejecutante allega solicitud de “fijar fecha y hora para realizar la audiencia de remate del bien inmueble que se encuentra embargado, secuestrado y avaluado dentro del proceso de la referencia”. Para lo que estime proveer. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA. Bucaramanga, diez (10) de abril de dos mil veinticinco (2025). Vista la constancia secretarial que antecede, el Despacho en atención a lo reglado en el artículo 448 del C.G.P, encuentra procedente acceder a fijar fecha y hora para llevar a cabo la audiencia de remate del bien inmueble con matrícula inmobiliaria No. 300-121350, ubicado en el Local 197 Bloque 16 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198 Centro Comercial Sanandresito la Rosita de Bucaramanga, debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($24.678.000) de propiedad de las demandadas MARIA ANTONIA HERNANDEZ DE LÓPEZ y ANA DELIA LÓPEZ DE GUANTIVA. Por lo expuesto, el JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, RESUELVE: PRIMERO: DECRETA el REMATE del bien inmueble con matrícula inmobiliaria No. 300-121350, ubicado en el Local 197 Bloque 16 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198 Centro Comercial Sanandresito la Rosita de Bucaramanga, debidamente embargado, de propiedad de las demandadas MARIA ANTONIA HERNANDEZ DE LOPEZ y ANA DELIA LOPEZ DE GUANTIVA y el cual se encuentra debidamente embargado, secuestrado y avaluado en la suma de VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($24.678.000). SEGUNDO: SEÑALAR la hora de las OCHO DE LA MAÑANA (08:00 am) del día DIEZ (10) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICINCO (2025) para llevar a cabo la Subasta, la cual se realizará de forma hibrida, esto es, de manera virtual por la plataforma o aplicación MS TEAMS y de forma presencial en los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad, según lo prefiera cada uno de los interesados en dicha subasta, de conformidad a lo expuesto en el Acuerdo PCSJA24-12185 del 27 de mayo de 2024. Se le indica a la parte ejecutante que una vez se verifique el cumplimiento de lo señalado en el Art. 450 del C.G.P, se procederá a generar el link correspondiente para acceder a la audiencia de remate, el cual les será remitido a las partes a los correos electrónicos indicados en el proceso. Se solicita que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores. La licitación iniciará a la hora indicada y no se cerrará sino transcurrida una hora. TERCERO: SEÑALAR como base de la licitación el 70% del avalúo, esto es, la suma de DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE ($17.274.600); ADVIÉRTASE que, para admitir la postura, el interesado deberá consignar previamente el 40% del avalúo ($9.871.200). La postura deberá realizarse a nombre de la OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA y por cuenta de este proceso, por intermedio del Banco Agrario de Colombia S.A.- DEPÓSITOS JUDICIALES de esta ciudad. CUARTO: ANÚNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: (i) el contenido de este auto en su integridad; (ii) informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma MS TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual y de forma presencial en la sede de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio web de este Juzgado, con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co – micrositio web de este despacho https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-01-de-ejecucion-civilmunicipal-de-bucaramanga. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. , igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del bien inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. QUINTO: A cargo de la parte interesada (ejecutante), ELABÓRESE y PUBLÍQUESE el AVISO DE REMATE con el lleno de las formalidades de que trata el artículo 450 del C. G. del P 1, en un diario de amplia circulación de esta localidad, que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE. Adviértase a la parte actora que la publicación deberá hacerse el día domingo, con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Dicha publicación, deberá allegarse de manera previa a la realización del remate (3 días de antelación), so pena de no llevarse a cabo la audiencia. SEXTO: INFÓRMESE que en el evento de que los bienes estén situados fuera del territorio del circuito a que corresponda el Juzgado en donde se adelanta el proceso, la publicación, ADEMÁS, deberá hacerse en un medio de comunicación que circule en el lugar donde estén ubicados. SÉPTIMO: REQUERIR a la parte actora para que allegue de manera previa a la realización del remate (3 días), CERTIFICADO RECIENTE DE TRADICIÓN Y LIBERTAD DEL INMUEBLE, esto es, con una fecha de expedición inferior a un (1) mes respecto del día contemplado en el numeral segundo de la presente providencia, a fin de establecer el estado jurídico actual del bien a rematar, so pena de no realizarse el remate. OCTAVO: Para efectos de lo señalado en el numeral 7 del Art. 455 del C.G.P, se REQUIERE igualmente a la parte actora y al secuestre para que informen al Despacho si el INMUEBLE a rematar cuenta con algún pendiente (impuestos, servicios públicos, cuotas de administración u otros). NOVENO: SE INSTA a la parte actora para con una antelación no inferior a siete (7) días previos a la fecha de realización de la audiencia de remate, allegue sus datos de contacto actuales, esto es, dirección, correo electrónico y números telefónicos. DÉCIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi) anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. DÉCIMO PRIMERO: SEÑALAR a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civiles Municipales de Bucaramanga. DÉCIMO SEGUNDO: INDICAR a los postores que en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J01ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. De otra parte, se les indica a los interesados que podrán ingresar al siguiente link para que visualicen el video tutorial acerca del trámite de postura digital. https://www.ramajudicial.gov.co/web/oficina-de-ejecucion-civil-municipal-debucaramanga. DÉCIMO TERCERO: De conformidad con el inciso 3º del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. DÉCIMO CUARTO: Teniendo en cuenta que el proceso de la referencia se encuentra digitalizado, se indica a las partes y a sus apoderados judiciales que a través del correo electrónico ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co podrán solicitar ante la Secretaría del Centro de Servicios el envío del link para el expediente digital. DÉCIMO QUINTO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que sin excepción alguna, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, por lo tanto las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior a $21.352.500 y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea por qué no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar, su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes), el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto, obsérvese: NOTIFÍQUESE, MARÍA PAOLA ANNICCHIARICO CONTRERAS Jueza. JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA Para NOTIFICAR a las partes el contenido del anterior auto, éste se anota en la Lista de ESTADOS No. 064 que se ubica en un lugar público de la Secretaría de este Juzgado durante todas las horas hábiles del día 11 de Abril de 2025. Firmado Por: Maria Paola Annicchiarico Contreras Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 001 Bucaramanga – Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación:a036e5575c99c5e0a7400a3685116c659608fb9c54603bb1af4a8d0e597f546f. Documento generado en 10/04/2025 02:20:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica(Fact.P14975)
AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P) JUZGADO: PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA E-MAIL: j01ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, DEMANDANTE ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO LA ROSITA PRIMERA ETAPA DEMANDADO MARÍA ANTONIA HERNÁNDEZ DE LÓPEZ y ANA DELIA LÓPEZ DE GUANTIVA RADICADO 68001.40.03.005.2010.00546.01 PROCESO: EJECUTIVO. FECHA Y HORA REMATE DIEZ (10) DE JUNIO DE 2025, 8:00 a.m. PREDIO BIEN INMUEBLE, LOCAL No. 197, BLOQUE 16 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA DE BUCARAMANGA, UBICADO EN LA DIAGONAL 15 No. 45-198 CENTRO COMERCIAL SAN ANDRESITO LA ROSITA DE BUCARAMANGA. IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA No. 300-121350. AVALÚO: VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS MCTE ($24.678.000) BASE LICITACION (70%) DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($17.274.600). POSTURA (40%) NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE ($9.871.200) DEBERÁ REALIZARSE A NOMBRE DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMABGA POR CUENTA DE ESTE PROCESO, POR INTERMEDIO DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. - DEPÓSITOS JUDICIALES DE ESTA CIUDAD. PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT LINK ACCESO EL LINK DE ACCESO A LA AUDIENCIA DE REMATE ESTARA PUBLICADO EN LA PÁGINA www.ramajudicial.gov.co.MICROSITIO WEB https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-01-de-ejecucion-civil-municipal-de-bucaramanga. DATOS SECUESTRES ARMANDO MANRIQUE BOHORQUEZ CALLE 58 No. 4-40 INTERIOR 11 BUCARAMANGA 3153990859 / 6443411 armandomanrique54@gmail.com. ALEXI MARGOTH BLANCO MOLANO CARRERA 25 No. 35-16 TORRE 3 APTO 18-14 SAN LUCAS BARRIO ANTONIA SANTOS BUCARAMANGA 3112013624 blancolx@hotmail.com. IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC. No. 80.795.885 de Bogota TP. No. 168.221 del C.S. de la J. (Fact.P14975)