EDICTOS 26 DE JUNIO DE 2026

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE BARICHARA - SANTANDER. EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial de la Liquidación Sucesoral intestada de la causante MARIA ANGELINA PARRA DE DIAZ Y/O ANGELINA PARRA DE DIAZ, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 27.986.435, fallecida en Barichara Santander, el 10 de Octubre de 2024, siendo el municipio de Barichara (Sder.) su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número nueve (09) del 25 de Junio de 2026, se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3º, del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy, viernes veintiséis (26) de Junio de dos mil veintiséis (2026), a las 08:00 de la mañana. Fecha de desfijación: Viernes 10 de Julio dos mil veintiséis (2026), a las 04:30 de la tarde. LA NOTARIA UNICA, DRA. SONIA ESMERALDA ARIZA GUERRERO.

EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE BARICHARA – SANTANDER EMPLAZA: A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial de la Liquidación Sucesoral intestada de la causante EDILSA LANCHEROS CHAPARRO, quien en vida se identificó con la Cédula de Ciudadanía No. 37.886.141, fallecida en San Gil Santander, el 03 de Mayo de 2026, siendo el municipio de Barichara (Sder.) su ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en esta Notaría, mediante acta número ocho (08) del 25 de Junio de 2026, se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación y en la emisora local, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 3°, del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría, por el término de diez (10) días.El presente edicto se fija hoy, viernes veintiséis (26) de Junio de dos mil veintiséis (2026), a las 08:00 de la mañana. Fecha de desfijación: Viernes 10 de Julio dos mil veintiséis (2026), a las 04:30 de la tarde. LA NOTARIA UNICА, DRA. SONIA ESMERALDA ARIZA GUERRERO

EDICTO LA NOTARIA PRIMERA DEL CIRCULO DE EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto, dentro del tramite notarial de liquidación de la herencia de LUIS ENRIQUE BARRIOS PEÑA, identificado(a)(s) con cédula(s) de ciudadanía 5.703.536, quien(es) falleció(eron) el 20 de abril de 2023 en Bucaramanga Santander Piedecuesta, Santander, fue el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. el trámite se aceptó en esta notaria mediante acta numero-041- 2026 del 24 de junio de 2026. se ordena la publicación de este edicto en un periódico de amplia circulación y en una radiodifusora de la ciudad, en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 30 del decreto 902 de 1988, ordenándose, además, su fijación en un lugar visible de la notaria por el termino de diez (10) dias. PIEDECUESTA, 25 DE JUNIO DE 2026. LA(EL) NOTARIA(O)(E). Dra. YURLEY NATALY FINO PINEDA Notaria Primera Encargada según Resolución No. 111 de fecha 22 de Junio de 2026, expedida por la Alcaldía Municipal de Piedecuesta.

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MOGOTES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, en el Trámite Notarial LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA E ILIQUIDA Y LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL POR CAUSA DE MUERTE del causante RUBEN DE JESUS GUTIERREZ ARGUELLO (Q.E.P.D) quien en vida se identificaba cedula de ciudadanía número 1.100.221.165, y quien falleciera en Mogotes, Santander, el día treinta y uno (31) de agosto del dos mil veintitrés (2023), y quien al momento de su deceso tenía como domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Mogotes, Santander; Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 17 de fecha veinticinco (25) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de Mayo Diez (10) del año Mil Novecientos Ochenta у Ocho (1.988), modificado por el Decreto 1729 del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1.989). Para efectos del Artículo 490 del Código General del Proceso en concordancia con en el Artículo 3 del citado Decreto se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles, dentro de los cuales pueden intervenir los interesados y dentro del mismo se expidan copias para su publicación y difusión en un periódico de amplia circulación Nacional y en una Emisora con cubrimiento en la región. El presente Edicto se fija el día veintiséis (26) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), siendo las Siete y Treinta de la Mañana (7.30 a.m.). EL NOTARIO, EDWIN RAMON RINCON AYALA

EDICТO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MOGOTES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, en el Trámite Notarial LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA E ILIQUIDA Y LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL POR CAUSA DE MUERTE de la causante MARIA ISABEL VELANDIA DE RAMIREZ (Q.E.P.D) quien en vida se identificaba cedula de ciudadanía número 28.251.089, y quien falleciera en Mogotes, Santander, el día diecisiete (17) de marzo del dos mil veintiséis (2026), y quien al momento de su deceso tenía como domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Mogotes, Santander; Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 16 de fecha veinticuatro (24) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de Mayo Diez (10) del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1.988), modificado por el Decreto 1729 del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1.989). Para efectos del Artículo 490 del Código General del Proceso en concordancia con en el Artículo 3 del citado Decreto se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles, dentro de los cuales pueden intervenir los interesados y dentro del mismo se expidan copias para su publicación y difusión en un periódico de amplia circulación Nacional y en una Emisora con cubrimiento en la región. El presente Edicto se fija el día veinticinco (25) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), siendo las Siete y Treinta de la Mañana (7.30 a.m.). EL NOTARIO, EDWIN RAMON RINCON AYALA

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO ÚNICO DEL CÍRCULO DE MOGOTES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los Diez (10) días siguientes a la publicación del presente Edicto en un periódico de amplia circulación a nivel nacional, en el Trámite Notarial LIQUIDACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTADA E ILIQUIDA Y LIQUIDACION SOCIEDAD CONYUGAL POR CAUSA DE MUERTE de la causante GERTRUDIS CASTAÑO DE SIERRA (Q.E.P.D) quien en vida se identificaba cedula de ciudadanía número 2.170.029, y quien falleciera en San Joaquín, Santander, el día veinte (20) de agosto de mil novecientos ochenta y dos (1982); y quien al momento de su deceso tenía como domicilio y asiento principal de sus negocios el municipio de Mogotes, Santander; Aceptando el trámite respectivo en esta Notaría, mediante Acta Número 15 de fecha veinticuatro (24) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3 del Decreto 902 de Mayo Diez (10) del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1.988), modificado por el Decreto 1729 del año Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1.989). Para efectos del Artículo 490 del Código General del Proceso en concordancia con en el Artículo 3 del citado Decreto se ordena su fijación en lugar visible de esta Notaría por el término de Diez (10) días hábiles, dentro de los cuales pueden intervenir los interesados y dentro del mismo se expidan copias para su publicación y difusión en un periódico de amplia circulación Nacional y en una Emisora con cubrimiento en la región. El presente Edicto se fija el día veinticinco (25) de junio del año Dos Mil Veintiséis (2.026), siendo las Siete y Treinta de la Mañana (7.30 a.m.). EL NOTARIO, EDWIN RAMON RINCON AYALA

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE FLORIDABLANCA - EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite notarial de la la LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL Y SUCESIÓN INTESTADA del causante, EVARISTO MEDRANO MARTINEZ, fallecido el 7 de mayo de 2006 en el Municipio de Piedecuesta - Santander, identificado en vida con la cédula de ciudadanía número 1.603.225 expedida en Neiva y PAULINA ESCANDON DE MEDRANO, fallecida el 22 de mayo de 2026 en Bucaramanga-Santander, identificada en vida con la cédula de ciudadanía número 29.087.466 expedida en Cali, de estado civil casados, siendo su ultimo domicilio el municipio de Floridablanca. Igualmente se liquida la sociedad conyugal entre los causantes. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta cuarenta (40) del veinticinco (25) de junio de dos mil veintiséis (2026), en cumplimiento de lo expuesto en el articulo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias, asi como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 7:38 am del dia veinticinco (25) de junio de dos mil veintiséis (2026). ALVARO JULIAN TAVERA SALAZAR NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE FLORIDABLANCA - EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite notarial de la la LIQUIDACION DE LA SUCESIÓN INTESTADA del causante, señor JOSÉ IVÁN HURTADO HIDALGO, identificado en vida con C.C. No. 13.806.741 de Bucaramanga, falleció en Floridablanca (Santander) el (14) de mayo del (2023), siendo el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, falleció siendo soltero sin unión marital de hecho. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta treinta y ocho (38) del veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026), en cumplimiento de lo expuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) dias, asi como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local. Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 7:38 am del día veinticuatro (24) de junio de dos mil veintiséis (2026). ALVARO JULIAN TAVERA SALAZAR NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE FLORIDABLANCA

EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CIRCULO DE SOCORRO SANTANDER  EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, dentro de los (10) días siguiente a la publicación del presente Edicto en el periódico, en el Trámite Notarial Liquidación de Sucesión doble intestada de los causantes RUFINO RIBEROS RINCÓN QUIEN ES EL MISMO RURINO RIVEROS RINCON Y/O RUFINO RIVERO RINCON (Q.E.P.D.) quien falleció en el Municipio de Soacha, Cundinamarca el día 17 de Septiembre de 2022, y quien en vida se identificaba con la Cedula de Ciudadanía número 2.104.087 y LEONOR RINCON DE RIVERO (Q.E.P.D.), quien falleció en la Ciudad de Barrancabermeja, Santander el día 06 de Enero de 2008, y quien en vida se identificaba con la Cedula de Ciudadanía número 28.418.294, siendo el Municipio de Socorro, Santander, el lugar donde tuvieron su último domicilio y asiento principal de  sus negocios; Aceptado el trámite en esta Notaria, mediante Acta número 038 de fecha Veinticuatro (24) de Junio del año Dos Mil Veintiséis (2026). Se ordena la publicación de este Edicto en un periódico de amplia circulación y en la Emisora de la localidad, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3o. Del Decreto 902 de mayo 10 de 1988, y además se ordena su fijación en lugar visible de esta notaria por el término de Diez (10) días. El presente Edicto se fija el Veinticinco (25) de Junio del año Dos Mil Veintiséis (2026), siendo las 08:00 A.M. y se desfijará el Nueve (09) de Julio del año Dos Mil Veintiséis (2026) a las 6:00 P.M.  El Notario Segundo, JUAN DAVID MEJIA CATAÑO

EDICTO N. 549 EL NOTARIO SÉPTIMO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada del causante CARLOS ALONSO PRADILLA GOMEZ, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía numero 13.836.505 fallecido en BUCARAMANGA -SANTANDER EL DÍA TREINTA Y UNO (31) DE ENERO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021) SIENDO BUCARAMANGA el último domicilio del causante. sucesión cuyo trámite se inició en esta notaría el día VEINTIDÓS (22) DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISÉIS (2026) POR ACTA 130. Dando cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaría de la notaría por el término de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy VEINTITRÉS (23) DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS (2026). EL NOTARIO, HECTOR ELIAS ARIZA VELASCO

EDICTO N. 524 LA NOTARIA SÉPTIMA(E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante STELLA DEL ROSARIO SILVA AYUBE, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía numero 51.658.659 fallecida en Piedecuesta -Santander el dia ocho (08) de mayo de dos mil veintiséis (2026) siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. sucesión cuyo tramite se inicio en esta notaria el día once (11) de junio de dos mil veintiséis (2026) por acta 125. dando cumplimiento a lo dispuesto en el decreto numero 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el articulo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaria por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy doce (12) de junio del año dos mil veintiséis (2026) LA NOTARIA (E), ELIZABETH MANCIPE PICO

EDICTO EL NOTARIO OCTAVO DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, en el tramite notarial de liquidación de la herencia en la sucesión iliquida e intestada del(la) causante BERNARDA PRADA DE ESTEVEZ, quien en vida se identificó con cédula de ciudadanía número 27.954.524 de Bucaramanga, y falleció en Bucaramanga, Santander. el dia quince (15) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016). el trámite notarial fue aprobado en esta notaria mediante acta número cero cuarenta y seis (046) de fecha veinticinco (25) de junio del año dos mil veintiséis (2026). en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3. del decreto numero 902 de 1988, modificado por el artículo 2 del decreto 1849 de 1989, se fija el presente edicto en lugar visible de esta notaria por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique por una vez en un periódico de amplia circulación de esta ciudad y se difunda en una radio difusora de la localidad. el presente edicto se firma en Bucaramanga, a los veinticinco (25) dias del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026) y se fija el día veintiséis (26) del mes de junio del año dos mil veintiséis (2026) a las siete y media de la mañana (7:30 α.m.). EL NOTARIO, CESAR AUGUSTO BEDOYA BEDOYA NOTARIA OCTAVA (8) DE BUCARAMANGA NOTARIO.

REPUBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE GUACA SANTANDER EDICTO EMPLAZATORIO Mediante orden proferida en audiencia preliminar celebrada por este Despacho Judicial el día 18 de junio de 2026, dentro de la actuación identificada con el código único de investigación No. 68001600016020140553400, que se adelanta por el delito de FABRICACIÓN, TRAFICO Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO O MUNICIONES, se dispuso dar aplicación al artículo 127 del C.P.P, y EMPLAZAR mediante EDICTO, a JOSE MANUEL MENDEZ JAIMES, identificado con cédula de ciudadanía No. 13.863.017 de Guaca, Santander, en aras de informarle que se encuentra requerido por el JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE GUACA, SANTANDER y por la FISCALÍA PRIMERA SECCIONAL DE MÁLAGA, SANTANDER para ser vinculado a la aludida investigación. Este EDICTO se fija por el término de cinco (5) días hábiles y se publica en un medio radial y prensa de cobertura local, a cuyo término el Juez competente, declarará persona ausente al referido indiciado, designándole abogado defensor adscrito al sistema de Defensoría Pública, quien lo asistirá y representará en todas las actuaciones y con quien se surtirán los avisos o notificaciones a que haya lugar. Se fija hoy miércoles 24 de junio de 2026, siendo las 8:00am y se desfijará el miércoles 1 de julio de 2026, a las 4:00pm. Guaca, 24 de junio de 2026. JHON ANDERSON MORENO Secretario.

 

VECINOS COLINDANTES

COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS: LA CURADORA URBANA No. 1 DE FLORIDABLANCA – Abogada Angélica María Maldonado Velasco, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos. Esta citación es con el objeto de informarle(s) que WILLIAN VERA VERA, ha(n) solicitado un RECONOCIMIENTO-CONSTRUCCIÓN en la modalidad de RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN-AMPLIACIÓN-REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL-MODIFICACIÓN DEMOLICIÓN PARCIAL, con un uso propuesto de Vivienda, radicada con el número 68276-1-25- 0294, sobre el(los) predio(s) No. 68276-01-01-0106-0025-000, ubicado(s) en la CARRERA 5 42- 20 Barrio LOS LAGOS, del Municipio de Floridablanca, para: RECONOCIMIENTO DE EDIFICACIÓN Y LICENCIA DE CONSTRUCCION EN LA MODALIDAD DE AMPLIACION - MODIFICACION - DEMOLICIÓN PARCIAL - REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL PARA VIVIENDA. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o permanecen cerrados. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud.