EDICTOS 09 DE AGOSTO DE 2024
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA ÚNICA DEL CÍRCULO DE GIRON SANTANDER.EMPLAZA a todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes de la publicación del presente edicto, en la liquidación Notarial de la sucesión INTESTADA del (la) causante ALVARO REY RAVELO, quien en vida se identificaba con la cédula de ciudadanía número 13.819.822, fallecido(a) en el municipio de Bucaramanga, Departamento de Santander, el día VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL NUEVE (2.009), siendo el municipio de Girón, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios, Aceptado el trámite respectivo mediante acta No. 55 de fecha seis (06) de Agosto de dos mil veinticuatro (2.024). Para los efectos del artículo 490 del C.G.P., en concordancia con el Art. 3o. del Decreto 902 de 1.988, se fija este edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días y copia del mismo se entrega al apoderado para su publicación en periódico de amplia circulación y en radiodifusora local. Girón, 06 de Agosto de 2.024. La Notaria, Dra. NOHEMI BARRERA ABRIL NOTARIA UNICA DEL CIRCULO DE GIRON.(Fact.B14756)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO UNICO DEL CÍRCULO DE SABANA DE TORRES EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir en el trámite notarial de liquidación de herencia del causante JAIME RINCON GOMEZ, fallecido el día veinticuatro (24) de diciembre de dos quince (2015) en el municipio de Barrancabermeja, Santander cuyo trámite se inició en esta Notaría el día ocho (08) del mes de agosto de dos mil veinticuatro (2024) mediante Acta número 020 en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 490 del C.G.P., se fija el presente edicto en un lugar visible de esta Notaría por el término de diez (10) días y se expide copia del mismo para que se publique por una vez en un periódico de amplia circulación nacional y se difunda en una radiodifusora de la localidad. El presente edicto se fija en Sabana de Torres, a los ocho (08) días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), siendo las 12:14 de la tarde. Victor Alfonso Camargo Noreña Notario Único del circulo de Sabana de Torres(Fact.P12025)
EDICTO NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del Edicto en el periódico, en el trámite notarial DE LA SUCESION INTESTADA Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL DEL CAUSANTE FABIO NIEVES HERNANDEZ (Q.E.P.D.), QUIEN EN VIDA SE IDENTIFICABA CON LA CÉDULA DE CIUDADANIA. No. 91.293.659, FALLECIDO EL DíA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Aceptado el trámite respectivo, en esta Notaría, conforme al Acta 128 DE FECHA CINCO (05) DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2.024), se ordena la publicación de este Edicto en el periódico y en la Radio difusora local, en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 3, Del Decreto 902 de mil novecientos ochenta y ocho (1988), ordenándose además su fijación en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy SEIS (06) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2.024), siendo las (7:30 A.M). Este Edicto durará fijado hasta las 6:00 PM del día VEINTE (20) DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2.024). DANIT MENDOZA DIAZ, NOTARÍA PRIMERA ENCARGADA DE BARRANCABERMEJA.(Fact.B14749)
EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión de la causante LUCY STELLA CAMPO COLEY, para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, realicen las actuaciones pertinentes para hacerse parte dentro del trámite. La causante, LUCY STELLA CAMPO COLEY, se identificó con la cédula de ciudadanía número 63.463.046 expedida en Barrancabermeja, su último domicilio y asiento principal de negocios fue el municipio de Barrancabermeja y falleció en Piedecuesta (Santander), el dieciséis (16) de julio de 2.024. Aceptado el trámite de sucesión en esta Notaría mediante Acta NO 51 del cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024), se ordena la publicación de este edicto en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3 0 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024) siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO SEGUNDO, JOSE JAVIER RODRIGUEZ LUNA. (Fact.B14751)
EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión del causante LIBARDO BOHORQUEZ, para que dentro de los diez (1O) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, realicen las actuaciones pertinentes para hacerse parte dentro del trámite. El causante, LIBARDO BOHORQUEZ, se identificó con la cédula de ciudadanía número 5.588.522 expedida en Barrancabermeja, su último domicilio y asiento principal de negocios fue el municipio de Barrancabermeja y falleció en Barrancabermeja (Santander), el cuatro (04) de septiembre de 2.020. Aceptado el trámite de sucesión en esta Notaría mediante Acta NO 50 del cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024), se ordena la publicación de este edicto en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024) siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO SEGUNDO, JOSE JAVIER RODRIGUEZ LUNA. (Fact.B14747)
EDICTO EL NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BARRANCABERMEJA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, en el trámite notarial de liquidación de la sucesión y sociedad conyugal de la causante LUCILA ISABEL DE LA OSSA DE ORTIZ, para que dentro de los diez (1O) días siguientes a la publicación del presente edicto en el periódico, realicen las actuaciones pertinentes para hacerse parte dentro del trámite. La causante, LUCILA ISABEL DE LA OSSA DE ORTIZ, se identificó con la cédula de ciudadanía número 28.015.361 expedida en Barrancabermeja, su último domicilio y asiento principal de negocios fue el municipio de Barrancabermeja y falleció en Barrancabermeja, el primero (01) de abril de 2.021. Aceptado el trámite de sucesión en esta Notaría mediante Acta NO 49 del cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024), se ordena la publicación de este edicto en el periódico y en la radiodifusora local en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 30 del Decreto 902 de 1.988, ordenándose además su fijación en lugar visible de la notaría por el término de diez (10) días. El presente edicto se fija hoy seis (06) de agosto de dos mil veinticuatro (2.024) siendo las 7:30 a.m. EL NOTARIO SEGUNDO, JOSE JAVIER RODRIGUEZ LUNA. (Fact.B14750)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite notarial de liquidación de la herencia y liquidación de la sociedad conyugal del (la) (los) Causante(s) HERSILIA REYES DE ARENAS, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 27.952.427, fallecido(a)(s) el dos (02) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) en Bucaramanga (Santander), siendo el Municipio de Bucaramanga, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta número setenta y cuatro (074) del cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días, así como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local. Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 07:00 am del seis (06) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) EL NOTARIO SEGUNDO DE BUCARAMANGA, CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMENEZ(Fact.P12022)
EDICTO EL SUSCRITO NOTARIO SEGUNDO DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho para intervenir en el trámite notarial de liquidación de la herencia y liquidación de la sociedad conyugal del (la) (los) Causante(s) ESPERANZA ACEVEDO DE PIMIENTO, quien se identificaba en vida con la cédula de ciudadanía número 37.832.968, fallecido(a)(s) el treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticuatro (2024) en Floridablanca (Santander), siendo el Municipio de Bucaramanga, el lugar de su último domicilio y asiento principal de sus negocios. Aceptado el trámite respectivo en este Despacho Notarial, mediante Acta número setenta y cinco (075) del cinco (05) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 902 de 1988, se ordenó la fijación del presente edicto en lugar visible de la Notaría por el término de diez (10) días, así como su publicación en un diario de circulación Nacional y su difusión por una vez en una radiodifusora local. Se ordena expedir copia del presente edicto para su publicación en prensa y radio. El presente edicto se fija en lugar visible de este despacho, a las 07:00 am del ocho (08) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) EL NOTARIO SEGUNDO DE BUCARAMANGA, CARLOS ENRIQUE VALDIVIESO JIMENEZ(Fact.P12023)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de la liquidación notarial de la sucesión intestada de los causantes BENJAMIN CACERES DIAZ, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 2.014.901, quien falleció en Rionegro -Santander el día 10 de Enero del año 2002, conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Registraduría Municipal del Estado Civil de Rionegro, inscrito bajo el Indicativo Serial No 04625584 y EVELIA SUAREZ DE CÁCERES, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 28.244.280 quien falleció en Floridablanca- Santander el día 28 de Mayo del año 2014, conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaría Primera del Círculo de Floridablanca, inscrita bajo el Indicativo Serial No 07093881 siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga - Departamento de Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 156 de fecha 06 de Agosto de 2.024, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los seis (06) días del mes de Agosto del año 2024, siendo las 8:00 a.m. LA NOTARIA, Margarita López Cely NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. (Fact.P12026)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de la liquidación notarial de la sucesión intestada del causante AUGUSTO FONRODONA PUYANA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 3.322.328, quien falleció en Bucaramanga el día 06 de Septiembre del año 2013, conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaría Octava del Círculo de Bucaramanga, inscrito bajo el Indicativo Serial No 08507530 siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga - Departamento de Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 157 de fecha 06 de Agosto de 2.024, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los Seis (06) días del mes de Agosto del año 2024, siendo las 8:00 a.m. LA NOTARIA, Margarita López Cely NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. (Fact.P12027)
EDICTO LA SUSCRITA NOTARIA TERCERA DEL CÍRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto; respecto al trámite de la liquidación notarial de la sucesión intestada de la causante LUZ STELLA SANDOVAL FERREIRA, quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía Número 63.350.863 expedida en Bucaramanga, quien falleció en Bucaramanga, Santander el día 09 de Junio del año 2005, conforme consta en el Registro Civil de Defunción expedido por la Notaría Segunda del Círculo de Bucaramanga, inscrita bajo el Indicativo Serial No 4978777, siendo su último domicilio y asiento principal de sus negocios la ciudad de Bucaramanga - Departamento de Santander. Aceptado el trámite respectivo mediante ACTA No. 159 de fecha 06 de Agosto de 2.024, se ordena la publicación del presente EDICTO en el Periódico y Radiodifusora local que determinen los interesados en cumplimiento de lo ordenado por el Artículo Tercero (3) Numeral Tercero (3) del Decreto 902 de 1988, ordenándose además su fijación en un lugar visible de la Notaría por el término de Diez (10) días. El presente EDICTO se fija hoy a los Seis (06) días del mes de Agosto del año 2024, siendo las 8:00 a.m. LA NOTARIA, Margarita López Cely NOTARIA TERCERA DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA. (Fact.P12028)
EDICTO N. 582 LA NOTARIA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: a todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante LUZ MARINA ALVAREZ GARCES, quien en vida se identificaba con la cedula de ciudadanía número 63.277.560, fallecida en Floridablanca - Santander el día cuatro (4) de abril de dos mil veinticuatro (2024), siendo Bucaramanga el último domicilio de la causante. sucesión cuyo tramite se inició en esta notaria el día ocho (08) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) por acta 176. cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaria de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy ocho (08) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024).--- LA NOTARIA, SIRLEY MILENA GAMBOA RUEDA(Fact.B14748)
EDICTO N. 548 LA NOTARÍA SÉPTIMA (E) DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA EMPLAZA: A todas las personas que se crean con derecho a intervenir en la sucesión intestada de la causante: SMITH BLANCO BLANCO, Quien en vida se identificaba en vida con la cedula de ciudadanía número 28.443.213, fallecida en BUCARAMANGA el día DIECIOCHO (18) DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE (2019), siendo BUCARAMANGA el último domicilio de la causante. sucesión cuyo trámite se inició en esta notaría el día VEINTICINCO (25) DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024) POR ACTA 165 DE JULIO 25 DE 2024. En cumplimiento a lo dispuesto en el decreto número 902 de 1988 art. 3 en concordancia con el artículo 590 del código general del proceso, se fija el presente en la secretaría de la notaría por el termino de diez (10) días y se expiden copias para su publicación en la prensa y radio local, siendo las 08:00 a.m. de hoy VEINTICINCO (25) JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO (2024). LA NOTARÍA, SIRLEY MILENA GAMBOA GOMEZ(Fact.B14755)
CURADURIAS
COMUNICACIÓN A VECINOS Y TERCEROS INTERESADOS, EL CURADOR URBANO No. 1 DE FLORIDABLANCA - Arquitecto Juan Carlos Reátiga Rincón, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, CITA a los vecinos colindantes del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que hagan parte del proceso y puedan hacer valer sus derechos.
Esta citación es con el objeto de informarle(s) que EDMUNDO MORA PADILLA en su calidad de FIDEICOMITENTE APORTANTE DEL FIDEICOMISO BALCONES DE RUITOQUE, INMOBILIARIO FIDUBOGOTA S.A., ha solicitado una licencia de CONSTRUCCIÓN en la modalidad de MODIFICACIÓN DE LICENCIA VIGENTE, radicada con el número 68276-1-24-0103, sobre el(los) predio(s) No. 68276-00-02-0008-0093-000/0092-000, ubicado(s) en el LOTE 3/ MANZANA 1 BALCONES DE RUITOQUE VEREDA GUAYANA AUTOPISTA A PIEDECUESTA Km 7, LOTE 3 / MANZANA 1 Sector LOS CAUCHOS, del Municipio de Floridablanca, para: LICENCIA DE CONSTRUCCION - MODIFICACION A LICENCIA VIGENTE. La presente citación se hace por periódico dado que algunos de los inmuebles colindantes se encontraron desocupados o son predios rurales sin desarrollar. Las objeciones y observaciones se deberán enviar al correo electrónico contactanos@curaduria1floridablanca.com, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado y presentar las pruebas que pretenda hacer valer y deberán fundamentarse únicamente en la aplicación de las normas jurídicas, urbanísticas, de edificación de edificabilidad o estructurales referentes a la solicitud, so pena de la responsabilidad extracontractual en la que se podría incurrir por los perjuicios que ocasione con su conducta. Dichas observaciones se resolverán en el acto que decida sobre la solicitud. (Fact.P12024)
CE24-4294 AVISO – COMUNICACIÓN A VECINOS COLINDANTES Y TERCEROS INTERESADOS El Curador Urbana No. 2 de Piedecuesta, Arquitecto Guillermo Serrano Carranza en uso de sus facultades legales y en cumplimiento a lo ordenado inciso tercero del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto Nacional 1077 de 2015 se permite comunicar a los PROPIETARIOS Y/O RESIDENTES VECINOS COLINDANTES al inmueble ubicado en el LT 12 del municipio de Piedecuesta, con cédula catastral 00-00-0002-0850-000 así como a TERCEROS INTERESADOS, que en fecha 21 DE JUNIO DE 2024 el señor CARLOS EDUARDO REY LANCHERO presentó solicitud de LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LA MODALIDAD DE OBRA NUEVA Y OTRAS ACTUACIONES: MOVIMIENTO DE TIERRAS con número de radicado 68547-2-24-0101. El presente aviso se publica en razón de que quien lo considere pertinente podrá hacerse parte hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud, acreditando la condición de tercero individual y directamente interesado. Este trámite conforme a lo establecido en el Decreto 491 de 2020 artículos 3 y 4, así como lo señalado en Ley 1437 de 2011 artículo 53 y siguientes y el artículo 197, hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, se realizará por medios electrónicos al correo electrónico contacto@curaduria2piedecuesta.com. En todo caso, en el trámite, proceso o procedimiento que se inicie será obligatorio indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización. Los documentos digitalmente y deban ser suscritos, deben realizarse en firma digital, en caso de contar con dicho medio, o en su defecto ser suscritos mediante firma autógrafa mecánica, la cual deberá digitalizarse o escanearse, no obstante, la persona que allegue dichos documentos, serán responsables de la veracidad y autenticidad de los mismo; por consiguiente se deberán dejar nombres, cédula, teléfono, correo electrónico y dirección de la persona que suscriba los documentos con el fin de realizar una verificación de estos. Toda petición o cualquier tipo de solicitud que se efectué de forma virtual se tiene por radicada en la fecha y hora de recepción, si se realiza en el horario no laboral, esta se tendrá por radicada al día hábil siguiente. (Fact.B14752)
RESOLUCIÓN DE DECISIÓN ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE No. 300-A.A.2024-76 Resolución N°000396 del 01 AGO 2024 Por la cual se decide una Actuación Administrativa. Expediente: 300-A.A.2024-76 EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a decidir la presente actuación administrativa, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR modificar la inscripción de la anotación N° 9, del Folio de Matrícula N° 300-132560, en el sentido de sustituir el porcentaje del 14.4% por el de 14.28% para los adjudicatarios así: - MARCOS CASTELLANOS SANCHEZ, identificado con la C.C. N° 13.814.159, 14.28%. - MARIELA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 37.832.678, 14.28%. - AMILDE CASTELLANOS SANCHEZ identificada con la C.C. N° 63.284.258, 14.28%. - MARGARITA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 28.067.413, 14.28%. - ROSALBA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 37.832.679, 14.28%. Lo anterior por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: HACER las Salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución ARTÍCULO TERCERO: NOTÍFÍCAR la presente decisión a: AMILDE CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N°63.284.258, en calidad de apoderada de FRIONILDE CASTELLANOS DE ROMERO, identificada con la C.C. N° 37.212.677, ROSALBA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 37.832.679, MARGARITA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 28.067.413, JOSEFA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 37.213.990, MARCOS CASTELLANOS SANCHEZ, identificado con la C.C. N° 13.814.159, MARIELA CASTELLANOS SANCHEZ, identificada con la C.C. N° 37.832.678. Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de Registro- Subdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes CPACA), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón. ARTÍCULO CUARTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula N° 300-132560. ARTÍCULO SEXTO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Bucaramanga, a los 01 AGO 2024 EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY Registrador Principal de I. P. de Bucaramanga. (Fact.B14754)
RESOLUCIÓN DE DECISIÓN ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA EXPEDIENTE No. 300-A.A. 2023-132 Resolución N.000189 del 17 ABR 2024 Por la cual se decide una Actuación Administrativa. Expediente: 300-A.A.2023-132 EL REGISTRADOR DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DEL CIRCULO DE BUCARAMANGA En ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a decidir la presente actuación administrativa, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: ORDENAR incluir en la anotación N° 18 del Folio 300-55505, como adjudicataria a ESPERANZA BERNAL ZULETA, identificada con la C.C. N° 63.484.854, como indicar en la participación que lo adjudicado es el 2.38%, marcándosele la X de propietaria, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución. ARTÍCULO SEGUNDO: ORDENAR incluir en la anotación N° 18 del Folio 300-55505 en el comentario que lo adjudicado es el 2.38%, más el 14.29%, por las razones expuestas en la parte motiva de esta Resolución. ARTICULO TERCERO: HACER las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a: - ESPERANZA BERNAL ZULETA, identificada con la C.C. N° 63.484.854. - MARIA GABRIELA SANDOVAL BERNAL, TI N° 1.142.715.581. - MARIAN SOFIA SANDOVAL BERNAL, TI N° 1.142.715.580. - Doctor MIGUEL JOSE MARIN AVELLANEDA, identificado con la C.C. N° 1.098.617.114 y Tarjeta Profesional N° 365683. Advirtiéndoles que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de Registro- Subdirección de Apoyo Jurídico de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer ante esta Oficina de Registro de Bucaramanga, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículo 74 y siguientes CPACA), que pueden ser Ejercidos mediante mensaje de correo electrónico al buzón. ARTÍCULO QUINTO: Para la notificación de TERCEROS INDETERMINADOS, súrtase ella mediante publicación de esta providencia en un diario de amplia circulación nacional o local y en la página Web de la Superintendencia de Notariado y Registro, de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO SEXTO: ARCHIVAR copia de esta Resolución en el Folio de Matrícula N° 300-55505. ARTÍCULO SEPTIMO: Esta resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria. NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE, Dada en Bucaramanga, a los 17 ABR 2024 EDGAR GUILLERMO RODRIGUEZ BORRAY Registrador Principal de I. P. de Bucaramanga. (Fact.B14757)