EDICTOS 14 DE JUNIO DE 2026

AVISO DE REMATE EL JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 450 CGPHACE SABER: Que en el proceso EJECUTIVO LABORAL de radicación 680013105001-1996- 14625-01 acumulado al 680013105001-2000-00181-01 seguidos por LEONOR CÁRDENAS ARDILA (cesionaria) contra sucesión de los HEREDEROS DE ANTONIO VICENTE ARIZA PEÑUELA, mediante providencia proferida el dos (02) de junio de dos mil veintiséis (2.026), se ha señalado la hora  de las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), del día siete (07) de julio de dos mil veintiséis (2026), para llevar a cabo la diligencia de remate del avalúo del siguiente bien inmueble: Finca rural “El Niagara”, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 300-60383 ubicada en la región “Quebradas”, vereda San Jorge, municipio de Rionegro (Santander), de propiedad de Antonio Vicente Ariza Peñuela (Q. E. P. D.), avaluado en CUARENTA MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS MCTE ($40.700.000). Secuestre: Norha Amorocho Suárez, identificada con C.C. 28.334.329 Será postura admisible la que cubra el valor de VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL PESOS ($28.490.000) equivalente al 70% del avalúo del bien relacionado y postura hábil a quien consigne previamente a la orden de este Juzgado el CUARENTA POR CIENTO (40%) del mismo, en el Banco Agrario Oficina Principal de esta ciudad, sección depósito Judiciales, cuenta corriente No. 680012032001. La diligencia tendrá  duración de una (1) hora. Para conocimiento del público en general, se fija en lugar visible y acostumbrado de la Secretaria del Juzgado AVISO DE REMATE por el término legal, a partir de hoy 11 de junio de 2026 siendo las 07:30 A.M, así mismo se publicará en el micrositio del Juzgado y se cargará en el expediente digital a disposición de la parte interesada para su publicación por una sola vez en un diario de la ciudad de amplia difusión y una radiodifusora local, con antelación no inferior a Diez (10) días a la fecha señalada para el remate.  Con la copia o constancia de publicación del aviso, deberá de allegarse certificado de tradición y libertad del inmueble actualizado, expedido dentro de los cinco (5) días anteriores a la fecha prevista para la diligencia. La audiencia de Remate se llevará a cabo de manera virtual, por ello, los interesados informarán dentro del memorial remisorio de la postura, la dirección de correo electrónico a la cual  se le remitirá el link de acceso a la diligencia, al correo electrónico del Juzgado j01lcbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  adjuntando la oferta en documento PDF con clave de acceso, de tal forma que no pueda verse el contenido del documento, hasta tanto se cuente con la contraseña, la cual el interesado hará saber al Juzgado en la diligencia programada. LUZ MIREYA MEDINA VERA Secretaria

CORPORACIÓN COLEGIO SANTANDEREANO DE ABOGADOS Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición Autorizado para conocer los Procesos de Insolvencia de Persona Natural No Comerciante Res. No 1781 del 05 de diciembre de 2019 – Ministerio de Justicia y Derecho  -EMPLAZAMIENTO CORPORACIÓN COLEGIO SANTANDEREANO DE ABOGADOS Emplazar a los acreedores de la señora SONIA AMADO CASTRO, identificada con la cédula de ciudadanía número 37.944.233, quien ha presentado una solicitud de negociación de deudas radicada con el No.2026-080, con el objeto de normalizar sus relaciones crediticias y cuyo proceso fue admitido el día 4 de mayo del año 2026.  En consecuencia, y de conformidad a lo establecido del Código general del proceso y la ley 2445 del 2025 , SE EMPLAZA para que sea publicado por una (1) sola vez en un medio escrito de amplia circulación local o nacional y por lo menos dos (2) veces en medios de comunicación, y con ello, se EMPLACE a la señora GUILLERMINA MARIN ALVAREZ, y a todas las personas naturales o jurídicas, que se consideren acreedores de la  señora  SONIA AMADO CASTRO, identificada con la cédula de ciudadanía número 37.944.233.  Los acreedores, personas naturales o jurídicas, deberán asistir por el medio virtual a la audiencia de conciliación o debidamente representados. Los representantes Legales de personas jurídicas deberán acreditar su calidad con el respectivo certificado de existencia y representación legal expedido por el órgano competente. Es importante que a esta Audiencia se presente con las pruebas que pretenda hacer valer para el reconocimiento de la obligación a su favor. Se le solicita enviar su correo electrónico para informarle del enlace para acceder a la audiencia, al correo electrónico operinsolcolabo@gmail.com Atentamente; CLAUDIA JOHANNA SERRANO DUARTE Operadora de INSOLVENCIA Dirección: carrera 13 No.35-36 oficina 303 Edificio Júpiter de Bucaramanga

EJECUTIVO: 2017-00010-00 INFORME SECRETARIAL: Paso al Despacho de la señora Juez las presentes diligencias, informando respetuosamente que, venció el término de traslado de la liquidación de crédito presentada por el apoderado de la parte actora, quien, además, solicitó que se fije fecha pare remate; para lo que estime conveniente proveer. Tona, 13 de abril de 2026. Oscar Andrés Ramírez Barbosa Secretario JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL Tona, trece de abril de dos mil veintiséis Vista la solicitud que antecede, se tiene que, el apoderado de la parte demandante solicita se fije fecha y hora para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-339344. Por lo cual, una vez revisado el plenario, teniendo en cuenta que el inmueble mencionado se encuentra embargado, secuestrado y avaluado comercialmente, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. En atención a lo expuesto, se fija el día martes VEINTITRÉS (23) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026) A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-339344 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Bucaramanga, y en la Oficina de Catastro con el número 00-00-00-0013-0262-0-00-00-0000, de propiedad de la parte demandada ORLANDO HERRERA ANAYA, identificado con la CC. 13.814.915, bien que se encuentra ubicado en el Municipio de Tona, identificado como Lote 2, Finca La Acacias, que cuenta con un área de 8 hectáreas más 8.900 mtrs2, alinderado así: POR EL NORTE: Con Flor Ángela Cuadro Carvajal, y Albertina Cuadro. POR EL SUR: Con el Lote número 1. POR EL ORIENTE: Con Luis Rodolfo Rico Guevara. POR EL OCCIDENTE: Con Aurelio Cuadros. El cual fue avaluado comercialmente en la suma en la suma de CIENTO TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($103.900.000). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil; en la cuenta de Depósitos Judiciales No. 688202042001, del Banco Agrario de Colombia S.A., asignada para este Despacho. En consecuencia, el Juzgado Promiscuo Municipal de Tona, RESUELVE: PRIMERO: Fíjese para el día martes VEINTITRÉS (23) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026) A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-339344 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Bucaramanga, y en la Oficina de Catastro con el número 00-00-00-0013-0262-0-00-00-0000, de propiedad de la parte demandada ORLANDO HERRERA ANAYA, identificado con la CC. 13.814.915, bien que se encuentra ubicado en el Municipio de Tona, identificado como Lote 2, Finca La Acacias, que cuenta con un área de 8 hectáreas más 8.900 mtrs2, alinderado así: POR EL NORTE: Con Flor Ángela Cuadro Carvajal, y Albertina Cuadro. POR EL SUR: Con el Lote número 1. POR EL ORIENTE: Con Luis Rodolfo Rico Guevara. POR EL OCCIDENTE: Con Aurelio Cuadros. El cual fue avaluado comercialmente en la suma en la suma de CIENTO TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($103.900.000). SEGUNDO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se SURTIRÁ DE MANERA VIRTUAL, para lo cual se utilizará el aplicativo "Microsoft Tems”, al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, entre otros), el cual deberá contar con cámara y micrófono. TERCERO: Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, a favor del proceso de la referencia y a órdenes de este Juzgado, en la cuenta de depósitos judiciales número 6882020420001 del Banco Agrario de Colombia. Podrá hacerse postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. CUARTO: ADVIÉRTASE a la parte ejecutante que la elaboración y publicación del aviso de remate deberá realizarse por su cuenta, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso, adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia. Deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local. En la publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera virtual, a través de la plataforma Microsoft Tems, que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micrositio del Despacho - Remates 2025. Lo anterior, a fin de realizar el correspondiente control de legalidad. QUINTO: Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 7 de la Ley 2213 de 2022; y la Circular DESAJBUC 20 -138 del 1 de octubre del mismo año. I. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: i. INGRESO A LA SEDE JUDICIAL: Dando aplicación a la circular DESAJBUC20-138 del 1 de octubre del año en curso, emanada por la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santander, en concordancia con el artículo 14 del Acuerdo PCSJA20-11632 del 30 de septiembre de 2020, quien acredite su interés en la diligencia programada, deberá aportar al momento del ingreso a la sede judicial donde funciona este Despacho judicial: a. Su documento de identidad. b. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente. c. El sobre cerrado a que se refieren los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso. ii. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DEL SOBRE CERRADO: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado , en la secretaría de este Despacho, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. II. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LAS PARTES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Una vez señalada la fecha y hora para la diligencia de remate, se enviará al correo electrónico de las partes el enlace dispuesto para la audiencia correspondiente, siempre y cuando la dirección electrónica repose en el expediente, de lo contrario los extremos de la litis deberán elevar la correspondiente petición. III. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LOS POSTORES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Las personas que hayan constituido el correspondiente depósito judicial y que tengan interés en participar en la diligencia de remate deberán enviar un correo electrónico al buzón j01prmpaltona@cendoj.ramajudicial.gov.co, donde deberá tener en cuenta lo siguiente: i. ASUNTO: Deberá referenciar el asunto del correo electrónico única y exclusivamente así: "SOLICITUD DE ENLACE DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD 688204089001 -2017-00010-00”ii. ARCHIVOS A ADJUNTAR: Para que efectivamente el Despacho comparta el enlace al interesado en el remate, se tendrá que adjuntar al correo electrónico en formato PDF copia del documento de identidad de quien pretende hacer postura, siempre y cuando haya constituido el depósito judicial conforme lo establece el artículo 451 del Código General del Proceso. IV. PRESENTACION DE POSTURA DE MANERA VIRTUAL: I. Los interesados deberán presentar: 1-. La oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que se suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. 2. Copia del documento de identidad. 3. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 y SS del C.G.P. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 ibídem. II. La oferta deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j01prmpaltona@cendoj.ramajudicial.gov.co. en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente.III. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico ya indicado, que su participación en la audiencia es indispensable a efectos de que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta, en el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual al momento de abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la oferta. SEXTO: Adviértasele a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado correspondiente al bien secuestrado, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha, de la fecha fijada para la diligencia de Remate. SEPTIMO: Tanto la constancia de la publicación del aviso de la diligencia de remate como el certificado de libertad y tradición del bien, deberán remitirse antes de la hora señalada para la realización de la diligencia, al correo electrónico de este Despacho j01prmpaltona@cendoj.ramajudicial.gov.co. estableciendo como asunto del mensaje electrónico única y exclusivamente así: "ENTREGA DE PUBLICACIONES Y CERTIFICADOS PARA DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD 688204089001-2017-00010-00, SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DE LA DILIGENCIA DE REMATE. Para efectos de allegar el aviso, preferiblemente deberá remitirse el link del periódico donde se publicó o imagen clara y nítida del área o espacio en que aparece en la prensa. OCTAVO: APROBAR, la liquidación de crédito, presentada por el apoderado de la parte demandante; cuyo valor respecto a la obligación contenida en la Escritura Pública No. 1551 del 17 de abril de 2013, base de ejecución, correspondiente por intereses moratorios hasta el 30 de enero de 2026, la suma de CINCUENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($58.683.958); más capital por valor de DIECIOCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($18.000.000), para un total de SETENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($76.683.958); y con respecto al título valor letra de cambio, base de ejecución correspondiente por intereses moratorios hasta el 30 de enero de 2026, la suma de SEIS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($6.315.579), más capital de DOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000), para un total de OCHO MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/TE ($8.315.579). Obligaciones que ascienden a la suma de OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS M/CTE (86.999.537); sin incluir las costas procesales, toda vez que, no hacen parte del crédito que se ejecuta. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE ALIX YOLANDA REYES VASQUEZ JUEZ

AVISO DE REMATE AVISA: Que dentro del proceso EJECUTIVO radicado bajo el No. 68001-31-03-001-2014-00224-01 adelantado por TANIA GOMEZ MORENO contra JAIRO JEWEL AMAYA LAPORTE y MARIA MARTHA GUALDRON ROJAS, el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA, mediante Auto del 30/04/2026, teniendo en cuenta la solicitud de la parte demandante, por ser procedente y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 448 del C. G. de P., dado que se cumplen los requisitos, ha señalado la hora de las 09:00 A.M. del día QUINCE (15) DE JULIO DE 2026, para llevar a cabo el remate, el cual se realizará de forma virtual por la plataforma o aplicación MICROSOFT TEAMS; se solicita a los interesados en participar en la subasta, que estén conectados 15 minutos antes de la hora de la audiencia, con los medios tecnológicos idóneos (internet con buena capacidad, cámara y micrófono) así como en un sitio que permita la realización de la audiencia sin interferencias de ruido u otros distractores; del siguiente bien: Remate del bien inmueble identificado con la M.J. No. 300-294247, de la ORIP de Bucaramanga, ubicado en la Cra 1A #55A-37 Torre 10, Apto 501 Urbanización Centauros II. Ciudadela Real De Minas del Municipio de Bucaramanga, de propiedad de la demandada MARIA MARTHA GUALDRON ROJAS, avaluado en la suma de CIENTO CINCUENTА MILLONES SETECIENTOS MIL PESOS M/CTE ($150.700.000) La licitación comenzará a la hora indicada y se cerrará después de transcurrida una hora, siendo postura admisible la que cubra el 70% del avalúo, es decir, la suma de CIENTO CINCO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL PESOS M/CTE ($105.490.000). previa consignación del 40% del mismo avalúo, esto es, la suma de SESENTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($60.280.000). Estas sumas deberán ser consignadas en la cuenta N.° 68001-20-31-800 DE LA OFICINA DE EJECUCION CIVIL DEL CIRCUITO DE BUCARAMANGA, del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA de esta ciudad. Se advierte a los interesados que todo el que pretenda hacer postura, podrá hacerla dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del C.G.P. o, presentar las ofertas por medio de MENSAJE ELECTRÓNICO EN UN ARCHIVO EN FORMATO PDF PROTEGIDO POR CONTRASEÑA О CLAVE, dirigido al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA al correo electrónico: rematesj02eccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, la cual deberá contener, además de la oferta suscrita por el interesado, el depósito previsto en el artículo 451 del C.G.P., cuando fuere necesario. La oferta es irrevocable, LA CONTRASEÑA O CLAVE para abrir el archivo de la oferta o postura DEBERÁ enviarse ÚNICAMENTE DENTRO DE LOS DÍEZ (10) MINUTOS SIGUIENTES A LA CULMINACIÓN DE LA HORA OTORGADA PARA RECIBIR POSTURAS, únicamente al correo electrónico: rematesj02eccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Para los efectos del Art. 450 del C.G.P., se expide el presente y copias del mismo y se entregan a la parte interesada para su publicación el día DOMINGO por una vez con antelación no inferior a diez (10) días a la fecha del remate, en un periódico de amplia circulación en la localidad. esto es, Vanguardia Liberal, El Tiempo, El Frente o la República. Una copia informal de la página del diario junto con la constancia en el que se haya hecho la publicación y un certificado de tradición y libertad actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha indicada, deberá allegarse EN FORMATO PDF al correo electrónico ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co antes de dar inicio a la subasta, así mismo se informa que el bien inmueble objeto de remate podrá ser mostrado por su secuestre, ISAI LEONARDO VELANDIA AFANADOR quien se identifica con cédula de ciudadanía No. 1098605683 y puede ser ubicado a través del correo electrónico isve52@gmail.com o al número celular 3183623704. Si el presente proceso corresponde a un Ejecutivo con Garantía Real, en caso de que el ejecutante hiciere postura por cuenta del crédito debe hacerlo sobre el 100% del valor del bien en concordancia con lo establecido en el inciso segundo del numeral 5º del artículo 468 del Código General del Proceso. Las partes podrán consultar el proceso, el cual queda a su disposición, de forma virtual, pidiendo la autorización o enlace para su ingreso, al correo ofejccbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. La Oficina de Apoyo, realizará el agendamiento de la presente diligencia en la plataforma y/o aplicativo MICROSOFT TEAMS, lo antes posible y la publicará en la página de la rama judicial en la sección de publicaciones procesales de este Despacho denominada "Remates"1. Igualmente, la Oficina de Apoyo, realizará el agendamiento de la presente diligencia ante el CENDOJ o la correspondiente dependencia, lo antes posible. Las partes y postores interesados en participar en la audiencia de manera virtual deberán ingresar el día y hora indicado y dar clic en la siguiente secuencia: Página de la Rama Judicial - Publicaciones Procesales - Sección de Filtros en Despacho -digitar Juzgado 02 de Ejecución Civil Circuito de Bucaramanga - Publicaciones Procesales - Remates – pulsar o dar clic en el Link de audiencia que se muestra junto al radicado del proceso. NOTA: El incumplimiento de cualquiera de los anteriores requisitos, será causal para no tener en cuenta la postura. El presente aviso se expide en la Oficina de Apoyo para los Juzgados Civiles del Circuito de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga, hoy once (11) de mayo de dos mil veintiséis (2026). Cordialmente, Stella Mosquera Guevara Profesional Universitario Grado 12

Consejo Superior de la judicatura de Santander JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCION DE SENTENCIA DE BUCARAMANGA Rad. 68001-40-03-004-2015-00272-01 Ejecutivo Singular -C4 DEMANDANTE: JAIME ALBERTO MELENDEZ DIAZ DEMANDADO: LUIS ARMANDO BUSTACARA PRASCA JUZGADO QUINTO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS Bucaramanga, diez (10) de abril dos mil veintiséis (2026) En memorial que antecede, la apoderada de la parte demandante solicita que se fíje fecha y hora para la práctica de la diligencia de remate de la CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 7.67% del bien inmueble identificado con M.l. No. 300-32682 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga que le pertenece al demandado LUIS ARMANDO BUSTACARA PRASCA -Archivo No. 027 a 028 del C4-. Al respecto, se tiene que fue acreditado por la parte demandante que las anotaciones No. 4 y 5 que registran la constitución de una hipoteca y una anticresis en el folio de matrícula inmobiliaria No. 300-32682, fueron canceladas, razón por la que no hay lugar a citar al acreedor hipotecario. Es así que, una vez revisado el presente trámite, se observa que el inmueble mencionado se encuentra embargado -Archivo No. 028 del C4-, secuestrado - Archivo No. 043 del C5-, y avaluado -Archivo No. 026 del C4-, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, razón por la que resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. Así mismo, existe liquidación del crédito en firme -Archivo No. 017 del C1-. En atención a lo expuesto, se fija el ocho (8) de julio de dos mil veintiséis (2026) a las nueve de la mañana (09:00 A.M.) como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate de la CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 7.67% del bien inmueble identificado con M.L No. 300-32682 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, ubicado en la "CL 55 A #7 W-47" del Municipio de Bucaramanga, que le pertenece al demandado LUIS ARMANDO BUSTACARA PRASCA C.C. 91.272.482; el cual fue avaluado en la suma de la suma de VEINTITRÉS MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($23.012.991). Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil. En consecuencia, el Juzgado, RESUELVE: PRIMERO: ABSTENERSE de citar al acreedor hipotecario; con fundamento en lo expuesto sobre el particular en la parte motiva. SEGUNDO: FIJAR el ocho (8) de julio de dos mil veintiséis (2026) a las nueve de la mañana (09:00 A.M.). como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia de remate de la CUOTA PARTE EQUIVALENTE AL 7,67% del bien inmueble identificado con M.l. No. 300-32682 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, ubicado en la "CL 55 A #7 W-47" del Municipio de Bucaramanga, que le pertenece al demandado LUIS ARMANDO BUSTACARA PRASCA C.C. 91.272.482; el cual fue avaluado en la suma de la suma de VEINTITRÉS MILLONES DOCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($23.012.991) Cabe destacar, que el secuestre del bien objeto de remate es el auxiliar de la justicia ISAI LEONARDO VELANDIA AFANADOR, quien puede ser ubicada en el Conjunto Paralela 150 Torre 1 Apto 1509 de Floridablanca (S). Tel: 318 362 3704 y correo electrónico isve52@gmail.com Dicho remate se llevará a cabo en las instalaciones de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga ubicados en la carrera 12 No. 31-08 de esta Ciudad. TERCERO: Será postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien inmueble ($16.109.094 M/Cte.), previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo del predio ($9.205.196 M/Cte.), pudiéndose hacer postura dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del C.G.P., debiéndose consignar a favor del presente proceso el dinero respectivo para hacer postura en la cuenta de depósitos judiciales No. 680012041802 del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. CUARTO: ANUNCIESE el remate y llévese a publicación por la parte interesada bajo las formalidades de que trata el artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC1-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, en un diario de amplia circulación del municipio de Bucaramanga que puede ser VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE, lo cual deberá hacerse el día domingo. Se publicará: (i) el contenido de este auto en su integridad; (ii) informar que el remate del bien se llevará a cabo de manera virtual a través de la plataforma MICROSOFT - TEAMS que es uno de los medios tecnológicos puestos a disposición de este estrado por el Consejo Superior de la Judicatura para todas las actuaciones que deban realizarse de manera virtual; (iii) informar que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en las publicaciones procesales de este Juzgado en la página de la rama judicial con la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo; (iv) informar que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página de la rama judicial, en el acápite de https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/c/portal /layout?p I id=6098928&p p id=co com avanti efectosProcesales PublicacionesEfectosProcesalesPortlet INSTANCE qOzzZevqlWbb&p p Iifecycle=0&p p state=normaI& co com avanti efectosProcésales , PublicacionesEfectosProcesalesPortlet INSTANCE qOzzZevqIWbb actión=fi IterCategories& co com, avanti efectosProcesales PublicaciónesEfectosProcesalesPor tlet INSTANCE qOzzZevqlWbb tipoCategoria=despacho& co com avanti efectosProcesales PublicacionesEfectosProcesalesPortlet INSTANCE qOzzZevqlWbb idDespacho =8357071. La parte interesada deberá aportar copia del anuncio de remate publicado en el periódico de amplia circulación, el cual se remitirá de manera legible en formato PDF al correo de la Secretaría de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. igualmente se tendrá que allegar el certificado de tradición y libertad del inmueble objeto de subasta expedido dentro del mes anterior a la fecha prevista para la audiencia de remate. QUINTO: ADVIÉRTASELE a los postores que su oferta deberá contener como mínimo los siguientes requisitos: (i) presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital. legible y debidamente suscrita; (ii) identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura; (iii) indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura; (iv) señalar el monto por el que hace la postura; (v) si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT], nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; (vi] anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; (vii) allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; (viii) anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. SEXTO: ADVIÉRTASELE a los postores que la oferta debe remitirse de forma física o digital, legible y debidamente suscrita. En caso de presentarse la oferta de manera física, la misma se deberá radicar dentro del término previsto en la ley procesal ante la Secretaría del Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Bucaramanga. SÉPTIMO: ADVIÉRTASELE a los postores que, en caso de presentarse la oferta de manera digital, la misma deberá constar en un solo archivo digital en formato PDF, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. A su vez, dicha postura se deberá remitir dentro del tiempo determinado en la ley procesal y con los requisitos enunciados en este auto única y exclusivamente al siguiente correo electrónico: J05ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. Se le coloca de presente finalmente al postor digital que en la celebración de la audiencia virtual será necesaria su presencia, con el fin de que en su momento oportuno informe la contraseña reservada que abre la oferta digital. OCTAVO: REQUERIR a las partes intervinientes en el presente proceso, así como a sus apoderados judiciales que para efectos del mejor desarrollo de la audiencia programada dentro del término de la ejecutoria de la presente providencia deberán suministrar, si aún no lo han hecho, las direcciones de sus correos electrónicos, números de celular, números de teléfono fijo y dirección física actualizados, o corroborar o corregir los datos ya existentes al respecto, pues, será a dichas direcciones a donde se enviará el enlace para unirse a la audiencia virtual por MICROSOFT TEAMS. fijada en la fecha y hora señalada en el numeral 1 de este proveimiento. NOVENO: De conformidad con el inciso 3S del artículo 448 del C.G.P., no se adoptará ninguna medida tendiente a sanear el proceso, pues el mismo no se halla viciado de nulidad. DÉCIMO: Teniendo en cuenta que el proceso de la referencia se encuentra digitalizado, se indica a las partes y a sus apoderados judiciales que a través del correo electrónico ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co podrán solicitar ante la Secretaría del Centro de Servicios el envío del expediente digital. DÉCIMO PRIMERO: REQUERIR a la parte demandante para que allegue liquidación del crédito actualizada, en los términos en que lo dispone el Art. 446 del C.G.P. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Firmado Por: Mana Del Pilar Morera Cuenca Juez Municipal Juzgado Municipal Ejecución 005 De Sentencias Bucaramanga - Santander

 EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de los causantes EFRAIM SANTAMARIA MOSQUERA (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 2.063.628, fallecido en el municipio de Floridablanca, el catorce (14) de mayo del año dos mil cinco (2005), y EDELMIRA HERNANDEZ DE SANTAMARIA (Q.E.P.D) quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.037.534, fallecida en el municipio de Floridablanca, el veintiuno (21) de enero del año dos mil veintiséis (2026), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta número cincuenta y seis (56) de fecha once (11) de Junio del año dos mil veintiséis (2026), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) días. El presente EDICTO, se fija hoy doce (12) de Junio del año dos mil veintiséis (2026), a las 08:00 a.m. LA NOTARIA, PÁOLA LILIANA MARIN ORTIZ, NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER).

 

 

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación del presente edicto, en el trámite notarial de la liquidación sucesoral intestada de los causantes MANUEL GUILLERMO DUQUE LAGUADO (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 1.980.164, fallecido en el municipio de Bucaramanga, el trece (13) de diciembre del año dos mil seis (2006), y BLANCA MYRIAM SARMIENTO DE DUQUE (Q.E.P.D), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía número 27.780.636, fallecida en el municipio de Floridablanca, el veintiséis (26) de abril del año dos mil veintitrés (2023), siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca (Sder), aceptando el trámite respectivo en ésta Notaria mediante Acta número cincuenta y ocho (58) de fecha once (11) de Junio del año dos mil veintiséis (2026), y ordenando su publicación en un periódico y una emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3 del Decreto 902 de 1.988, además su fijación en un lugar visible de la Notaria por el término de diez (10) dias. El presente EDICTO, se fija hoy doce (12) de Junio del año dos mil veintiséis (2026), a las 08:00 a.m. LA NOTARIA, PÁOLA LILIANA MARIN ORTIZ, NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA (SDER).

 AVISO DE REMATE JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA – SANTANDER HACE SABER QUE: Que dentro del proceso EJECUTIVO DE ALMENTOS, Instaurado por la señora YAIRA ALEJANDRA CARVAJAL VALERO, identificada con la cedula de ciudadanía 1.095.935.729 de Girón - Santander, en contra del señor JOSE RAUL ALVAREZ MONTES,  identificado con la cedula de ciudadanía 1.098.676.279 de Bucaramanga, llevado bajo el radicado número 68276.40.03.001.2023-00625.00, mediante auto de fecha 10 de Febrero de 2026, el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, ordenó el remate del inmueble identificado y descrito como: APARTAMENTO 201 que hace parte del BIFAMILIAR AMAYA - P.H., ubicado en la carrera 22 número 39-23, con un área de 100.46 metros cuadrados, situado en el Barrio El Poblado, del Municipio de Girón - Santander, comprendido dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: en 6.22 metros aproximadamente con vacío que da al antejardín del Bifamiliar sobre la calle 40; POR EL SUR: en 6.22 metros aproximadamente con vacío que da sobre predios que son o fueron de URBANIZADORA DAVID PUYANA; POR EL ORIENTE: en 18.50 metros aproximadamente con vacío que da a zona verde; POR EL OCCIDENTE: en 18.50 metros aproximadamente, con vacío que da a propiedades que son o fueron de URBANIZADORA DAVID PUYANA S.A.; POR EL NADIR: con placa de entrepiso que lo separa del apartamento número 1; POR EL CENIT: en parte con zona de lavadero y en parte con placa de entrepiso para futura ampliación de apartamento y que sirve de cubierta al Bifamiliar. El inmueble se identifica con el Folio de Matricula Inmobiliaria 300-167831 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga y tiene cédula catastral número 010200100021901. PROPIEDAD HORIZONTAL: El BIFAMILIAR AMAYA del cual hace parte la unidad antes descrita fue sometido al régimen de propiedad horizontal mediante Escritura Pública No. 4420 del 30 de Octubre de 1989, otorgada en la Notaría Cuarta del Circulo de Bucaramanga, debidamente registrada. Cuenta con servicios públicos de acueducto alcantarillado energía eléctrica y gas natural. Que mediante auto de fecha 10 de Febrero de 2026, proferido por el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, se fijó fecha y hora para la diligencia de remate del inmueble antes mencionado, para el día 30 de Julio de 2026, a las 9:00 a.m. Que el inmueble se encuentra debidamente, embargado, secuestrado y que se remata, se encuentra avaluado en la suma de $200.000.000, de la cual será la base de licitación, el setenta por ciento (70%) de este valor, el cual será la suma de $140.000.000, de la cual se deberá consignar previamente el cuarenta por ciento (40%), es decir la suma de $80.000.000, a fin de poder participar en la diligencia de remate. El cuarenta por ciento 40% del valor para participar en la postura del remate, se deberá consignar a órdenes del JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, en la cuenta de depósitos judiciales del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA No. 682762042101 de la ciudad. La licitación comenzará en la hora señalada y no se cerrará si no transcurrido una hora.  La parte demandante deberá allegar el certificado de libertad y tradición expedido dentro del mes anterior a la fecha fijada para la subasta. El secuestre designado para el inmueble, es el señor ISAÍ LEONARDO VELANDIA AFANADOR, identificado con la cedula de ciudadanía No 1.098.605.683 de Bucaramanga, quien puede ser ubicado en la Autopista Floridablanca No.149-164 Torre 1 Apto 1509 Conjunto Paralela 150 del Municipio de Floridablanca - Santander, quien tiene como teléfono celular 3183623704 y correo electrónico Email: isve52@gmail.com, Así mismo los datos del apoderado de la parte demandante Dr. HELDER ENRIQUE MENDEZ ALVAREZ, Teléfono 607-6724788 y celular 300-8318864. Email: abg_mahe@hotmail.com y Dirección Carrera 13 No. 35-15 Of. 204 del Edificio Las Villas del municipio de Bucaramanga. La dirección de la sede del JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, es Carrera 10 No. 4-48 del Municipio de Floridablanca - Santander y correo electrónico Email: j01cmpalfloridablanca@cendoj.ramajudicial.gov.co. La diligencia de remate del bien antes mencionado, por virtud de lo previsto en artículo 450 del C.G.P y la Circular PCSJC21-26 del 17/11/2021 emanado por la Presidencia del Consejo Superior de la Judicatura, se llevará a cabo en las instalaciones del JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, en la Carrera 10 No. 4-48 del Municipio de Floridablanca – Santander y en virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera VIRTUAL, para lo cual se utilizará el aplicativo Teams, en el siguiente enlace:  https://teams.microsoft.com/v2/?meetingjoin=true#/l/meetup-join/19:meeting_MWEzYzVlODYtYmE0NC00NzAwLWJhMjgtYTA4YjlhYTI4YWIw@thread.v2/0?context=%7b%22Tid%22%3a%22622cba98-80f8-41f3-8df5-8eb99901598b%22%2c%22Oid%22%3a%22d774b6cf-805b-4ad2-8e0c-f4170f09d3a5%22%7d&anon=true&deeplinkId=ab159ad1-341d-45c4-bbef-22ee6926bfa6&launchAgent=join_launcher_web. Al que deberán acceder todos los interesados desde el equipo de su elección (computador, celular, Tablet, entre otros), el cual deberá contar con cámara y micrófono). Se informa a los interesados que quien quiera participar en el remate, que el expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micro sitio web del JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, que se podrán solicitar ante la SECRETARÍA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, el envío del expediente digital enviando dicha solicitud al correo electrónico: Email: j01cmpalfloridablanca@cendoj.ramajudicial.gov.co. , señalando la identificación del número de radicación del proceso, el nombre de las partes, el bien objeto de remate y el avalúo del mismo.  Se informa y advierte a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que los postores en sus ofertas, estas deberán contener como mínimo los siguientes requisitos: I. Presentarse en sobre cerrado físico o en forma digital, legible y debidamente suscrita. II. Identificar el bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. III. Indicar la cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. IV. Señalar el monto por el que hace la postura. V. Si es persona natural se deberá precisar el nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste y su dirección o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si es una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este; VI. Anexar copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días; VII. Allegar copia del poder y documento de identidad del apoderado que deberá ser abogado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado; VIII. Anexar la copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos previstos en el artículo 451 del Código General del Proceso. Presentación de la oferta.  Se advierte a los postores que la oferta presencial: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado, en ante la SECRETARÍA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL DE FLORIDABLANCA - SANTANDER, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso, de igual manera se advierte a los postores que en la celebración de la audiencia será necesaria su presencia.  Oferta virtual. El usuario deberá enviar en documento Word cifrado con contraseña al correo electrónico j01cmpalfloridablanca@cendoj.ramajudicial.gov.co. La contraseña será solicitada únicamente en la apertura de la subasta virtual. Este aviso se publicará, mediante la inclusión en un listado que se publicara el DIA DOMINGO, por una sola vez, con antelación no inferior a diez (10) días hábiles a la fecha para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación de la localidad, esto es, VANGUARDIA LIBERAL, EL TIEMPO o EL FRENTE o en una radiodifusora local., tal y como lo dispone el artículo 450 del C.G.P.

PROCESO: EJECUTIVO - MÍNIMA CUANTÍA. RADICADO No. 68001.40.03.012.2009.01194.01. DEMANDANTE: ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO TRA ETAPA. DEMANDADO: PEDRO JESÚS TOSCANO-ARTURO NEIRA PARRA. CUADERNO: MEDIDAS. UBICACIÓN: SGDE.  JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA.  Bucaramanga, quince (15) de mayo de dos mil veintiséis (2026). Vista la solicitud que antecede, se tiene que, el apoderado de la parte demandante solicita se fije fecha y hora para llevar a cabo diligencia de remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121282. Por lo cual, una vez revisado el plenario, teniendo en cuenta que el inmueble mencionado se encuentra embargado, secuestrado y avaluado, aunado a que para el momento no existen recursos pendientes de resolver, ni solicitudes de nulidad o de desembargo, resulta procedente la petición que precede, de conformidad con lo establecido en el artículo 448 del Código General del Proceso. En atención a lo expuesto, se fija el día JUEVES DOS (02) DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matricula inmobiliaria No. 300-121282, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de los demandados ARTURO NEIRA PARRA Y PEDRO JESÚS TOSCANO, el cual se encuentra ubicado en el local No. 126 Bloque 11 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198, avaluado en la suma CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671,500), Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, como lo reza el artículo 451 del Estatuto Procesal Civil. En consecuencia, el Juzgado Segundo de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga. RESUELVE.  PRIMERO: FIJAR el día JUEVES DOS (02) DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) A LAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), como fecha y hora para llevar a cabo la diligencia remate del bien inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 300-121282, de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga, de propiedad de los demandados ARTURO NEIRA PARRA Y PEDRO JESÚS TOSCANO, el cual se encuentra ubicado en el local No 126 Bloque 11 Nuevo Centro Comercial Primera Etapa Diagonal 15 No. 45-198, avaluado en la suma CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($14.671.500). SEGUNDO: En virtud de lo previsto en la Ley 2213 de 2022, en concordancia con el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso, la subasta se surtirá de manera virtual, para lo cual se utilizará el aplicativo "TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT, al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, entre otros), el cual deberá contar con cámara y micrófono. TERCERO: Se tendrá como base de la licitación el setenta por ciento (70%) del avalúo del bien embargado. Quien pretenda hacer postura en la subasta deberá consignar previamente en dinero el cuarenta por ciento (40%) de dicho avalúo, a favor del proceso de la referencia y a órdenes de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, en la cuenta de depósitos judiciales número 680012041802 del Banco Agrario de Colombia. CUARTO: ADVIERTASE a la parte ejecutante que la elaboración y publicación del aviso de remate deberá realizarse por su cuenta, conforme a lo previsto en el artículo 450 del Código General del Proceso, adicionando la información que aquí se establece sobre el trámite de la diligencia. Deberá ser publicado por una vez, con antelación no inferior a DIEZ (10) DÍAS a la fecha señalada para la subasta, en uno de los periódicos de amplia circulación de la ciudad o en una radiodifusora local previo a la fecha y hora señaladas, la publicación deberá remitirse de manera legible en formato PDF enviarse al correo institucional ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  en la misma deberá observarse claramente la fecha en que se realizó. En la publicación se deberá indicar que la audiencia se efectuará de manera virtual, a través del link que estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micro-sitio del Despacho -Remates 2026. Lo anterior, a fin de realizar el correspondiente control de legalidad. QUINTO: Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 7 de la ley 2213 de 2022. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN SOBRE CERRADO: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: INGRESO A LA SEDE JUDICIAL: Quien acredite su interés en la diligencia programada, deberá aportar al momento del ingreso a la sede judicial donde funciona este Despacho judicial: a. Su documento de identidad. b. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente. c. El sobre cerrado a que se refieren los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso. OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DEL SOBRE CERRADO: Deberá radicar físicamente el sobre cerrado, en la secretaría de la Oficina de Servicios de los Juzgados de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga, dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o en la oportunidad señalada en el artículo 452 del Código General del Proceso. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LAS PARTES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Una vez señalada la fecha y hora para la diligencia de remate, se enviará al correo electrónico de las partes el enlace dispuesto para la audiencia correspondiente, siempre y cuando la dirección electrónica repose en el expediente, de lo contrario los extremos de la litis deberán elevar la correspondiente petición. SOLICITUD DEL ENLACE PARA QUE LOS POSTORES PARTICIPEN EN LA AUDIENCIA: Las personas que hayan constituido el correspondiente depósito judicial y que tengan interés en participar en la diligencia de remate deberán enviar un correo electrónico al buzón j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  donde deberá tener en cuenta lo siguiente: i. ASUNTO: Deberá referenciar el asunto del correo electrónico única y exclusivamente así: "SOLICITUD DE ENLACE DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J12-2009-01194-01. ii. ARCHIVOS A ADJUNTAR: Para que efectivamente el Despacho comparta el enlace al interesado en el remate, se tendrá que adjuntar al correo electrónico en formato PDF copia del documento de identidad de quien pretende hacer postura, siempre y cuando haya constituido el depósito judicial conforme lo establece el artículo 451 del Código General del Proceso. PRESENTACION DE POSTURA DE MANERA VIRTUAL: I. Los interesados deberán presentar: 1. La oferta de forma digital debidamente suscrita con una clave personal que sólo debe conocer el oferente y que se suministrará en el desarrollo de la audiencia virtual cuando lo indique el juez. 2. Copia del documento de identidad. 3. Copia del comprobante de depósito para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 y SS ibidem. Lo anterior a fin de garantizar los principios de transparencia, integridad y autenticidad, consagrados en el parágrafo del artículo 452 del Código General del Proceso. II. La oferta deberá remitirse única y exclusivamente, al correo electrónico j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. en los términos de los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. Se itera que dicho documento debe ser digital con clave asignada por el oferente. III. Advertir a los interesados en adquirir el bien subastado que remitan la postura al correo electrónico ya indicado, que su participación en la audiencia es indispensable a efectos de que suministren la contraseña del archivo digital que contenga la oferta, en el evento en que el postor no se encuentre presente en la audiencia virtual al momento de abrir los archivos digitales, o no suministre la contraseña del archivo digital, se tendrá por no presentada la oferta. SEXTO: Adviértasele a la parte demandante que deberá allegar el certificado de tradición y libertad actualizado correspondiente al bien secuestrado, expedido dentro de los TREINTA (30) DÍAS anteriores a la fecha. SÉPTIMO: Tanto la constancia de la publicación del aviso de la diligencia de remate como el certificado de libertad y tradición del bien, deberán remitirse antes de la hora señalada para la realización de la diligencia, al correo electrónico de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bucaramanga ofejcmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co.  estableciendo como asunto del mensaje electrónico única y exclusivamente así: "ENTREGA DE PUBLICACIONES Y CERTIFICADOS PARA DILIGENCIA DE REMATE EJECUTIVO RAD J12-2009-01194-01". SO PENA DE QUE EL JUZGADO SE ABSTENGA DE HACER APERTURA DEL REMATE. Para efectos de allegar el aviso, preferiblemente deberá remitirse el link del periódico donde se publicó o imagen clara y nítida del área o espacio en que aparece en la prensa. La publicación y el certificado de tradición, deberán allegarse de manera previa a la realización del remate con tres (03) días de antelación, so pena de no llevarse a cabo la diligencia. OCTAVO: PONER EN CONOCIMIENTO de las partes y de los posibles postores la Circular PCSJC21-15 del 8 de julio de 2021, mediante la cual se indica que sin excepción alguna, las sumas iguales o superiores a 15 SMLMV, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, por lo tanto las posturas que sean consignadas por un monto igual o superior y que no sean tenidas en cuenta en la audiencia de remate, bien sea porque no se realice la misma o no sea la postura seleccionada para la adjudicación del bien a rematar su devolución se hará efectiva una vez se aporte la certificación de vigencia de la cuenta bancaria (no superior a un mes), el nombre del titular, correo electrónico y teléfono celular de contacto, obsérvese: 5. Pago con abono a cuenta Todas las órdenes y autorizaciones de pago de cualquier concepto de depósitos judiciales, en procesos judiciales de todas las especialidades y jurisdicciones, se harán únicamente a través del acceso seguro dual al Portal Web Transaccional de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia, por los administradores de las cuentas judiciales y en los horarios laborales hábiles. En este entendido, los titulares de las cuentas únicas judiciales y los responsables de la administración de los depósitos deben hacer uso de la funcionalidad "pago con abono a cuenta", disponible en el Portal Web, siempre que el beneficiario tenga cuenta bancaria y haya solicitado el pago de su depósito por ese medio. De todas maneras, sin excepción, las sumas iguales o superiores a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes, deberán siempre ser tramitadas a través de la funcionalidad de pago con abono a cuenta, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y el Banco Agrario de Colombia generarán un procedimiento para establecer los requisitos, protocolos y mecanismos que aseguren que los pagos por este medio sean seguros, eficaces y viables. NOTIFIQUESE y CÚMPLASE, NUBIA STELLA ARÉVALO GALVÁN. JUEZ. Firmado Por: Nubia Stella Arevalo Galvan. Juez Juzgado Municipal De Ejecución Civil 002  Bucaramanga – Santander. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12. Código de verificación: ca08a9b1938db93cdc5f8dfb24de8ba592e1c62c74450f47b4b8b97fddedc011. Documento generado en 14/05/2026 12:24:04 PM. 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AVISO DE REMATE (ART. 450 C.G.P). JUZGADO SEGUNDO CIVIL MUNICIPAL DE  DE EJECUCION DE SENTENCIAS DE BUCARAMANGA. E-MAIL  j02ecmbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co. DEMANDANTE           ASOCIACIÓN DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL SANANDRESITO PRIMERA ETAPA. DEMANDADO PEDRO JESÚS TOSCANO                                                                                                                                                                                         ARTURO NEIRA PARRA. RADICADO     68001.40.03.012.2009.01194.01. PROCESO     EJECUTIVO. FECHA Y HORA REMATE            DOS (02) DE JULIO DE 2026,  08:30 a.m. PREDIO        BIEN INMUEBLE IDENTIFICADO CON MATRÍCULA INMOBILIARIA 300-121282 DE LA OFICINA DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE BUCARAMANGA, EL CUAL SE ENCUENTRA UBICADO EN EL LOCAL No. 126 BLOQUE 11 NUEVO CENTRO COMERCIAL PRIMERA ETAPA DIAGONAL 15 No. 45-198. AVALÚO    CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($14.671.500). BASE LICITACION (70%)           DIEZ MILLONES DOSCIENTOS SETENTA MIL CINCUENTA PESOS MCTE ($10.270.050).  POSTURA (40%)   CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS PESOS MCTE ($5.868.600)                                                         CONSIGNAR A FAVOR DEL PROCESO DE LA REFERENCIA Y A ÓRDENES DE LA OFICINA DE EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA, EN LA CUENTA DE DEPÓSITOS JUDICIALES NÚMERO 680012041802  DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A.  PLATAFORMA PARA REALIZAR REMATE     TEAMS PREMIUM DE MICROSOFT. AUDIENCIA        VIRTUAL.  LINK ACCESO EL LINK QUE ESTARÁ PUBLICADO EN LA PÁGINA:                                                                   WWW.RAMAJUDICIAL.GOV.CO.  EN EL MICROSITIO DEL DESPACHO-REMATES 2026.  DATOS SECUESTRE            JAVIER GIOVANNY RODRÍGUEZ RUEDA                                                                                                                                            Calle 37 No. 26-15                                                                                                                                                                                       3192583387 / 3233996672                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          javiror17@gmail. IVAN DARIO GOMEZ FONSECA CC. No. 80.795.885 de Bogotá TP. No. 168.221 del C.S. de la J.