EDICTOS 09 DE AGOSTO DE 2026

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO PRIMERO DEL CIRCULO NOTARIAL DE MALAGA SANTANDER De conformidad con el articulo 3 del decreto 902 de 1988 EMPLAZA todas las personas que crean y prueben tener derecho a intervenir en el sucesorio de la señora: DIOCELINA DIAZ DELGADO, Identificada con cédula de ciudadanía número 63.391.062 de Málaga, fallecida en Málaga al 8 de Julio de 2023 para que lo hagan valer dentro de los diez (10) dias habiles y subsiguientes a la publicación en los distintos medios de comunicación y ante este despacho situado en Málaga. Este tramite se inició mediante acta número cero cero treinte y ocho (0038) de fecha cinco (5) de Agosto de 2026. Se fijará el presente Edicto el dia seis (6) de agosto de 2026 a 1ss 7:30 AM EL NOTARIO PRIMERO ABG, NELSON EDUARDO MORENO PRADA

EDICTО NOTARÍA ÚNICA DE EL CARMEN DE CHUCURI - SANTANDER Carrera 4ª # 2-63 EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE EL CARMEN DE CHUCURI (S) EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los Díez (10) días siguientes a las publicaciones del presente Edicto, en el trámite notarial de Sucesión Intestada y Liquidación de la Herencia del causante LUCAS ALMANZAR AYALA, IDENTIFICADO EN VIDA CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA NÚMERO 2.038.282, quien falleció el día 02 de Noviembre del año 2019 en El Carmen - Santander, siendo el asiento principal de sus negocios el Municipio de El Carmen de Chucuri - Santander. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 17 de fecha 03 de Agosto de 2026, se han presentado EDÉN CHAVEZ POSADA, RUTH GISELA ORTİZ CALDERÓN, PEDRO ELÍAS SANTAMARÍA ACUÑA, TOBÍAS SANTAMARÍA ACUÑA, en condición de cesionarios de los derechos hereditarios del causante LUCAS ALMANZAR AYALA. Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30. del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días hábiles. FIJADO: EL CUATRO (04) DE AGOSTO DE 2026 A LAS 8:00 A.M. DESFIJADO: EL DIECINUEVE (19) DE AGOSTO DE 2026 A LAS 5:00 Р.М. JOSÉ CAMILO REYES CÁRDENAS Notario Único del círculo de El Carmen de Chucuri- Santander

PRIMER EDICTO EL JUZGADO SEXTO DE FAMILIA DE BUCARAMANGA PROCESO RADICADO: 680013110006 2026 00396 00, DEMANDANTE: ROSALINA MONSALVE VANEGAS EMPLAZA A: ALCIDES DE JESÚS MONSALVE VANEGAS identificado con la cédula de ciudadanía número 91.003.248 de Bucaramanga. De quien se ignora su habitación y tuvo por último domicilio el municipio de Floridablanca Santander- para que dentro del termino del emplazamiento comparezca por si o mediante apoderado judicial a este despacho. Se previene además a quienes tienen noticias de ALCIDES DE JESÚS MONSALVE VANEGAS, se sirva comunicarlo oportunamente a esta agencia judicial, donde cursa un proceso de jurisdicción voluntaria de muerte presunta por desaparecimiento, a instancias de ROSALINA MONSALVE VANEGAS. El edicto debe ser publicado de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del artículo 97 del código civil, art. 108 y el numeral 2 del artículo 583 del código general del proceso, el cual deberá ser publicado un día domingo, en un periódico de amplia circulación nacional, (el espectador o el tiempo), igualmente en uno de amplia circulación en el último domicilio conocido del ausente (vanguardia liberal o el frente) y además en una radiodifusora con sintonía en el último domicilio conocido del ausente (colmundo radio o radio primavera); una vez acreditada en debida forma cada una de las publicaciones, secretaría procederá a incluirlas en el registro nacional de personas emplazadas. SOCORRO JEREZ VARGAS JUEZ

Consejo Seccional de la Judicatura de Santander JUZGADO PRIMERO (1) LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA  Correo electrónico: j01lcbuc@cendoj.ramojudicial.gov.co AVISO DE REMATE EL JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 450 CGP: HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO LABORAL SEGUIDO DEL ORDINARIO de radicación 680013105001-2021- 00449-01 seguido por MARTHA MARITZA MONCADA GOMEZ contra IVAN DARIO CHAMORRO SERRANO, mediante providencia proferida el veintinueve (29) de julio de dos mil veintiséis (2.026), se ha señalado la hora de las ocho de la mañana (08:00 a.m.), del día veintiséis (26) de agosto de dos mil veintiséis (2026), para llevar a cabo la diligencia de remate del avalúo del siguiente bien inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria No. 300-31149, denominado “LOTE LA FLORIDA” Corregimiento de San José de los Chorros, San Rafael, vereda El Papayal del municipio de Rionegro (Santander), de propiedad de IVAN DARIO CHAMORRO SERRANO, el cual fue avaluado en TRESCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL PESOS MCTE ($324.303.000) Secuestre: MARIELA DURAN SANTOS, identificada con C.C. 37.827.115. Será postura admisible la que cubra el valor de DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES DOCE MIL CIEN PESOS ($227.012.100) equivalente al 70% del avalúo del bien relacionado y postura hábil a quien consigne previamente a la orden de este Juzgado el CUARENTA POR CIENTO (40%) del mismo, en el Banco Agrario Oficina Principal de esta ciudad, sección depósito Judiciales, cuenta corriente No. 680012032001. La diligencia tendrá duración de una (1) hora. Para conocimiento del público en general, se fija en lugar visible y acostumbrado de la Secretaria del Juzgado AVISO DE REMATE por el término legal, a partir de hoy 11 de junio de 2026 siendo las 07:30 A.M, así mismo se publicará en el micrositio del Juzgado y se cargará en el expediente digital a disposición de la parte interesada para su publicación por una sola vez en un diario de la ciudad de amplia difusión y una radiodifusora local, con antelación no inferior a Diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o constancia de publicación del aviso, deberá de allegarse certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia. La audiencia de Remate se llevará a cabo de manera virtual, por ello, los interesados informarán dentro del memorial remisorio de la postura, la dirección de correo electrónico a la cual se le remitirá el link de acceso a la diligencia, al correo electrónico del Juzgado j01lcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, adjuntando la oferta en documento PDF con clave de acceso, de tal forma que no pueda verse el contenido del documento, hasta tanto se cuente con la contraseña, la cual el interesado hará saber al Juzgado en la diligencia programada.  LUZ MIREYA MEDINA VERA Secretaria.

AVISO DE REMATE

AVISO DE REMATE EL JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 450 CGP: HACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO LABORAL de radicación 680013105001-1996- 14625-01 acumulado al 680013105001-2000-00181-01 seguidos por LEONOR CÁRDENAS ARDILA (cesionaria) contra sucesión de los HEREDEROS DE ANTONIO VICENTE ARIZA PEÑUELA, mediante providencia proferida el veintinueve (29) de julio de dos mil veintiséis (2.026), se ha señalado la hora de la una y treinta de la tarde (01:30 p.m.), del día veinticinco (25) de agosto de dos mil veintiséis (2026), para llevar a cabo la diligencia de remate del avalúo del siguiente bien inmueble: Finca rural “El Niagara”, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 300-60383 ubicada en la región “Quebradas”, vereda San Jorge, municipio de Rionegro (Santander), de propiedad de Antonio Vicente Ariza Peñuela (Q. E. P. D.), avaluado en CUARENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE ($40.700.000). Secuestre: Norha Amorocho Suárez, identificada con C.C. 28.334.329 Será postura admisible la que cubra el valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($28.490.000) equivalente al 70% del avalúo del bien relacionado y postura hábil a quien consigne previamente a la orden de este Juzgado el CUARENTA POR CIENTO (40%) del mismo, en el Banco Agrario Oficina Principal de esta ciudad, sección depósito Judiciales, cuenta corriente No. 680012032001. La diligencia tendrá duración de una (1) hora. Para conocimiento del público en general, se fija en lugar visible y acostumbrado de la Secretaria del Juzgado AVISO DE REMATE por el término legal, a partir de hoy 6 de agosto de 2026 siendo las 2:30 P.M, así mismo se publicará en el micrositio del Juzgado y se cargará en el expediente digital a disposición de la parte interesada para su publicación por una sola vez en un diario de la ciudad de amplia difusión y una radiodifusora local, con antelación no inferior a Diez (10) días a la fecha señalada para el remate. Con la copia o constancia de publicación del aviso, deberá de allegarse certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia. La audiencia de Remate se llevará a cabo de manera virtual, por ello, los interesados informarán dentro del memorial remisorio de la postura, la dirección de correo electrónico a la cual se le remitirá el link de acceso a la diligencia, al correo electrónico del Juzgado j01lcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  adjuntando la oferta en documento PDF con clave de acceso, de tal forma que no pueda verse el contenido del documento, hasta tanto se cuente con la contraseña, la cual el interesado hará saber al Juzgado en la diligencia programada. RUTH HERNÁNDEZ JAIMES Secretaria PALACIO DE JUSTICIA VICENTE AZUERO PLATA CALLE 35 N° 11 – 12 PISO 3 OFICINA 339 ATENCION A PÚBLICO: LUNES A VIERNES 8 A.M – 4P.M. JORNADA CONTÍNUA CORREO ELECTRÓNICO: J01lcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. BUCARAMANGA – SANTANDER

AVISO DE REMATE. EL JUEZ, DEL JUZGADO 1 CIVIL MUNICIPAL DE BARRANCABERMEJA. HACE SABER. Que dentro del proceso EJECUTIVO DE MINIMA CUANTIA CON ACUMULADO, adelantado por la Sra. DORIS NEY SANCHEZ TABORDA Identificada con la CC N 37.938.169 Y LA SEÑORA: ROSA ELENA PLATA DIAZ identificada con la CC N°, 63.431.899, a través de apoderado judicial, CONTRA: BLANCA AURORA AMAYA SUÁREZ Identificada con la CC N° 28.015 302, SE HA DECRETADO EL REMATE DEL INMUEBLE de propiedad de la referida demandada, Para dichos efectos se hace saber al público los siguientes datos de conformidad con el Articulo. 450 del C.G.P. Fecha y Hora de la licitación:  EL 09 DE SEPTIEMBRE DEL 2026 a las nueve y media de la mañana (09:30 am). Bienes materia de remate:  El 100% del inmueble, identificado con el folio de matrícula 303-5884 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Barrancabermeja, predio urbano ubicado: ANTES CALLE 18 N. 73-22 / HΟΥ CARRERA 11 N° 59-11 del barrio "PUEBLO NUEVO” de Barrancabermeja, de propiedad de la demandada: BLANCA AURORA AMAYA SUÁREZ identificado con lo CC N°.28.015.302.  Avalúo del bien: el inmueble fue avaluado en la suma de CIENTO DOCE MILLONES, SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS ($112.737,00, ) MCTE. Base de la licitación SU 70%: SETENTA Y OCHO MILLONES, NOVECIENTOS QUINCE MIL.NOVECIENTOS PESOS (78.915.900) MCTE. Radicación expediente: 68-061-40-03-001- 2016-00658-00. Juzgado que hará el remate: JUZGADO 1 CIVIL MUNICIPAL de Barrancabermeja. Datos del secuestre que mostrara los bienes objeto de remate : "ADMINISTRAR SECUESTRES S.A.S NIT. 900609266-5 carrera 13 N. 35-10 oficina 1003 EDIFICIO EL PLAZA, TELEFONO 607 6564460-BUCARAMANGA. Porcentaje que debe consignarse para hacer la postura: El 40% del avalúo, a órdenes del juzgado 1. Civil Municipal de Barrancabermeja, en el Banco Agrario de Colombia que para este caso equivale a la suma de $ 45.094.000, MCTE, en la cuenta N 680812041001. La licitación se regirá por las disposiciones del C.G.P, se cerrará después de haber transcurrido una (1) hora, siendo la postura admisible la que cubra el setenta (70%) del avalúo y previa la consignación del porcentaje legal del cuarenta por ciento (40%) del mismo a órdenes de este juzgado, en la cuenta N". 680812041002 del Banco Agrario de Colombia, a fin de poder participar en la subasta. LA ENTREGA DE LOS SOBRE CONTENTIVOS DE LAS POSTURAS SE hará de manera física, AL JUZGADO, Informando para efectos de ser recibidos por un empleado judicial, conforme al Artículo 451 del C.G.P.; así mismo. las partes-apoderados-e interesados deberán informar al Juzgado, al menos con 02 días de anticipación a la feche del remate el CORREO ELECTRONICO, AL CUAL SE LE ENVIARÁ EL ENLACE CORRESPONDIENTE PARA PARTICIPAR EN LA DILIGENCIA DE SUBASTA PUBLICA: NO OBSTANTE LO ANTERIOR LA DILIENCIA DEL REMATE SE REALIZARÁ DE MANERA HIBRIDA: PRESENCIAL Y VIRTUAL mediante los medios de PLATAFORMA TEAMS. La parte actora, deberá ANUNCIAR EL REMATE MEADIANTE LA PUBLICACIÓN EN DIA DOMINGO, POR UNA SOLA VEZ, EN UN PERIÓDICO DE AMPLIA CIRCULACIÓN, CON UNA ANTELACIÓN NO INFERIOR A DIEZ (10) días a la fecha señalada para el remate; lo anterior para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 450 del C.G.del P. Así mismo, se ordena la inclusión de este auto en la sección de avisos a la comunidad y cronograma de diligencias el micrositio de este juzgado en el portal Web de la Rama Judicial, para mayor publicidad Las constancias anteriores deben ser remitidas al correo electrónico institucional del juzgado, junto con el certificado de tradición del inmueble expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la diligencia. BARRANCABERMEJA 26 DE MAYO DEL 2020 EL JUEZ, SAMIR SAAD RODRIGUEZ.

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos.  Esta citación es con el objeto de informarle(s) que LUCIA JIMENEZ LOPEZ, ha(n) solicitado un RECONOCIMIENTO EDIFICACIÓN en la modalidad de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN, con un uso propuesto de Institucional, radicada con el número 68276-1-26-0069, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-04-0214-0616-000, ubicado(s) en la LOTE 1 - ARANZOQUE CAÑAVERAL VERSALLES Barrio ARANZOQUE, del Municipio de Floridablanca, para: RECNOCIMIENTO DE EDIFICACION PARA USO INSTITUCIONAL. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com. acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.

 

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos.  Esta citación es con el objeto de informarle(s) que MARIA ALEJANDRA GARCIA SOLANO, ha(n) solicitado un RECONOCIMIENTO-CONSTRUCCIÓN en la modalidad de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN-AMPLIACIÓN-MODIFICACIÓN-REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL-DEMOLICION PARCIAL, con un uso propuesto de Vivienda, radicada con el número 68276-1-26-0124, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-03-0106-0039-000, ubicado(s) en la CARRERA 36 108-17 Barrio CALDAS, del Municipio de Floridablanca, para: RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN-MODIFICACIÓN-REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL-DEMOLICION PARCIAL PARA VIVIENDA. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com.  acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.

 CAS

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DE LA OFERTA DE LOS RECUROS NATURALES RENOVABLES DISPONIBLES, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA – SAO - AUTO SAO.373.2026 - 02/07/2026 San Gil, 02 de julio de 2026. Que, mediante Radicado CAS No. 80.30.6588.2026 del 26 de marzo de 2026, el señor CARLOS JULIO CAICEDO SANCHEZ, en calidad de Director General del GRUPO ENERGÉTICO DE SANTANDER S.A.S. E.S.P., identificado con NIT 901.177.989-7, allega a la Corporación Autónoma Regional de Santander - CAS, solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, en el predio denominado EL ENCANTO, ubicado en la vereda EL PESCADO, del municipio de SABANA DE TORRES, departamento de SANTANDER, con el fin de ejecutar el proyecto denominado "GENERACIÓN DISTRIBUIDA SOLAR FOTOVOLTAICA ENCANTO 1 Y 2". Por lo anterior se adjunta la siguiente documentación: DISPONE PRIMERO: Iniciar trámite a la solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, dentro del predio denominado EL ENCANTO, ubicado en la vereda EL PESCADO, del municipio de SABANA DE TORRES, departamento de SANTANDER, con el fin de ejecutar el proyecto denominado "GENERACIÓN DISTRIBUIDA SOLAR FOTOVOLTAICA ENCANTO 1 Y 2"; el cual, fue allegado por parte del GRUPO ENERGÉTICO DE SANTANDER S.A.S. E.S.P., identificado con NIT 901.177.989-7. SEGUNDO: Ordenar la práctica de una visita de inspección ocular, durante los días 03, 04 y 05 de julio de 2026, con el fin de realizar servicio de evaluación Ambiental a la solicitud de Aprovechamiento Forestal de Árboles Aislados, dentro del predio denominado EL ENCANTO, ubicado en la vereda EL PESCADO, del municipio de SABANA DE TORRES, departamento de SANTANDER, con el fin de ejecutar el proyecto denominado "GENERACIÓN DISTRIBUIDA SOLAR FOTOVOLTAICA ENCANTO 1 Y 2"; comisionando al Ing. Forestal Prof. Esp. SNEYDHER ALEXANDER RANGEL CAMACHO, para efectuar dicha visita y emitir el respectivo concepto técnico. TERCERO: La Corporación Autónoma Regional de Santander -C.A.S-, reconocerá el pago al Ing. Forestal Prof. Esp. SNEYDHER ALEXANDER RANGEL CAMACHO, la suma de UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($1.155.849,00) M/CTE por concepto de viáticos y la suma de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL PESOS ($ 136.000,00) M/CТE por concepto de transporte, para un total de UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS ($ 1.291.849,00) M/CTE, los cuales serán descontados de la constancia de pago realizada el 15 de abril de 2026, por un valor de CINCO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS ($ 5.250.977,00) M/CTE, como cumplimiento al Auto SAO.193.2026 del 14 marzo de 2026. CUARTO: Por la Subdirección de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la CAS, conforme al Artículo 67 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, notifíquese el contenido de la presente providencia al GRUPO ENERGÉTICO DE SANTANDER S.A.S. E.S.P., identificado con NIT 901.177.989-7, o quien haga sus veces, quién podrá ser contactado al número 3212368072, en los correos electrónicos jbarbosa@gesesp.com.co. Irodriquez@gesesp.com.co.  o en la dirección de notificación ubicada en la Cra 17 # 52-43 Bucaramanga Santander, a quien se le hará entrega de una copia, dejando la respectiva constancia dentro del Expediente CAS No. 210.10.00044.2026. Parágrafo: De no ser posible la notificación personal, se deberá notificar según lo señalado en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. QUINTO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 y 71 Ley 99 de 1993 y demás normas ambientales vigentes, ESTA PROVIDENCIA DEBERÁ SER PUBLICADA en un periódico de amplia circulación regional, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, cuya constancia deberá ser allegada a la Subdirección de la Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadana de la Corporación Autónoma Regional de Santander - CAS, para ser anexada al Expediente CAS No. 210.10.00044.2026. SEXTO: Contra la presente providencia no procede recurso alguno en virtud de lo dispuesto en el Artículo 75 de la Ley 1437 de 2011, del Código Contencioso Administrativo, por tratarse de un auto de trámite. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE, MONICA STELLA MONSALVE CAMACHO Subdirectora (E) de Administración de la Oferta de los Recursos Naturales Renovables Disponibles, Educación Ambiental y Participación Ciudadanía de la CAS.