EDICTOS 09 DE OCTUBRE DE 2026

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de la sociedad conyugal y de la herencia del causante LUIS ANDRES FIGUEROA BAUTISTA, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 2.163.542, fallecido el día 31 de julio de 2.020, en Floridablanca (Santander); siendo Bucaramanga, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. El trámite notarial fue aceptado en esta Notaría mediante Acta Número 142 de fecha ocho (08) del mes de octubre de dos mil veintiséis (2.026). En cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto 902 de 1988 y el Artículo 626 del C.G.P, se fija el presente Edicto en lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación de esta capital y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fecha y se fija en Bucaramanga, el día nueve (09) de octubre de dos mil veintiséis (2.026) a las 8:00 a.m. El Notario Primero del Círculo de Bucaramanga JOHN MARCOS TORRES CABEZAS.

EDICTO N. 950 LA NOTARIA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA:  A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante HELI VESGA GOMEZ, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía numero 5.542.962 fallecido en Bucaramanga, el día diecinueve (19) de octubre de dos mil veinticinco (2025) siendo Bucaramanga el último domicilio del causante sucesión cuyo tramite se inició en esta notaria el día ocho (08) de octubre de dos mil veintiséis (2026) por ACТА 246, dando cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local siendo las 08:0 a.m. de hoy nueve (09) de octubre del año dos mil veintiséis (2026)- LA NOTARIA SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA.

EDICTО EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA:  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de la liquidación de sucesión intestada e ilíquida de la causante MARTHA CECILIA HERNANDEZ PEREZ (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 63.497.513 expedida en Bucaramanga, fallecida el día dieciocho (18) de Mayo del año dos mil veinticuatro (2024), siendo la ciudad de Bucaramanga el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 070 de fecha once (11) de Septiembre del año dos mil veintiséis (2026), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, once (11) de Septiembre del año dos mil veintiséis (2026), siendo las 7:45 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder).

EDICTО EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite de la liquidación de sucesión intestada e ilíquida del causante DAVID GOMEZ RUEDA (Q.E.P.D), quien se identificó en vida con la cédula de ciudadanía número 2.033.490 expedida en Bucaramanga, falleció el día 20 de septiembre de 1995, siendo la ciudad de Bucaramanga el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 072 de fecha once (11) de Septiembre del año dos mil veintiséis (2026), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, once (11) de Septiembre del año dos mil veintiséis (2026), siendo las 7:45 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder).

EDICTО EL SUSCRITO NOTARIO ONCE DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA-SANTANDER EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión intestada e ilíquida de la causante ANA INES MENDOZA DE ALVAREZ (Q.E.P.D), quien se identificaba con la cedula de ciudadanía número 27.654.296 de Cáchira, fallecida el día 18 de febrero de 2024, siendo la ciudad de Bucaramanga el lugar de su último domicilio; aceptando el trámite esta Notaría, mediante Acta número 088 de fecha siete (7) de octubre del año dos mil veintiséis (2026), se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación nacional y en una emisora del lugar, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar público de esta Notaría, por el término de diez (10) días hábiles. El presente edicto se fija hoy, ocho (8) de Octubre del año dos mil veintiséis (2026), siendo las 7:45 a.m. El Notario, FABIAN LEONARDO INFANTE CACERES Notario Once del Círculo de Bucaramanga (Sder)

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA:  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de las diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada del causante HERMES PEREZ PEREZ (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 5.638.114 expedida en Floridablanca, fallecido en el municipio de Floridablanca, el treinta (30) de marzo del año dos mil veintidós (2022), siendo su último domicilio al municipio de Floridablanca (Stder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta ciento veintidós (122) de fecha siete (07) de octubre del año dos mil veintiséis (2026), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy ocho (08) de Octubre del año dos mil veintiséis (2026), a las 7:30 am. LA NOTARIA, PAOLA LILLIANA MARIN NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE ZAPAТОСА, SANTANDER: EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto, en el trámite notarial de la sucesión intestada de los causantes, JUSTO PASTOR PIMIENTO SARMIENTO quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía 2.059.826, fallecido el día 8 de julio del 2007 y BARBARA GÓMEZ DE PIMIENTO, quien en vida se identificaba con cédula de ciudadanía 28.022.784 fallecida el día 26 de Marzo del 2019,, siendo el Municipio de Betulia, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus actividades Aceptado el trámite notarial respectivo en esta notaría mediante Acta número No 015 de los cinco (5) días del mes de Octubre del 2026 En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3º del decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988) y el artículo 589 del C. P.C. se fija el presente Edicto en lugar visible de esta notaría y se expide copia del mismo para su publicación por una vez en un periódico de amplia circulación y se difunde en una radiodifusora de la localidad. El presente Edicto se fecha y se fija al día 6 del mes de octubre de dos mil veintiséis (2026)., hora 7:00 A.M. EL NOTARIO OSCAR JULIAN SANABRIA OSPINO Notaría Única Encargada del Círculo de Zapatoca 

EDICTO  EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE SOCORRO – SANTANDER EMPLAZA:  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial Liquidación de Sucesión intestada de la Causante TERESA AVELLA DE PRODRIGUEZ (Q.E.P.D), quien falleció en el Municipio de Piedecuesta, Santander el 14 de Julio de 2026 y quien en vida se identificaba con la Cedula de Ciudadanía número 28.167.886, siendo el municipio de Socorro, Santander, el lugar donde tuvo su último domicilio y asiento principal de sus negocios.  Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 076 de fecha Siete (07) de Octubre del año Dos Mil Veintiséis (2026).  Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 902 de mayo 10 de 1988, y además se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija el Ocho (08) de Octubre del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 08:00 A.M. y se desfijará el Veintidós (22) de Octubre e del año Dos Mil Veintiséis (2026) a las 6:00 P.M. El Notario Segundo (E), PAOLA ANDREA MARQUEZ AYALA.

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE SOCORRO – SANTANDER EMPLAZA:  A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial Liquidación de Sucesión  Doble intestada de los Causantes JORGE ENRIQUE QUINTERO (Q.E.P.D), quien falleció en el Municipio de Socorro, Santander el 13 de Diciembre de 2018 y quien en vida se identificaba con la Cedula de Ciudadanía número 2.182.751 y LUCILA DIAZ DE QUINTERO (Q.E.P.D.), quien falleció en el Municipio de Simacota, Santander el día 09 de Octubre de 2016, y quien en vida se identificaba con la Cedula de Ciudadanía número 28.409.872, siendo el municipio de Socorro, Santander, el lugar donde tuvieron su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta número 077 de fecha Ocho (08) de Octubre del año Dos Mil Veintiséis (2026).  Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 902 de mayo 10 de 1988, y además se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija el Nueve (09) de Octubre del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 08:00 A.M. y se desfijará el Veintitrés (23) de Octubre e del año Dos Mil Veintiséis (2026) a las 6:00 P.M. El Notario Segundo (E), PAOLA ANDREA MARQUEZ AYALA.

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS:  LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA-Abogada Angélica Maria Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6 1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015 CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos.  Esta citación es con el objeto de informarle(s) que MARIA EDILIA CASTELLANOS DE DELGADO, ha (n) solicitado una licencia de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de DEMOLICIÓN OBRA NUEVA con un uso propuesto de Vivienda, radicada con el número 68276-1-26-0239 sobre el (los) predio (s) No 68276-01-04-0140-0003-000, ubicados en la CALLE 153E 22-18 Barrio VILLA ESPAÑA, del Municipio de Floridablanca, para LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN DEMOLICIÓN OBRA NUEVA PARA VIVIENDA MULTIFAMILIAR.   La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados permanecen cerrados.  Las objeciones y observaciones se deberán enviar correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com.,  acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer ver y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud

SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE LA OFERTA DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA. AUTO SAO.634.2026 - 07-10-2026 San Gil, 07 de octubre de 2026. Mediante radicado CAS No. 80.30.12626.2026 de 09 de julio de 2026, la señora PAULINA MUÑOZ DE DUARTE, identificada con cédula No. 37.885.974 de San Gil, allega Solicitud de permiso de PROSPECCIÓN Y EXPLORACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS, ubicado en el predio Villa Carola con matrícula inmobiliaria No. 319-91766, vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander, DISPONE: PRIMERO: ADMITIR la solicitud PERMISO DE PROSPECCIÓN Y EXPLORACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS ubicado en el predio Villa Carola con matrícula inmobiliaria No. 319-91766, vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander, lo cual incluye las siguientes actividades: Perforación Inicial, Inyección de Lodos de Perforación, Ampliación del Diámetro, Instalación del Ademe, Colocación de Rejillas o Filtros, Engravado y Desarrollo, Limpieza y Pruebas finales, ubicado en la vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander a nombre la señora PAULINA MUÑOZ DE DUARTE, identificada con cédula No. 37.885.974 de San Gil. SEGUNDO: DECLARAR iniciado el presente trámite de PERMISO DE PROSPECCIÓN Y EXPLORACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS ubicado en el predio Villa Carola con matrícula inmobiliaria No. 319-91766, vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander, lo cual incluye las siguientes actividades: Perforación Inicial, Inyección de Lodos de Perforación, Ampliación del Diámetro, Instalación del Ademe, Colocación de Rejillas o Filtros, Engravado y Desarrollo, Limpieza y Pruebas finales, ubicado en la vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander a nombre la señora PAULINA MUÑOZ DE DUARTE, identificada con cédula No. 37.885.974 de San Gil. en de TERCERO: PUBLICAR, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 Ley 99 1993 y demás normas ambientales vigentes, ESTA PROVIDENCIA DEBERÁ SER PUBLICADA un periódico de amplia circulación regional, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, cuya constancia deberá ser allegada a la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander -CAS-, para ser anexada al Expediente CAS 210.50.00153.2026. y así, continuar con el trámite correspondiente a la práctica de la visita técnica de inspección ocular y evaluación ambiental solicitud de PERMISO DE PROSPECCIÓN Y EXPLORACIÓN DE AGUAS SUBTERRÁNEAS ubicado en el predio Villa Carola con matrícula inmobiliaria No. 319-91766, vereda los Pozos, Municipio de San Gil, Santander, lo cual incluye las siguientes actividades: Perforación Inicial, Inyección de Lodos de Perforación, Ampliación del Diámetro, Instalación del Ademe, Colocación de Rejillas o Filtros, Engravado y Desarrollo, Limpieza y Pruebas finales. CUARTO: NOTIFICAR. Por la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander CAS, conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, NOTIFÍQUESE el contenido de la presente a la señora PAULINA MUÑOZ DE DUARTE, identificada con cédula No. 37.885.974 de San Gil, quien podrá ser ubicado en los contactos telefónicos: 3187069309, dirección carrera 10 No. 20-04, san gil Santander y correo electrónico movidumu@hotmail.com hará entrega de una copia de la presente providencia, dejando la respectiva constancia dentro del expediente CAS 210.50.00153.2026. Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. QUINTO: Contra lo dispuesto en la presente providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la ley 1437 de 2011. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE JOSÉ ALEJANDRO SILVA PERÉZ Subdirector de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana.